Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 09/12/2013
 
 

Oficina Consular Honoraria de España en Maún

09/12/2013
Compartir: 

Orden AEC/2280/2013, de 19 de noviembre, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Maún (República de Botsuana) (BOE de 6 de diciembre de 2013). Texto completo.

ORDEN AEC/2280/2013, DE 19 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE CREA UNA OFICINA CONSULAR HONORARIA DE ESPAÑA EN MAÚN (REPÚBLICA DE BOTSUANA).

La creación de una Oficina Consular Honoraria de España en Maún (República de Botsuana), se justifica por las grandes dimensiones del país y por el incremento de turistas españoles que se concentran sobre todo en el noroeste. Todo ello hace aconsejable la creación de una Oficina Consular Honoraria en esa ciudad con el fin de prestar una asistencia más rápida y eficaz a los ciudadanos españoles que se encuentren en dicha zona geográfica.

Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Windhoek (Namibia), con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios y de la Dirección General para el Magreb, África, Mediterráneo y Oriente Próximo, he tenido a bien disponer:

Primero.

Se crea una Oficina Consular Honoraria en Maún (República de Botsuana), con jurisdicción en el North-West District (que incluye todo el Delta de Okavango, la reserva de animales de Moremi y el Parque Natural de Chobe), con categoría de Viceconsulado Honorario y dependiente de la Embajada de España en Windhoek (Namibia).

Segundo.

El Jefe de la Oficina Consular Honoraria de España en Maún (República de Botsuana) tendrá, de conformidad con el artículo 9 Vínculo a legislación del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Vicecónsul Honorario.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana