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Borrador del informe a la nueva LOPJ

El CGPJ dice que la reforma de justicia universal obliga a cambiarla sucesivamente para adaptarla al derecho internacional

12/06/2014
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Afirma que la aplicación de la justicia universal es algo "excepcional" y que su regulación compete al Parlamento

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) respaldará en términos generales la reforma de la justicia universal aprobada por el Partido Popular, si bien advierte de que su constante remisión a determinados convenios internacionales obligará a cambiarla sucesivamente para adaptarla a las actualizaciones de estos tratados.

Así figura en el borrador del informe al anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial, al que ha tenido acceso Europa Press, y cuyo contenido será discutido en primera instancia durante la Comisión Permanente del CGPJ de mañana y ratificado en Pleno el próximo día 26.

En el borrador, que está sujeto a cambios, el órgano de gobierno de los jueces avisa de las "dificultades" que conlleva la vinculación "recurrente" de la norma a los convenios vigentes e incluso a algunos que "ni siquiera" están en vigor, como sucede con el relativo a productos médicos.

"Creemos que motivará sucesivas reformas de este precepto, pues no cabe duda de que podrán ratificarse otros convenios internacionales que sustituyan a los mencionados en el artículo", expone.

El CGPJ reconoce que la jurisdicción universal no está exenta de "polémica doctrinal, jurisprudencial y política" pero asegura que, a su juicio, la redacción de los 'populares' respetan los convenios internacionales ratificados por España.

Según dice, la atribución a España de los casos de justicia universal es "excepcional" y, "consecuentemente", tiene que ceder si los hechos son conocidos por un tribunal internacional o Estado que ostente su jurisdicción "bajo determinadas condiciones". En caso de dudas, ve "adecuado" que el Tribunal Supremo verifique la competencia de España.

ECHA EN FALTA UNA MAYOR CONCRECIÓN

El CGPJ matiza que la regulación de este principio es "una decisión de política criminal que compete al legislador nacional", aunque sugiere pequeñas correcciones y cambios en su redacción.

Por ejemplo, lamenta que el texto no cite los artículos del Código Penal que castigan esos delitos y únicamente los concrete en el caso de las torturas. "Hubiera sido preferible mayor concreción", añade.

"Aun hecha esta salvedad, consideramos que esta técnica no resulta especialmente objetable puesto que el operador jurídico solo tendrá que interpretar esta previsión de la LOPJ conforme al Código Penal sin que se aprecie la posible existencia de dificultades interpretativas al respecto", precisa.

En cuanto al tráfico de drogas, el Consejo del Poder Judicial recomienda extender la potestad de los jueces españoles cuando la "conexión con España resulta de entidad", si una persona jurídica con domicilio social en nuestro territorio está obteniendo provecho de esta actividad. "Nuestras autoridades estarían en condiciones idóneas para localizar, embargar y decomisar los bienes procedentes de estas actividades delictivas", ha recalcado.

Finalmente, opina que exigir querella del agraviado o del Ministerio Fiscal para la persecución de estos ilícitos es "congruente" ya que arbitra un mecanismo tendente a "hacer excepcional" la aplicación de esta norma.

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