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  • EDICIÓN DE 07/10/2013
 
 

Fecha de puesta en funcionamiento de la Comisión Nacional de los Mercados

07/10/2013
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Orden ECC/1796/2013, de 4 de octubre, por la que se determina la fecha de puesta en funcionamiento de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (BOE de 5 de octubre de 2013). Texto completo.

ORDEN ECC/1796/2013, DE 4 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE DETERMINA LA FECHA DE PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA

La Ley 3/2013, de 4 de junio Vínculo a legislación, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, articula la reorganización de los organismos supervisores independientes hasta ahora encargados de garantizar, preservar y promover el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de competencia efectiva en los distintos mercados y sectores productivos en beneficio último de los consumidores y usuarios y sienta las bases legales del régimen de funcionamiento de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

De acuerdo con la disposición final undécima de la ley, ésta entró en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, esto es, el 6 de junio de 2013.

La estructura y funciones de la Comisión han sido desarrolladas reglamentariamente mediante el Estatuto Orgánico, aprobado por Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto Vínculo a legislación, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de fecha 31 de agosto.

Dentro del plazo previsto en la disposición adicional primera de la ley, la constitución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, a través de la constitución del Consejo, ha tenido lugar el 25 de septiembre de 2013.

La misma disposición adicional primera establece en su apartado 4 que la puesta en funcionamiento de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que implicará el ejercicio efectivo por parte de sus órganos de las funciones que tienen atribuidas, se iniciará en la fecha que al efecto se determine por orden del Ministro de Economía y Competitividad y, en todo caso, en el plazo de cuatro meses desde la entrada en vigor de la Ley.

Con fecha 4 de octubre, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha comunicado el cumplimiento de los requisitos previstos por la citada disposición adicional, solicitando que “por parte del Ministro de Economía y Competitividad, se dicte la correspondiente orden que determine la fecha de puesta en funcionamiento de la Comisión”.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Determinación de la fecha de la puesta en funcionamiento de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

La puesta en funcionamiento de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia se iniciará el 7 de octubre de 2013.

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