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Premio de Estudios Jurídicos "Don Felipe González Vicén"

08/10/2013
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La Universidad de La Laguna convoca el XXV Certamen de Estudios Jurídicos "Don Felipe González Vicén". Podrán optar al premio los estudiantes de la Licenciatura de Derecho y del Grado en Derecho de la Universidad de La Laguna, haciéndolo con uno o varios trabajos doctrinales inéditos y que no se hayan presentado al mismo tiempo a otros certámenes o convocatorias, bien de modo individual o en equipo de hasta cuatro autores como máximo. El plazo de presentación finalizará a las catorce horas del día 9 de diciembre de 2013.

BASES

Primera.- Podrán optar al premio los estudiantes de la Licenciatura de Derecho y del Grado en Derecho de la Universidad de La Laguna, haciéndolo con uno o varios trabajos doctrinales inéditos y que no se hayan presentado al mismo tiempo a otros certámenes o convocatorias, bien de modo individual o en equipo de hasta cuatro autores como máximo.

Segunda.- Los trabajos que aspiren al Premio tendrán que referirse necesariamente a materias relacionadas con la Licenciatura y deberán presentarse mecanografiados a doble espacio, a una sola cara, sin límite de extensión, en original y tres copias, omitiendo la identificación personal del autor.

Tercera.- Dichos trabajos se enviarán a la Secretaría de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna (Camino de la Hornera, s/n, 38071-La Laguna, Tenerife), adjuntando sobre cerrado con lacre o cinta adhesiva, en el que también se expresará el título del trabajo y dentro del cual constarán los datos personales de su autor o autores, su dirección, teléfono de contacto y una declaración jurada de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

Cuarta.- El plazo de presentación finalizará a las catorce horas del día 9 de diciembre de 2013.

Quinta.- La designación de los miembros del Tribunal que decidirá el Premio ha sido realizada por la Junta de Facultad a propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Derecho, entre miembros del profesorado, y se encuentra publicada en el tablón de anuncios oficial de la Facultad.

Sexta.- El procedimiento de concesión del Premio es el de concurrencia competitiva, valorando el Tribunal objetivamente los trabajos en atención a la actualidad del tema escogido, el rigor científico del mismo y la metodología utilizada. El Tribunal deberá motivar su decisión en la correspondiente acta, y también, si lo considera oportuno, declarar desierto el Premio. Posteriormente el Sr. Decano, una vez cumplimentados todos los trámites administrativos preceptivos, dictará una resolución en la que se concederá, si procede, el premio de esta convocatoria a uno de los solicitantes.

Séptima.- La resolución del Sr. Decano, que podrá ser recurrida como tal acto administrativo según lo dispuesto en la legislación vigente, se dará a conocer antes del 31 de enero de 2014. La entrega del premio tendrá lugar dentro de los actos académicos previstos para la celebración de San Raimundo de Peñafort.

Octava.- La dotación del Premio será de quinientos (500) euros, que se abonarán al ganador una vez que los presupuestos del año 2014 sean aprobados, existiendo normalmente crédito adecuado y suficiente para este tipo de gasto. En cualquier caso, la resolución queda sujeta a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones que de ella se deriven en el ejercicio correspondiente.

Novena.- Tanto los trabajos premiados como los demás presentados se conservarán en poder de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna, que tendrá facultades para publicarlos por el medio que estime oportuno.

Décima.- La participación en el certamen supone la aceptación de las presentes bases, que, de acuerdo con lo previsto en la legislación administrativa, pueden ser objeto de recurso de reposición conforme a lo dispuesto en el art.º. 118 de la Le 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el art.º. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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