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Estructura orgánica de los servicios del Consorcio Regional de Transportes de Madrid

14/08/2013
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Resolución de 7 de agosto de 2013, de la Dirección-Gerencia, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Delegada del Consejo de Administración de este Organismo, de fecha 11 de julio de 2013, por el que se aprueba la estructura orgánica de los servicios del Consorcio Regional de Transportes de Madrid (BOCAM de 13 de agosto de 2013). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 7 DE AGOSTO DE 2013, DE LA DIRECCIÓN-GERENCIA, POR LA QUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN DELEGADA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ESTE ORGANISMO, DE FECHA 11 DE JULIO DE 2013, POR EL QUE SE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LOS SERVICIOS DEL CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES DE MADRID.

Han pasado más de veintiocho años desde que la Ley 5/1985 Vínculo a legislación, de la Comunidad de Madrid, de 16 de mayo, crease el Consorcio Regional de Transportes, y puede asegurarse con absoluta objetividad que se han cumplido con satisfacción las expectativas más optimistas:

- Se ha producido la integración modal y tarifaria del transporte público en la Comunidad de Madrid.

- Se ha coadyuvado a la utilización del transporte público.

- Se constata el reconocimiento social de su función planificadora, coordinadora e integradora.

- Se han logrado unos altos estándares de calidad en el servicio prestado por los operadores del transporte.

La persistencia de, prácticamente, la misma estructura básica durante casi tres décadas, dificulta la revitalización del organismo y su adecuación a las nuevas demandas, por lo que para atender adecuadamente campos de actividad, que serán cada vez más solicitados en el futuro, se necesita reordenar las funciones de las diversas áreas: En unos casos, por estar dispersas y ser susceptibles de mejora en su coordinación, y en otros, por ser conveniente su potenciación.

Estos motivos aconsejan acometer la reestructuración del organismo, reordenando las responsabilidades e incorporando algunas, que, en el contexto socioeconómico actual, van a ser cada vez más demandadas.

En resumen, los objetivos previstos con la nueva organización son:

- Mejorar la coordinación del sistema integrado de transporte público.

- Potenciar la actividad planificadora del Organismo.

- Garantizar la sostenibilidad económica del sistema.

- Introducir indicadores de calidad en la gestión de los contratos de explotación.

- Impulsar la actividad comercial, la comunicación coordinada a nivel de sistema de transportes y la atención al cliente.

- Potenciar las nuevas tecnologías y los sistemas de información en tiempo real al cliente.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.17, en relación con el artículo 4.6 de la Ley 5/1985, a propuesta del Director-Gerente del Organismo, la Comisión Delegada adopta el siguiente

ACUERDO

Primero

El Consorcio Regional de Transportes es el Organismo Autónomo de carácter mercantil que ejerce las funciones atribuidas por su Ley de creación.

Segundo

El Consorcio Regional de Transportes de Madrid, bajo la dirección inmediata del Director-Gerente, y bajo la autoridad del Consejo de Administración y de su Presidente, se estructura en los siguientes Órganos Administrativos:

- Secretaría General.

- Dirección de Planificación Estratégica y Explotación.

También bajo la directa dependencia del Director-Gerente, existirá una unidad administrativa denominada Dirección de Relaciones Externas.

Tercero

A la Secretaría General le corresponde la elaboración y seguimiento del presupuesto, el control de costes de las empresas operadoras, la evaluación de la calidad del servicio, la atención al cliente y políticas comerciales, la gestión jurídico-administrativa y la gestión de los recursos humanos y servicios generales del Organismo.

El Secretario General ostenta la condición de Secretario nato del Consejo de Administración.

Bajo la dependencia directa del Secretario General existirá una División de Coordinación Administrativa, de quien dependerán las diferentes áreas funcionales, excepto la de Calidad y atención al cliente, que dependerá directamente del Secretario General.

Para desarrollar las funciones atribuidas a la Secretaría General, esta se estructura de acuerdo a las siguientes áreas funcionales:

1. Económico-Financiera.

2. Calidad y Atención al Cliente.

3. Gestión Comercial.

4. Régimen Jurídico, Contratación y Recursos Humanos.

1. Corresponde al área Económico-Financiera las siguientes funciones:

a) La elaboración del anteproyecto anual y propuesta de liquidación de presupuestos del Organismo.

b) El seguimiento de la ejecución de los créditos presupuestarios y la tramitación de sus modificaciones y otras operaciones sobre los presupuestos.

c) Contabilización de las operaciones financieras.

d) La gestión, seguimiento y control de la tesorería, ingresos y pagos.

e) Liquidación de impuestos.

f) Auditorías, controles externos e informes periódicos.

g) Control y seguimiento económico de convenios y acuerdos.

h) El análisis, seguimiento y control de costes de todas las empresas operadoras.

