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Decisión del pasado martes

La Audiencia rechaza un recurso del 'kamikaze' de Valencia y ratifica su entrada en prisión este viernes

24/03/2014
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La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha rechazado, con fecha del pasado martes, un recurso del conductor 'kamikaze' que provocó en 2003 un accidente con un fallecido en la AP-7 en Polinyà, contra la decisión de fijar en este mismo viernes la fecha de su ingreso en prisión.

VALENCIA, 21 (EUROPA PRESS)

La sala ha confirmado esa decisión y rechaza el recurso de súplica del condenado, por lo que el 'kamikaze' deberá ingresar en la cárcel, después de que el Tribunal Supremo invalidara el indulto que le había concedido el Gobierno en 2012.

El 'kamikaze' había recurrido en súplica la decisión porque el TS anuló el indulto al considerar que no se había justificado la medida de gracia y lo devolvió al órgano de procedencia para que la adoptara si así lo entendía de nuevo, en los términos señalados, y concedió un plazo de tres meses para la materialización de un hipotético nuevo indulto. Mientras tanto quedaba en suspenso la ejecución de la sentencia.

La Audiencia de Valencia entiende, "pese a reconocer la singularidad y complejidad interpretiva de la parte dispositiva de la sentencia del Tribunal Supremo", que el plazo de tres meses "produce sus efectos exclusivamente en el ámbito administrativo en el que se concede al Gobierno la posibilidad, a modo de rectificación, de que acuerde un nuevo indulto acompañado de las especificidades exigidas por la sentencia".

EFECTOS DIRECTOS EN LA ESFERA PENAL

La sala añade que esto "no evita que la nulidad del indulto del que proviene la actual libertad" del 'kamikaze' "produzca sus efectos directos e inmediatos en la esfera penal" a partir de la fecha de la firmeza de fallo que lo acuerda, el 15 de enero de 2014, lo que forma parte "de uno de los efectos que, con carácter de orden público, produce la cosa juzgada formal".

En cuanto a la suspensión de la ejecución del ingreso en prisión por la interposición por parte del 'kamikaze' de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, la sala señala que, como el propio recurrente reconoce, la competencia para resolver corresponde al alto tribunal y considera que no se puede calificar "de circunstancia excepcional" la anulación del indulto "que alteró el orden ejecutor ordinario de la sentencia de condena, sino todo lo contrario, desde la perspectiva del criterio mantenido por el tribunal sentenciador, la actual situación procesal del condenado es la procedente con arreglo al fallo de la sentencia".

A principios de este mes, la sección cuarta de la Audiencia ordenó el reingreso en prisión del 'kamikaze' para este viernes --un día después de finalizar el plazo dado por el TS al Ejecutivo para reformular, si así lo estimaba conveniente, el indulto que concedió-- para seguir cumpliendo la pena que se le fijó de 13 años de prisión por el accidente mortal y de la que únicamente cumplió once meses, y luego quedó en libertad tras ser indultado en diciembre de 2012.

La concesión de este indulto causó cierta polémica tras conocerse que un hijo del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, trabaja en el despacho de abogados de Uría y Menéndez que tramitó la petición de la medida de gracia. El abogado que defendió al kamikaze fue Esteban Astarloa, hermano del diputado 'popular', Ignacio Astarloa.

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