SANTANDER, 26 Ene. (EUROPA PRESS) -
Concretamente, estos antiguos administradores de la empresa interpusieron un recurso de casación para unificiación de doctrina contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de la Audiencia Nacional de enero de 2012 en la que se desestimaba su recurso contra el fallo del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria que anuló los acuerdos de liquidación por el Impuesto de Sociedades de estos dos ejercicios y les imponía las sanciones a la empresa.
Los exadministradores presentaron el recurso de casación para la unificación de doctrina al entender que la sentencia de instancia, respecto de litigantes en idéntica situación y ante hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales había llegado a pronunciamientos distintos a los de una serie de sentencias que aportaban de contraste.
Contra esta pretensión el Abogado del Estado formuló oposición a este recurso y pidió que fuese desestimado, como el anterior que presentaron contra la sentencia de instancia por "falta de legitimación".
En su sentencia, la Sección Segunda de la Sala Tercera del Tribunal Supremo considera que, al contrario que lo que exponían los recurrentes, "no se dan las identidades precisas" en las sentencias de contraste aportadas para admitir el recurso de casación para la unificación de doctrina.