2. Corresponde al área de Calidad y Atención al Cliente las funciones siguientes:

a) El seguimiento y valoración de los indicadores del nivel de calidad de los servicios prestados por el Organismo y por las empresas operadoras.

b) La tramitación y contestación de las quejas y sugerencias de los usuarios del transporte público.

c) La información sobre el transporte público dependiente del Consorcio, a través de los diversos canales de atención al ciudadano.

d) El impulso de la introducción de técnicas de gestión y evaluación que permitan mejorar la prestación de los servicios y la simplificación de los trámites administrativos, en colaboración con la Dirección General de Calidad de los Servicios.

e) La inspección, seguimiento y control del cumplimiento de las obligaciones de los concesionarios de infraestructuras y operadores de transporte público (oferta, vehículos, accesibilidad, instalaciones o equipamiento asignado), en coordinación con la Dirección de Planificación Estratégica y Explotación.

3. Corresponde al área de Gestión Comercial las siguientes funciones:

a) El estímulo de la política comercial de los títulos de transporte.

b) La comercialización de títulos de transporte, gestionando a tal efecto los acuerdos pertinentes.

c) El control y seguimiento de las ventas.

4. Corresponde al área de Régimen jurídico, contratación y recursos humanos:

a) El estudio y elaboración de las propuestas de resolución de los recursos y reclamaciones interpuestos contra los actos de los órganos del Consorcio, así como el impulso del procedimiento.

b) La coordinación e impulso de los asuntos que vayan a ser remitidos a los órganos colegiados del Consorcio.

c) El estudio y la coordinación de la tramitación de los anteproyectos de disposiciones normativas y, en su caso, la elaboración de los mismos.

d) El archivo y comunicación de los acuerdos, convenios, protocolos o declaraciones de intenciones celebrados por el Consorcio.

e) La expedición y custodia de certificaciones, informes, actas y documentos del Consorcio.

f) La elaboración y seguimiento de los contratos y convenios suscritos por el Consorcio Regional de Transportes, así como la propuesta de su revisión cuando las modificaciones en las condiciones de prestación del servicio lo requieran.

g) La tramitación de los expedientes de contratación administrativa y de gasto del programa presupuestario que corresponde al Organismo, así como la gestión de cuantas incidencias guarden relación con dicha tramitación.

h) La gestión del personal destinado en el Organismo.

i) La gestión y tramitación de las nóminas y Seguridad Social del personal.

j) La gestión de las funciones de mantenimiento de las instalaciones y necesidades ofimáticas del Organismo, así como las de régimen interior y servicios generales.

k) La gestión del Centro de Documentación.

Cuarto

El Director de Planificación Estratégica y Explotación será responsable de la planificación y explotación de las infraestructuras y servicios de transporte público en la Comunidad de Madrid, la programación de las inversiones y la supervisión de los correspondientes proyectos, así como de la ejecución y control de las obras en los casos en que estas competencias le sean atribuidas al Organismo.

Bajo la dirección inmediata del Director, existirá un Subdirector de Explotación, con la responsabilidad de coordinar los sectores de actividad atribuidos a las siguientes áreas funcionales:

1. Metro y Metros Ligeros.

2. Autobuses Urbanos de Madrid.

3. Transportes Interurbanos y Urbanos de otros Municipios.

4. Centro de Gestión del Transporte Público.

5. Sistemas.

6. Estudios y Proyectos.

7. Accesibilidad.

8. Explotación de Intercambiadores.

9. Información sobre Servicio y Señalización.

1. Corresponden al área funcional de Metro y Metros Ligeros las siguientes funciones:

a) La actuación en materia de programación de la oferta de servicios y planes de inversión, operación y mantenimiento de Metro y Metros Ligeros, así como el seguimiento de la demanda.

b) El informe y tramitación de los expedientes de modificación de los servicios de estos operadores, así como la coordinación con otras instituciones/organismos en su ámbito de actuación.

c) La gestión, seguimiento y control del cumplimiento de las obligaciones como operadores de transporte público (oferta, vehículos, instalaciones y equipamiento asignado).

2. Corresponden al área funcional de Autobuses Urbanos de Madrid las siguientes funciones:

a) La actuación en materia de programación de la oferta de servicios y planes de inversión, operación y mantenimiento de los servicios urbanos por autobús en Madrid, así como el seguimiento de la demanda.

b) El informe y tramitación de los expedientes de modificación de los servicios de este operador, así como la coordinación con otras instituciones/organismos en su ámbito de actuación.

c) La gestión, seguimiento y control del cumplimiento de las obligaciones como operador de transporte público (oferta, vehículos, instalaciones y equipamiento asignado).

