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Emisión de deuda

05/11/2013
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Orden de 22 de octubre de 2013, por la que se dispone la emisión de deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias apta para materializar las dotaciones a la reserva para inversiones en Canarias, y se establecen las características de la misma (BOC de 4 de noviembre de 2013). Texto completo.

ORDEN DE 22 DE OCTUBRE DE 2013, POR LA QUE SE DISPONE LA EMISIÓN DE DEUDA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS APTA PARA MATERIALIZAR LAS DOTACIONES A LA RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS, Y SE ESTABLECEN LAS CARACTERÍSTICAS DE LA MISMA.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14.3 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, el Consejo de Ministros, en su reunión de 18 de octubre de 2013, autorizó a la Comunidad Autónoma de Canarias la emisión de Deuda Pública apta para materializar las dotaciones a la reserva para inversiones en Canarias concertar operaciones de endeudamiento hasta un importe máximo de 75.000.000 de euros.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 26 de noviembre de 2007, por la que se definen determinados procedimientos de emisión de valores representativos de la Deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Primero.- Emisión de Deuda Pública.

1. Realizar la emisión y puesta en circulación de Deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias apta para materializar las dotaciones a la reserva para inversiones en Canarias regulada por el artículo 27.4.D.4.º Vínculo a legislación de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

2. El importe de la Deuda se destinará a financiar el pago de las obligaciones derivadas de obras de construcción de carreteras bajo la modalidad de abono total del precio que sean exigibles en el año 2013 y cuyos correspondientes créditos están contemplados en el estado de gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Características de la emisión.

La Deuda a emitir tendrá las siguientes características:

- Importe: 75.000.000 de euros.

- Modalidad: Bonos a 5 años.

- Tipo de interés: 1,75 por 100 nominal anual fijo para toda la vida de la emisión, pagadero en los aniversarios de la fecha de emisión hasta, e incluyendo, la fecha de vencimiento final.

Si una fecha de pago de intereses fuera inhábil a efectos del sistema TARGET2-Banco de España, el pago se diferirá al día hábil inmediatamente posterior, sin que el tenedor de los bonos tenga derecho a percibir intereses adicionales por dicho diferimiento.

- Precio de emisión: 100% del valor nominal.

- Precio de amortización: 100% del valor nominal.

- Procedimiento de emisión: Oferta pública de suscripción.

- Período de suscripción: desde las 8:00 horas del 4 de noviembre de 2013 y hasta las 14:00 horas del 28 de noviembre de 2013 (horario de las Islas Canarias). El período de suscripción finalizará igualmente en el momento en que se produzca la total colocación del importe de la emisión, sin que suponga adelanto de la fecha de desembolso.

- Fecha de resolución de la oferta pública de suscripción: 1 de diciembre de 2013.

- Fecha de emisión y desembolso: 4 de diciembre de 2013.

- Fecha de amortización: 4 de diciembre de 2018.

- Representación de los bonos: los bonos se representarán mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, gestionado por la "Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima" (Iberclear).

- Negociación de los valores: Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

- Entidad Agente: con arreglo a lo establecido en el convenio marco firmado con el Banco de España, esta entidad actuará como Agente en la emisión y gestión de la Deuda, así como de Agente de pagos de la Deuda.

- Entidad Coordinadora: la entidad "Consultores de las Administraciones Públicas, S.A." actuará como entidad coordinadora técnica en la emisión.

- Otras condiciones: de acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones de la Deuda Pública del Estado.

Tercero.- Procedimiento de suscripción.

1. Cualquier persona física o jurídica podrá acudir a la oferta pública presentando la correspondiente solicitud de suscripción en el Banco de España, a través de las oficinas de las siguientes Entidades Colocadoras de Deuda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias:

Banco Santander, S.A.

Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Bankia, S.A.

Banco Mare Nostrum, S.A.

Banco de Sabadell, S.A.

Banca March, S.A.

CaixaBank, S.A.

Banco Popular Español, S.A.

Bankinter, S.A.

Banco Cooperativo Español, S.A.

Caja de Arquitectos, S.C.C.

El importe mínimo de las solicitudes de suscripción será de 1.000 euros. Las solicitudes por importes superiores deberán ser formuladas en múltiplos enteros de dicha cifra.

2. La solicitud de suscripción, que irá firmada por el solicitante o por su representante, deberá especificar el importe nominal que se desea suscribir, los datos identificativos del solicitante, su domicilio y su número de identificación fiscal.

3. Las suscripciones serán firmes e irrevocables, exigiéndose la responsabilidad que corresponde si no se efectuase su desembolso íntegro en la fecha establecida.

Cuarto.- Publicidad de los resultados de la oferta pública de suscripción.

El resultado de la emisión será hecho público mediante resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, con indicación de, al menos, el importe nominal solicitado y el importe nominal suscrito. Dicho resultado se notificará a las Entidades Colocadoras el mismo día de la resolución.

Quinto.- Pago del nominal suscrito.

Los importes efectivos de las peticiones adjudicadas se adeudarán en la fecha de desembolso en las cuentas del módulo de pago de TARGET2-Banco de España de las entidades colocadoras mencionadas en el número 1 del apartado tercero.

De igual manera, en dicha fecha, el Banco de España abonará el importe nominal suscrito en las respectivas cuentas de valores de titularidad de los miembros del Mercado de Deuda Pública, abiertas en la entidad "Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U." (Iberclear).

Sexto.- Se autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a adoptar cuantas actuaciones sean necesarias para la interpretación y ejecución de esta Orden.

Séptimo.- La presente Orden producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

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