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Una burla al Estado de Derecho; por Jorge de Esteban, catedrático de Derecho Constitucional

29/09/2014
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El día 29 de septiembre de 2014, se ha publicado en el diario El Mundo, un artículo de Jorge de Esteban, en el cual el autor considera que Artur Mas y Oriol Junqueras han perpetrado la corrupción legal: Cataluña no tiene competencias para un referéndum y mucho menos cuando éste viola la Constitución.

UNA BURLA AL ESTADO DE DERECHO

El señor obispo estaba muy enojado. Llegaba la cuaresma con la consiguiente prohibición de comer carne y no se acababa de resignar. Era lógico, pues tenía una especial predilección por almorzar varias veces por semana el jugoso guiso de liebre que le preparaba su doméstica. Por supuesto, era obispo y debía dar ejemplo de este sacrificio que imponía la Santa Iglesia. Pero tenía que encontrar una solución que le permitiese continuar con sus costumbres gastronómicas. Al fin la encontró. Dio órdenes en su casa para que cuando comenzase la cuaresma, a las liebres se las llamase lubinas de tierra. Y así fue. Incluso le sabía mejor la carne de liebre con ese nombre que la convertía virtualmente en pescado. La moral de la Iglesia y la suya propia estaban a salvo.

Esta historieta que se cuenta de un obispo gallego, según parece, debe ser la que ha inspirado a Artur Mas para querer celebrar el próximo 9 de noviembre un referéndum sobre el derecho de autodeterminación de Cataluña. Ahora bien, no hace falta insistir mucho en que no es posible realizar ese referéndum según nuestra Constitución. Sin embargo, él cree que cambiando el nombre del derecho de autodeterminación por el del derecho a decidir y el de referéndum por el de consulta, supera todas las dificultades constitucionales. Es más, Oriol Junqueras ha llegado a decir que el decreto firmado por el presidente de la Generalitat, Artur Mas, “responde a la ley, al Estatut y a la Constitución española, con lo cual no hay argumentos legales o convincentes para suspenderlo”. Me lo estaba temiendo: Artur Mas y Oriol Junqueras no sólo tienen un cierto parecido con Stan Laurel y Oliver Hardy, aquella famosa pareja de cómicos de mi infancia, sino que disponen del mismo sentido del humor. Artur Mas ha provocado la hilaridad de tirios y troyanos afirmando en los últimos tiempos que su papel es parecido al que desempeñaron Gandhi, Mandela o incluso el famoso David contra Goliath. Y, por su parte, Junqueras hace afirmaciones como las que he señalado, que inmediatamente provocan la risa de cualquier persona, acentuada en el caso de que uno sea constitucionalista.

Así las cosas, en el término de 24 horas, el nacionalismo catalán nos ha ofrecido la cara y la cruz de su auténtica naturaleza, es decir, por un lado, la corrupción política en el caso de Pujol y, por otro, la corrupción legal en los casos de Artur Mas y Oriol Junqueras. Es verdaderamente lamentable que la región culturalmente más avanzada de España, la que posee una burguesía más potente e ilustrada, la más europea, la que siempre ha sido la locomotora que ha tirado de toda España, haya llegado a estos niveles de putrefacción por causa de su clase dirigente nacionalista que está empeñada en separarse de España, creando una fractura en Cataluña, que será difícil de superar en poco tiempo.

Pero yendo ya al decreto de convocatoria de la consulta soberanista y a la propia Ley de Consultas, medidas ambas publicadas el sábado pasado, no hace falta insistir en que son totalmente inconstitucionales. No sé si vale la pena enunciar todas las anormalidades jurídicas que contienen estas decisiones de la Generalitat. Está claro, en primer lugar, que Cataluña no tiene competencia para regular los referéndum y mucho menos cuando éste viola abiertamente el artículo 2 de la Constitución, que afirma la unidad indisoluble de España. Los nacionalistas catalanes que se han ido asimilando, en su lucha por la independencia, con los eslovacos, con los croatas y similares, con los quebequeses, y por no agotar el catálogo, últimamente con los escoceses, hay que recordarles lo que dice el artículo 29.1 de la Ley de Escocia: “Una ley del Parlamento escocés no es válida si cualquiera de sus preceptos excede de la competencia legislativa del Parlamento”. Pero por si acaso no conocen ese precepto de Escocia, basta con recordarles lo que dice el artículo 149.1.32 CE, en donde se exige la autorización del Estado “para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum”. Dicho de otro modo, el decreto de convocatoria de la “consulta soberanista” (en cristiano, referéndum) es nulo de pleno derecho, además de inconstitucional, si nos atenemos a lo que señala el artículo 62.2 de la Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común: “Serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas que vulneren la Constitución y las leyes...”.

Pero no me resisto a incluir otra perla, producto del humorismo de los nacionalistas catalanes. Según la Ley de Consultas y el propio decreto citado, pueden participar en dicha consulta los extranjeros mayores de 16 años que estén inscritos en Cataluña. En otras palabras, han conseguido llevar a cabo la cuadratura del círculo en términos jurídicos, según la cual un extranjero dispone del mismo voto que un catalán sobre la independencia de Cataluña. Es cierto que en el caso del reciente referéndum de Escocia los residentes, aunque fuesen extranjeros, disponían del derecho a votar. Pero si nuestra Constitución sigue estando vigente no parece que esta medida sea válida aquí. En efecto, el artículo 13.2 CE dice claramente: “Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo o pasivo en las elecciones municipales”. Y el artículo 23 establece que “los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes...”. Luego en un referéndum en que se juega la suerte de España, podrían votar marroquíes, chinos, asiáticos, qué bien, qué democrático, qué gran sentido del humor tiene la pareja...

Un último apunte: como no se establece un quórum de participación para que sea válido el referéndum ni tampoco se señala la mayoría cualificada para que tenga validez la consulta, un 30% de votantes (de ellos una parte de extranjeros), por poner un ejemplo, podría decidir el destino de España. Los nacionalistas catalanes no sólo se han ciscado en el Estado de Derecho, sino también en su concepto de democracia que siempre anteponen a la ley.

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