3. Corresponden al área funcional de Transportes Interurbanos y Urbanos de otros Municipios las funciones siguientes:

a) La actuación en materia de programación de la oferta de servicios y planes de inversión, operación y mantenimiento de los operadores de servicios interurbanos y urbanos de otros municipios, por autobús, así como el seguimiento de la demanda.

b) El informe y tramitación de los expedientes de modificación de los servicios de estos operadores, así como la coordinación con otras instituciones/organismos en su ámbito de actuación.

c) La gestión, seguimiento y control del cumplimiento de las obligaciones como operadores de transporte público (oferta, vehículos, instalaciones y equipamiento asignado).

4. Corresponden al área funcional de Centro de Gestión del Transporte Público las funciones siguientes:

a) La coordinación y supervisión en tiempo real, en régimen 24/7/365, de la oferta de servicios de los distintos operadores y concesionarios de infraestructuras, especialmente ante incidencias en la explotación y durante la celebración de diversos eventos con afección sobre la movilidad.

b) La coordinación de la información a los usuarios, operadores de transporte y concesionarios de infraestructuras, y la coordinación con otras instituciones/organismos en su ámbito de actuación.

5. Corresponden al área funcional de Sistemas las funciones siguientes:

a) La definición funcional, elaboración de especificaciones y actuación en materia de programación de los planes de implantación de nuevas tecnologías en las infraestructuras y servicios de transporte público de la Comunidad de Madrid.

b) El análisis y desarrollo coordinado con los distintos operadores de transporte de acciones en materia de prospectiva tecnológica del transporte, con el objetivo de mejorar la calidad de los servicios.

c) El desarrollo y mantenimiento de las bases de datos, las aplicaciones de planificación y gestión del transporte y del sistema de información geográfica, de acuerdo a las necesidades del Organismo.

6. Corresponden al área funcional de Estudios y Proyectos las funciones siguientes:

a) La redacción, informe y supervisión de los estudios previos, estudios de viabilidad, anteproyectos y proyectos de infraestructuras y servicios de transporte público.

b) La coordinación con otros Organismos y la emisión de informe en los procedimientos de aprobación, modificación o revisión de los instrumentos de planteamiento urbanístico, movilidad y de ordenación territorial que afecten a las infraestructuras y servicios de transporte público en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

c) La realización de estudios, encuestas y trabajos de campo orientados a un mejor conocimiento de la movilidad y a la optimización del sistema integrado de transporte público de la Comunidad de Madrid.

d) El desarrollo y mantenimiento de los modelos de movilidad.

e) La coordinación del Plan de Publicaciones Informativas del Organismo y la gestión de la distribución de los libros y manuales editados.

7. Corresponden al área funcional de Accesibilidad las siguientes funciones:

a) Realización de las funciones de promoción de la accesibilidad universal y supresión de barreras arquitectónicas y coordinación con otras instituciones/organismos en su ámbito de actuación.

b) El análisis y desarrollo coordinado con los distintos operadores de transporte de acciones en materia de accesibilidad.

8. Corresponden al área funcional de Explotación de Intercambiadores:

a) La actuación en materia de programación de los planes de inversión, operación y mantenimiento de los intercambiadores de transporte público en explotación.

b) El informe y tramitación de los expedientes de modificación de los servicios e instalaciones de estas infraestructuras, así como la coordinación con otras instituciones/organismos en su ámbito de actuación.

c) La gestión, seguimiento y control del cumplimiento de las obligaciones de los gestores de intercambiadores (oferta, locales comerciales, instalaciones y equipamiento asignado).

9. Corresponden al área funcional de Información sobre Servicio y Señalización el apoyo a las áreas funcionales responsables de explotación en la elaboración de planos, horarios, carteles tarifarios, avisos, desvíos, modificaciones, etc., sobre todos los servicios de transporte público en la Comunidad de Madrid, así como su señalización en estaciones/paradas, vehículos, instalaciones y equipamiento asignado.

Quinto

El Director de Relaciones Externas, bajo la dependencia directa del Director-Gerente, será responsable de la estrategia de coordinación general interna de las actividades encaminadas a conseguir los siguientes objetivos:

a) La representación del Organismo en las asociaciones nacionales e internacionales de transporte.

b) El seguimiento, impulso y supervisión de los programas y proyectos de asesoramiento externo y servicios de consultoría en los que participe el Organismo.

c) La definición de la imagen corporativa, la estrategia de comunicación coordinada y la relación con los medios de comunicación.

d) La dirección y gestión de las relaciones institucionales, participación en conferencias, organización de foros y eventos técnicos.

e) El impulso y la gestión de la responsabilidad social corporativa.

Sexto

Las funciones que aparecen recogidas en este Acuerdo no son limitativas, de modo que se proyectan sobre aquellas no enunciadas pero con las que guarden íntima conexión. A tal fin, corresponderá al Director-Gerente interpretar el presente acuerdo y resolver las dudas que pudieran surgir respecto a la distribución concreta de funciones.

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