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Oficina Consular Honoraria de España en Groenlandia

03/07/2014
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Orden AEC/1145/2014, de 12 de junio, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Groenlandia (Dinamarca) (BOE de 3 de julio de 2014). Texto completo.

ORDEN AEC/1145/2014, DE 12 DE JUNIO, POR LA QUE SE CREA UNA OFICINA CONSULAR HONORARIA DE ESPAÑA EN GROENLANDIA (DINAMARCA).

La creación de una Oficina Consular Honoraria de España en Groenlandia (Dinamarca), se justifica porque facilitaría la atención y servicios a los españoles residentes en esa isla y también serviría para atender las eventualidades que puedan encontrarse los ciudadanos españoles que en los meses de verano participan de actividades de turismo de aventura o de cruceros turísticos por las aguas árticas.

Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Copenhague (Dinamarca), con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios y de la Dirección General de Relaciones Bilaterales con Países de la U.E., Países Candidatos y Países del Espacio Económico Europeo, he tenido a bien disponer:

Primero.

Se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Groenlandia (Dinamarca), con sede en Nuuk, con jurisdicción sobre la totalidad de la Isla de Groenlandia, con categoría de Viceconsulado Honorario y dependiente de la Embajada de España en Copenhague.

Segundo.

El Jefe de la Oficina Consular Honoraria de España en Groenlandia (Dinamarca) tendrá, de conformidad con el artículo 9 Vínculo a legislación del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Vicecónsul Honorario.

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