Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/10/2013
 
 

Premio de Estudios Jurídicos "Don Felipe González Vicén"

08/10/2013
Compartir: 

La Universidad de La Laguna convoca el XXV Certamen de Estudios Jurídicos "Don Felipe González Vicén". Podrán optar al premio los estudiantes de la Licenciatura de Derecho y del Grado en Derecho de la Universidad de La Laguna, haciéndolo con uno o varios trabajos doctrinales inéditos y que no se hayan presentado al mismo tiempo a otros certámenes o convocatorias, bien de modo individual o en equipo de hasta cuatro autores como máximo. El plazo de presentación finalizará a las catorce horas del día 9 de diciembre de 2013.

BASES

Primera.- Podrán optar al premio los estudiantes de la Licenciatura de Derecho y del Grado en Derecho de la Universidad de La Laguna, haciéndolo con uno o varios trabajos doctrinales inéditos y que no se hayan presentado al mismo tiempo a otros certámenes o convocatorias, bien de modo individual o en equipo de hasta cuatro autores como máximo.

Segunda.- Los trabajos que aspiren al Premio tendrán que referirse necesariamente a materias relacionadas con la Licenciatura y deberán presentarse mecanografiados a doble espacio, a una sola cara, sin límite de extensión, en original y tres copias, omitiendo la identificación personal del autor.

Tercera.- Dichos trabajos se enviarán a la Secretaría de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna (Camino de la Hornera, s/n, 38071-La Laguna, Tenerife), adjuntando sobre cerrado con lacre o cinta adhesiva, en el que también se expresará el título del trabajo y dentro del cual constarán los datos personales de su autor o autores, su dirección, teléfono de contacto y una declaración jurada de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

Cuarta.- El plazo de presentación finalizará a las catorce horas del día 9 de diciembre de 2013.

Quinta.- La designación de los miembros del Tribunal que decidirá el Premio ha sido realizada por la Junta de Facultad a propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Derecho, entre miembros del profesorado, y se encuentra publicada en el tablón de anuncios oficial de la Facultad.

Sexta.- El procedimiento de concesión del Premio es el de concurrencia competitiva, valorando el Tribunal objetivamente los trabajos en atención a la actualidad del tema escogido, el rigor científico del mismo y la metodología utilizada. El Tribunal deberá motivar su decisión en la correspondiente acta, y también, si lo considera oportuno, declarar desierto el Premio. Posteriormente el Sr. Decano, una vez cumplimentados todos los trámites administrativos preceptivos, dictará una resolución en la que se concederá, si procede, el premio de esta convocatoria a uno de los solicitantes.

Séptima.- La resolución del Sr. Decano, que podrá ser recurrida como tal acto administrativo según lo dispuesto en la legislación vigente, se dará a conocer antes del 31 de enero de 2014. La entrega del premio tendrá lugar dentro de los actos académicos previstos para la celebración de San Raimundo de Peñafort.

Octava.- La dotación del Premio será de quinientos (500) euros, que se abonarán al ganador una vez que los presupuestos del año 2014 sean aprobados, existiendo normalmente crédito adecuado y suficiente para este tipo de gasto. En cualquier caso, la resolución queda sujeta a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones que de ella se deriven en el ejercicio correspondiente.

Novena.- Tanto los trabajos premiados como los demás presentados se conservarán en poder de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna, que tendrá facultades para publicarlos por el medio que estime oportuno.

Décima.- La participación en el certamen supone la aceptación de las presentes bases, que, de acuerdo con lo previsto en la legislación administrativa, pueden ser objeto de recurso de reposición conforme a lo dispuesto en el art.º. 118 de la Le 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el art.º. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  4. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  5. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  6. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  7. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  8. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  9. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital
  10. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana