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El Supremo rechaza que vecinos de Carabanchel custodien los documentos de la prisión hallados 10 años después del cierre

18/12/2013
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El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional que rechazó que cinco asociaciones de vecinos de Carabanchel (Madrid) se quedasen con unos documentos sobre internos encontrados en febrero de 2008 en el edificio de la antigua prisión, diez años después de la clausura del mismo. Considera el alto tribunal que estas entidades carecían de legitimación para recurrir la decisión denegatoria de la Agencia de Protección de Datos.

MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

Según la sentencia notificada este martes, las asociaciones de vecinos de Aluche, de Carabanchel Alto, de Lucero Cerro Mica , de Puerto Chico y la Asociación de Vecinos y Consumidores Las Águilas denunciaron ante la Agencia de Protección de Datos que, el 17 de febrero de 2008 - el centro fue clausurado en septiembre de 1998- fueron hallados en el edificio de la antigua cárcel de Carabanchel determinados documentos.

Los papeles contienen datos relativos a los saldos pendientes de cada uno de lsointernos respecto de las compras realizadas en el economato del Centro Penitenciario, tarjetas que permitían identificarles enprisión, datos sobre taslados y equiquetas de las que se utilizaban en la consigna de objetos depositados por los internos.

Tras el cierre de la prisión, Instituciones Penitenciarias había trasladado a diversos centros los expedientes de antiguos internos que abandonaron la prisión con posterioridad a 1994 y aún debían ser custodiados. El resto, correspondientes a expedientes "no vivos", se mandó al Centro de Inserción Social 'Victoria Kent' ubicado en la antigua cárcel de Yeserías, también en Madid.

Según el alto tribunal, Instituciones Penitenciarias siempre ha mantenido que dichos documentos no eran objeto de custodia para este organismo, toda vez que se trata de tarjetas personales de internos o de documentos que podrían haber estado a disposición de los intervinientes en el traslado.

OBTENCIÓN ILEGAL

Añadía Interior que, "en el supuesto de que hubiera quedado algún resto de información o documentación en el Complejo", esta se habría "obtenido ilegalmente mediante violación de un recinto de seguridad, ya que no ha mediado auorización preceptiva para el acceso al mismo".

El Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado José María Del Riego, señala que no es posible apreciar el interés legítimo de las asociaciones de vecinos en su pretensión de revocar lo señalado por la Agencia de Protección de Datos porque estas agrupacions se han limitado a realizar "invocaciones abstractar y generales sobre la ubicación de la cárcel de Carabanchel en su área geográfica de actuación y sobre su reivindicación, mantenida desde hace años, a favor de un uso social de los terrenos de la antigua cárcel".

Tampoco justifica la legitimación activa de las asociaciones recurrentes la finalidad de defensa del interés particular de los asociados y vecinos, "pues persiste la falta de relación entre los intereses de los vecinos y asociados y el objeto de la pretensión".

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