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Concurso de iniciativas ciudadanas europeas

27/11/2013
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Orden de 22 de noviembre de 2013 de la Consejería de Presidencia por la que se establecen las Bases reguladoras y se convoca el concurso de iniciativas ciudadanas europeas (BORM de 26 de noviembre de 2013). Texto completo.

ORDEN DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2013 DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCA EL CONCURSO DE INICIATIVAS CIUDADANAS EUROPEAS.

El Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma n.° 17/2013, de 25 julio, por el que se establece el orden de prelación de las Consejerías de la Administración Regional y sus competencias, atribuye, en su artículo 2, a la Consejería de Presidencia las competencias en materia de Relaciones con la Unión Europea.

En el marco del Convenio de Cooperación entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Parlamento Europeo, que se firmo el 12 de abril de 2013, el Parlamento Europeo concedió a la CARM una subvención para la realización del proyecto “Los jóvenes como ciudadanos europeos activos”, en virtud del acuerdo específico de financiación entre ambas instituciones, firmado el 12 de julio de 2013.

El proyecto, que se desarrollará en colaboración con las Comunidades Autónomas de Castilla y León, Extremadura, Islas Baleares, Madrid y Valencia, tiene por objeto dar a conocer a los jóvenes la “Iniciativa Ciudadana Europea” como instrumento de participación ciudadana.

Para ello se lanza un concurso basado en una simulación de la iniciativa ciudadana europea, una novedad introducida por el Tratado de Lisboa Vínculo a legislación. Este concurso promoverá el conocimiento y debate críticos sobre temas de actualidad europea así como la creatividad y expresión oral y escrita entre los jóvenes y acercará la Unión Europea a los ciudadanos, familiarizándolos con los mecanismos de democracia directa.

En virtud de lo expuesto y, de acuerdo con las facultades que me atribuye la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Dispongo

Artículo 1.- Objeto y finalidad.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar un concurso dirigido a grupos de universitarios y jóvenes entre 18 y 35 años para premiar las mejores iniciativas normativas que se presenten sobre un tema de relevancia social y cuya regulación se estime necesaria a nivel de la Unión Europea. La iniciativa debe versar sobre un tema que se encuentre en el marco de competencias de la Unión Europea, conforme a sus valores en todo caso, y que pudieran ser objeto de una iniciativa ciudadana europea según el artículo 11.4 Tratado de la UE.

La finalidad de este concurso es fomentar la participación activa de los jóvenes en la vida política y promover el conocimiento y debate críticos sobre temas de actualidad europea, así como acercar la Unión Europea a los ciudadanos, familiarizándolos con los mecanismos de democracia directa.

Artículo 2.- Participantes.

1. Los participantes en este concurso son los jóvenes entre los 18 y 35 años residentes en las Comunidades Autónomas de Murcia, Castilla y León, Extremadura, Islas Baleares, Madrid y Valencia o estudiantes en una universidad ubicada en alguna de las CCAA citadas.

2. La participación en el concurso se realizará mediante grupos de trabajo.

Cada grupo de trabajo estará formado por:

a) Miembros: entre cuatro y cinco jóvenes mayores de 18 años.

b) Portavoz: será uno de los miembros del grupo y será el encargado de:

- Realizar la solicitud y propuesta del grupo, con los datos de todos sus miembros.

- Exponer la iniciativa en nombre del grupo en la jornada de presentación de las iniciativas.

c) Podrá formar parte del grupo sin límite de edad y con la condición de tutor, un experto en la materia objeto de la iniciativa, cuando el grupo lo considere oportuno para apoyar y orientar el trabajo, o un profesor de la universidad de procedencia del grupo de estudiantes.

Artículo 3.- Premios.

El premio consistirá en un viaje a Bruselas a visitar las instituciones europeas para los dos grupos cuyas iniciativas resulten ganadoras. El viaje incluirá desplazamiento, alojamiento y manutención por valor máximo de 833 euros por persona integrante de los grupos ganadores, incluido en su caso el tutor.

En caso de que uno de los grupos ganadores renunciase al premio, éste pasará al siguiente grupo por orden de puntuación.

Artículo 4.- Solicitud y Documentación

1. La solicitud de inscripción en el concurso se presentará en el modelo de impreso que figura en el Anexo I de la Orden, debidamente cumplimentado y firmado por el portavoz del grupo.

2. La solicitud irá acompañada con la siguiente documentación acreditativa de los requisitos:

a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o pasaporte o Numero de Identificación de Extranjeros de cada uno de los miembros del grupo de trabajo.

b) En el caso de los grupos de trabajo formados en una Universidad ubicada en una de las CCAA socias del proyecto, cada miembro presentará una copia compulsada del carnet universitario o documento que acredite ser alumno de la Universidad.

c) En el caso de los grupos de trabajo que no se hayan formado en una Universidad, los miembros deberán presentar volante o certificado de empadronamiento, que acredite la residencia en un municipio del territorio de alguna de las CCAA socias del proyecto.

d) Datos del portavoz del grupo según modelo Anexo II

e) Curriculum del tutor o documento que acredite su condición de profesor.

f) Propuesta de iniciativa ciudadana europea, según el modelo del Anexo III. En este momento sólo será necesario indicar los datos generales de la futura iniciativa y detallar el objeto de la misma. Se podrán presentar hasta dos propuestas de iniciativa por grupo.

3. Los modelos de solicitud y propuesta de iniciativa ciudadana europea podrán descargarse en la página www.concursoice.eu

Artículo 5.- Lugar y plazo de presentación

1. Las solicitudes para participar en el concurso podrán presentarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Vínculo a legislación.

2. La solicitud de participación deberá dirigirse a la Dirección General de la Unión Europea y Relaciones Exteriores, de la Consejería de Presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y se presentará en el Registro General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia sito en la Avda. Infante Juan Manuel n.º 14 de Murcia, en el Registro de la Consejería de Presidencia sito en la C/ Villaleal, 2 bajo, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3. Sin perjuicio de que la solicitud y propuesta se presente necesariamente a través de cualquiera de los medios recogidos en el apartado anterior, los participantes que deseen comunicarse con la administración responsable de este procedimiento vía correo electrónico, enviarán también su solicitud y propuesta a la siguiente dirección “[email protected]”,

4. La inscripción en el concurso supone la aceptación expresa de las bases de esta convocatoria.

Artículo 6.- Subsanación de solicitudes y admisión de la propuesta

1. Si la solicitud de participación no reuniese todos los requisitos exigidos en los artículo 1 y 2 o la documentación exigida en el artículo 4, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 71 Vínculo a legislación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC).

No será causa de exclusión de solicitudes el incumplimiento, en su caso, de los requisitos exigidos para ser tutor, si bien éste no tendrá la consideración de miembro del grupo a efectos de la presente convocatoria.

2. Se rechazarán aquellas propuestas de iniciativa ciudadana europea sobre cuestiones no incluidas en el marco de competencias de la Unión Europea o cuyo contenido ya esté previsto en alguna norma adoptada o en proceso de adopción por las instituciones europeas, así como aquellas cuyo contenido sea manifiestamente contrario a los valores de la Unión Europea.

3. Cerrado el plazo de solicitud y presentación de las propuestas de iniciativa ciudadana europea, y el plazo de subsanación en su caso, se dictará resolución de la Directora de Unión Europea y Relaciones Exteriores de admitidos y excluidos en el concurso que se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Así mismo, los listados de las solicitudes y propuestas de iniciativa ciudadana europea admitidas y excluidas se publicarán en la página www.concursoice.eu

Los solicitantes que hayan indicado su correo electrónico recibirán comunicación por este medio, informando si su propuesta ha sido admitida.

Artículo 7. Fases del Concurso.

1. El concurso se desarrollará en dos fases:

Fase I. Preselección

1.1.1 Los grupos cuyas solicitudes de participación en el concurso y propuestas de iniciativa ciudadana europea hayan sido admitidas, deberán redactar su iniciativa según el modelo establecido en el Anexo IV, y presentarla en los lugares a los que hace referencia el artículo 5.

La iniciativa será un documento de carácter más formal que contendrá toda la información de la materia objeto de la misma: título, justificación de motivos y contenido.

Solo se admitirá una iniciativa por grupo. Si el grupo hubiese presentado dos propuestas, y ambas fueran admitidas por cumplir los requisitos exigidos, aquél solo podrá desarrollar y presentar la iniciativa referente a la propuesta que estime más oportuna.

Las iniciativas podrán presentarse en el plazo de 20 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de Admitidos y Excluidos en el concurso.

Esta iniciativa se acompañará de un formulario con 10 firmas de personas pertenecientes a, al menos, 4 países de la UE según el modelo del Anexo V.

1.1.2. En esta fase, el jurado al que se refiere el artículo 8 valorará las Iniciativas de conformidad con los siguientes criterios:

a) Criterios de contenido:

1. Relevancia y originalidad del tema propuesto: 15 puntos

2. Utilización de datos, estadísticas, documentos oficiales y/o científicos, etc. en apoyo de la argumentación: 15 puntos

3. Relación existente entre las medidas propuestas y la finalidad perseguida: adecuación y factibilidad de las mismas: 15 puntos

b) Criterios de forma:

1. Visión de conjunto y presentación del trabajo. 15 puntos

2. Calidad de la redacción. 10 puntos

3. Orden y claridad en la exposición del contenido. 10 puntos

Entre los grupos que correspondan a la misma CCAA se seleccionarán y pasarán a la siguiente fase los dos cuyas iniciativas hayan obtenido la mayor puntuación.

Fase II.

Las 12 iniciativas que hayan superado la fase primera serán presentadas por los grupos participantes en un acto público que se organizará al efecto, cuya fecha y lugar se harán públicos en el tablón de anuncios de la Consejería de Presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se comunicarán a los grupos de trabajo por la Dirección General de la Unión Europea y Relaciones Exteriores de la Consejería de Presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Así mismo se publicará en la página www.concursoice.eu

Cada presentación tendrá una duración máxima de 7 minutos.

Cada presentación será examinada por el jurado a lo largo del acto y la calificará, una vez terminada, según criterio de orden y claridad expositiva asignando a cada iniciativa, un máximo de 20 puntos

2. Puntuación Final.

Finalizado el acto, el jurado calculará la puntuación definitiva de cada iniciativa, realizando la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las dos fases descritas.

Las iniciativas ganadoras serán las dos iniciativas que hayan obtenido mayor puntuación final.

Artículo 8.- Composición del Jurado.

1. El jurado estará compuesto por:

a) La Directora General de la Unión Europea y Relaciones Exteriores o persona en quien delegue, que actuará como Presidenta.

b) La Jefe de Servicio de Relaciones con la Unión Europea, que actuará como Vicepresidenta.

c) Vocales:

1.º Los Directores General competentes en materia de Unión Europea de cada una de las CCAA socias del proyecto o personas que designen

2.º Un representante de la Comisión Europea.

3.º Un representante del Parlamento Europeo.

d) Actuará como secretario, con voz y sin voto, un funcionario de la Dirección General de la Unión Europea y Relaciones Exteriores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

2. El jurado actuará colegiadamente y ajustará su funcionamiento a las normas contenidas en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre Vínculo a legislación.

3. El jurado hará pública la puntuación obtenida por los grupos en la jornada de presentación de las iniciativas.

4. A la vista del fallo del jurado, el órgano instructor del procedimiento -Directora General de Unión Europea y Relaciones Exteriores- formulará la propuesta de resolución que elevará al Consejero de Presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, quien resolverá mediante orden la concesión de los premios.

La Orden de concesión de los premios se notificará personalmente a los finalistas y se harán públicos en el tablón de anuncios de la Consejería de Presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como en la página www.concursoice.es.

5. Contra la Orden de concesión de los premios, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición o contencioso administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 Vínculo a legislación y 117 Vínculo a legislación de la LRJ-PAC.

Artículo 9.- Propiedad de los trabajos y publicidad.

1. Todos los trabajos presentados quedarán en depósito en la Dirección General de la Unión Europea y Relaciones Exteriores de la Consejería de Presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la cual se reserva el derecho a utilizarlos para las acciones de difusión que estime pertinentes. Los citados trabajos podrán recogerse durante los seis meses siguientes.

3. La Dirección General de la Unión Europea y Relaciones Exteriores realizará la promoción y publicidad del concurso a través de la página www.concursoice.es y otros medios que considere oportunos.

Artículo 10.- Crédito presupuestario.

Los premios se harán efectivos con cargo a la partida presupuestaria 11.05.000.126E.489.01, de los correspondientes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2014 por importe de 9.996,00 €.

El otorgamiento de los premios objeto de la presente convocatoria estará en todo caso condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

Disposición Final.- Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.

Anexos

Omitidos.

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