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Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Hacienda y Administración Pública

29/07/2014
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Decreto 128/2014, de 25 de julio, del Consell, por el que se modifica el Decreto 20/2013, de 25 de enero, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Hacienda y Administración Pública (DOCV de 26 de julio de 2014). Texto completo.

DECRETO 128/2014, DE 25 DE JULIO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 20/2013, DE 25 DE ENERO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE APROBÓ EL REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL DE LA CONSELLERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

PREÁMBULO

Por el Decreto 20/2013, de 25 de enero, del Consell, se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, siendo modificado por el Decreto 65/2014, de 2 de mayo, del Consell.

La estructura organizativa aprobada mediante los citados decretos precisa nuevamente determinadas adecuaciones en el ámbito competencial de las direcciones generales de Recursos Humanos y del Sector Público.

La Administración Pública de la Comunitat Valenciana, junto a la Administración General del Estado y el resto de comunidades autónomas, tiene suscrito el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Este acuerdo supone la gestión conjunta de los fondos destinados a la formación de los empleados públicos y la ejecución y desarrollo de los planes formativos en sus ámbitos respectivos.

Dicho acuerdo ha visto modificado su contenido, entre otros aspectos, por la doctrina del Tribunal Constitucional a raíz de las sentencias 225/2012 y 7/2013, que han establecido la titularidad de las competencias de las comunidades autónomas en lo referente a la aprobación, seguimiento y control, modificación y resolución de discrepancias en la negociación de los planes de formación promovidos por las entidades locales y federaciones o asociaciones de entidades locales de ámbito autonómico y destinados a los empleados públicos que prestan sus servicios en ellas.

Esta nueva competencia en relación con los planes de formación promovidos por entidades locales y federaciones o asociaciones de entidades locales de ámbito autonómico debe ser asumida, en el ámbito de la Generalitat, por la Dirección General de Recursos Humanos, como órgano competente para la coordinación, programación y ejecución de la formación, concretamente por el Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP), como centro encargado de gestionar las acciones formativas de la Generalitat, debiendo en consecuencia adicionar esta nueva competencia en el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Hacienda y Administración Pública.

Por otro lado, tras los procesos de reestructuración del sector público empresarial y fundacional, en materia de personal, derivados de la ejecución de la Ley 1/2013, de 21 de mayo, de la Generalitat, de Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional, se considera necesario que, con carácter previo a la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo o instrumentos similares de los entes que conforman dicho sector, la Dirección General del Sector Público evacue el oportuno informe sobre las mismas, siendo necesaria la modificación del Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Hacienda y Administración Pública en el sentido de atribuir esta función a uno de los Servicios que se integran en la indicada Dirección General.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 28.f) y 64 de la Ley del Consell, a propuesta del conseller de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 25 de julio de 2014, DECRETO

Artículo único. Modificación del Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Hacienda y Administración Pública Se modifican los artículos 39, 43, apartado 2.2, y 51 ter, apartado 6, que quedan redactados en la forma reseñada en el anexo del presente decreto.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA Única. Derogación normativa

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente decreto.

DISPOSICIONES FINALES

rimera. Habilitación normativa Se faculta al conseller de Hacienda y Administración Pública

para dictar cuantas disposiciones requiera el desarrollo y la ejecución del presente decreto.

Segunda. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

ANEXO

Modificación del artículo 39 del Decreto 20/2013, de 25 de enero, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Hacienda y Administración Pública:

Artículo 39. De la Dirección General de Recursos Humanos

La Dirección General de Recursos Humanos asume las competencias en materia de ordenación, selección, provisión, relaciones sindicales, formación del personal al servicio de la Administración del Consell, y aprobación, gestión y resolución de las ayudas destinadas a la financiación de los planes de formación destinados al personal al servicio de las entidades locales de la Comunitat Valenciana.

Modificación del apartado 2.2 del artículo 43 del Decreto 20/2013, de 25 de enero, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Hacienda y Administración Pública:

2.2. Servicio de Programación y Gestión.

a) Realizar la planificación y programación económica y presupuestaria de los planes de formación y acciones formativas del personal cuya gestión corresponda al IVAP.

b) Efectuar la gestión económica y el seguimiento contable de los fondos relativos a la formación continua y especializada correspondientes a los planes de formación y acciones formativas del personal encomendados al IVAP.

c) Elaborar informes y propuestas sobre la ejecución económica y presupuestaria, así como supervisar y controlar los gastos y los ingresos vinculados a las acciones formativas asignadas al Instituto.

d) Gestionar y realizar el seguimiento administrativo, económico y contable de los acuerdos y convenios de colaboración en materia de formación de personal con otras administraciones públicas, organismos e instituciones, en los que participe la consellería a la que esté adscrito el IVAP, así como elaborar los informes evaluatorios que se le encomienden en relación con los mismos.

e) Gestionar, tramitar, instruir y realizar el seguimiento administrativo y económico de las subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de las entidades locales de la Comunitat Valenciana, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.

Modificación del apartado 6 del artículo 51 ter del Decreto 20/2013, de 25 de enero, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Hacienda y Administración Pública:

6. Al Servicio de Análisis e Informes del Sector Público le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:

a) Realización de informes que permitan el adecuado seguimiento y análisis comparativo de políticas y medidas adoptadas por el sector público.

b) Seguimiento de la evolución del sector público en el inventario de entes de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Intervención General.

c) Propuesta y realización de informes en relación a la aprobación de los planes de saneamiento y de pago a proveedores, previstos en la normativa sobre medidas de régimen económico financiero del sector público, así como respecto a su seguimiento y a la adopción de medidas correctoras.

d) La coordinación con otros niveles institucionales de la Administración de la Generalitat y con otras administraciones públicas en materia de sector público.

e) Análisis, estudio e informe de la propuesta de relación de puestos de trabajo, o instrumento similar, elaborada por las entidades obligadas a publicarla.

f) Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le sean propias.

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