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  • EDICIÓN DE 10/10/2013
 
 

Documentos administrativos para la formalización de los conciertos educativos

10/10/2013
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Orden de 23 de septiembre de 2013 por la que se aprueban los documentos administrativos para la formalización de los conciertos educativos (DOE de 9 de octubre de 3013). Texto completo.

ORDEN DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2013 POR LA QUE SE APRUEBAN LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA FORMALIZACIÓN DE LOS CONCIERTOS EDUCATIVOS

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero Vínculo a legislación, en su artículo 10.1.4. atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

Por el Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, la Comunidad Autónoma de Extremadura asume el traspaso de las funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria.

Mediante el Decreto 108/2013, de 25 de junio, se establecen normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos a partir del curso académico 2013/2014 (DOE núm. 126, de 2 de julio de 2013). El artículo 10 del citado decreto determina que la Consejería competente en materia de Educación procederá a la aprobación de los modelos de formalización de los conciertos que establecerá los derechos y obligaciones recíprocas con sujeción a las disposiciones reguladoras del régimen de conciertos educativos.

Por todo lo anterior, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 36 Vínculo a legislación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, DISPONGO:

Artículo 1. Aprobación de los documentos administrativos para la formalización de los conciertos educativos.

Se aprueban los modelos de documentos administrativos para la formalización de los conciertos educativos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el cuatrienio 2013/2014 al 2016/2017, que se prevén en los Anexos I a V de la presente orden.

Artículo 2. Identificación de centros escolares concertados.

Se aprueba el modelo previsto en el Anexo VI de la presente orden, al que deberán ajustarse los centros para dejar constancia expresa del concierto educativo con la Junta de Extremadura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1.f) del Decreto 108/2013, de 25 de junio (DOE núm. 126, de 2 de julio de 2013).

Disposición derogatoria única.

Queda derogada la Orden de 28 de mayo Vínculo a legislación de 2009 por la que se aprueban los documentos administrativos para la formalización de los conciertos educativos.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

ANEXOS OMITIDOS

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