Diario del Derecho. Edición de 16/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/12/2013
 
 

Deuda Pública

19/12/2013
Compartir: 

Resolución de 16 de diciembre 2013, del Director General de la Oficina de Control Presupuestario por la que se definen las características finales de una emisión de Deuda Pública con vencimiento en diciembre de 2017 por importe de 15 millones de euros (BOR de 18 de diciembre de 2013) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 16 DE DICIEMBRE 2013, DEL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA DE CONTROL PRESUPUESTARIO POR LA QUE SE DEFINEN LAS CARACTERÍSTICAS FINALES DE UNA EMISIÓN DE DEUDA PÚBLICA CON VENCIMIENTO EN DICIEMBRE DE 2017 POR IMPORTE DE 15 MILLONES DE EUROS

La Orden 6/2013, de 13 marzo de 2013, y la orden 17/2013 de 5 de diciembre 2013 de la Consejera de Administración Pública y Hacienda regula las características de las emisiones de Deuda Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja que se lleven a cabo en el ejercicio 2013 y la Resolución de 21 de marzo de 2013, han venido fijando determinadas características de una emisión de Deuda Pública, con vencimiento en diciembre de 2017. En el artículo 3 de la mencionada Orden se dispone que la emisión se realizará a través de una o varias entidades que llevarán a cabo la dirección y colocación de la emisión.

Teniendo en cuenta que se trata de una ampliación del volumen de la emisión de Deuda Pública del ejercicio 2013, mantiene algunas de las condiciones establecidas para dicha emisión, se comunican las características finales de esta emisión de deuda pública, quedando configurada según el siguiente detalle:

1. Importe nominal de la ampliación (tap): quince millones de euros

2. Nominal previo: Veintiún millones de euros

3. Nominal final: Treinta y seis millones. Las obligaciones integrantes de la presente ampliación serán fungibles desde su fecha de emisión con las emitidas al amparo de la emisión original.

4. Moneda euro

5. Modalidad: Obligaciones 1.000 euros el nominal.

6. Fecha de desembolso y emisión: El 20 de diciembre 2013

7. Fecha de vencimiento de la emisión: 1 de diciembre de 2017

8. Tipo de interés nominal. Cupón fijo anual 4,5 ACT/ACT.

9. Fecha de pago de cupones: Los cupones se abonaran el día 1de diciembre de cada año. En caso que el día de pago de intereses no fuera día hábil, el pago se trasladará al día hábil inmediatamente posterior, sin que el Obligacionista tenga derecho a percibir intereses por dicha dilación, convención conocida en el mercado como Unadjusted Modified Following. Se entenderá por “día hábil” el que se fije en cada momento por el Banco Central Europeo para el funcionamiento del sistema Target.

10. Amortización: Única a la par, y en la fecha de vencimiento de la emisión.

11. Precio de emisión 105,8469612 %

12. Segregabilidad: De conformidad con lo dispuesto en la Orden 6/2013, de 13 de marzo, y la orden 17/2013 de 5 de diciembre,por la que se regulan las características de las emisiones de Deuda Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja que se lleven a cabo en el ejercicio 2013, la deuda tiene carácter de segregable.

14. Anotación, cotización y liquidación: Los títulos estarán representados mediante anotaciones en cuenta admitidos a negociación en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones y siendo la sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, compensación y Liquidación de Valores (Iberclear)la encargada de del registro compensación y liquidación de los mismos.

15. Entidad Colocadora: CAIXABANK, SA16. Código ISIN: ES0000103012

17. Desembolso: El desembolso deberá realizarse antes de las 12 horas del día 20 de diciembre de 2013, en la cuenta que la Comunidad Autónoma de La Rioja tiene abierta en el Banco de España.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El TS anula el arancel de derechos de los procuradores aprobado por el Gobierno por su "insuficiente" análisis económico
  2. Estudios y Comentarios: Lo que enseña la Historia sobre las amnistías: lo volverán a hacer; por Carlos Gómez de la Escalera, Abogado y Profesor universitario
  3. Tribunal Supremo: El TS establece la naturaleza de la relación laboral de una trabajadora con contrato a tiempo parcial objeto de reiteradas ampliaciones de jornada en virtud de las cuales ha prestado servicios el mismo número de horas que los trabajadores a tiempo completo
  4. Legislación: Estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente y Turismo
  5. Actualidad: El TSJA confirma la absolución para el joven que mató en Jaén a su capataz en un tajo de aceituna
  6. Tribunal Constitucional: El Tribunal Constitucional declara que supone una discriminación por razón de sexo la negativa al pago de los salarios de tramitación a una trabajadora que fue despedida estando embarazada y ordena las medidas para la reparación de su Derecho
  7. Legislación: Elecciones de diputados y diputadas al Parlamento Europeo
  8. Actualidad: El TS rechaza subir la pena a un condenado por decapitar a un hombre porque no paseó la cabeza para que la viera la familia
  9. Tribunal Constitucional: El Pleno del TC rechaza el recurso de amparo del Partido Popular contra diversas decisiones del Congreso sobre la tramitación de la Proposición de Ley Orgánica de regulación del CGPJ en funciones
  10. Actualidad: Abogados y procuradores se manifiestan en Madrid para pedir jubilaciones dignas: "Necesitamos una solución"

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana