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Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2014-2020

05/07/2013
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Acuerdo de 2 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2014-2020 (BOJA de 4 de julio de 2013). Texto completo.

ACUERDO DE 2 DE JULIO DE 2013, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA LA FORMULACIÓN DE LA ESTRATEGIA PARA LA COMPETITIVIDAD DE ANDALUCÍA 2014-2020.

La planificación es una seña de identidad de la política económica en Andalucía desde la configuración de la Comunidad Autónoma, y así se recoge en el artículo 58.2 1 del vigente Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo Vínculo a legislación. Esta planificación se ha realizado de forma consensuada con los agentes económicos y sociales más representativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma lo que ha permitido el impulso de los factores productivos y de los sectores que determinan el crecimiento a largo plazo. El contenido de esta política se ha venido definiendo y articulando de manera concertada a través de sucesivos planes de desarrollo regional que han permitido hacer posible las transformaciones económicas y sociales de Andalucía cuyos resultados pueden observarse a la luz de los cambios que se han producido en la economía andaluza en los últimos treinta años.

Para el período 2007-2013 la Junta de Andalucía estableció la coincidencia entre el proceso de planificación regional y el proceso equivalente de planificación y programación para los fondos estructurales en el marco de la política de cohesión. De esta forma, se garantizaba un único planteamiento estratégico del desarrollo regional, de manera que el diseño de la política de desarrollo económico propia aparece influenciada por los planteamientos estratégicos europeos, mientras que la estrategia de desarrollo que se presenta en Europa, recoge los requerimientos específicos y sustantivos del desarrollo regional en Andalucía.

El Acuerdo para el Progreso Económico y Social de Andalucía, firmado el 20 de marzo de 2013, entre la Junta de Andalucía y los agentes económicos y sociales más representativos, incluye entre sus objetivos propiciar un modelo de crecimiento sobre los pilares de la competitividad de la economía, la sostenibilidad medioambiental y la cohesión y la igualdad social. Estos objetivos coinciden con los fines que marca la Agenda para el crecimiento y el empleo (la denominada “Estrategia Europa 2020”) y que se instrumenta a través de la Política de Cohesión.

Los objetivos fijados en la Estrategia 2020, específicamente en los ámbitos de empleo, educación, investigación e innovación, integración social y reducción de la pobreza, así como cambio climático y energía son compartidos por el Gobierno andaluz, y figuran en el programa de la actual legislatura. En consecuencia, la plena coincidencia entre los planteamientos estratégicos de la política de cohesión y de la nueva Estrategia para la Competitividad de Andalucía hace aconsejable la elaboración conjunta de un plan que refleje los principales objetivos y estrategias del gobierno andaluz en el horizonte del año 2020 y que constituya al mismo tiempo la aportación andaluza al Acuerdo de Asociación entre la Comisión Europea y el Estado Español que recogerá la política de cohesión en España para el período 2014-2020.

Por tanto, la Estrategia tendrá una vigencia de siete años, de 2014 a 2020, coincidiendo con el período de las nuevas perspectivas financieras de la Unión Europea, y constituirá el marco estratégico del desarrollo regional de Andalucía que servirá de referencia principal por un lado, a los agentes públicos y privados implicados en el desarrollo de Andalucía, y por otro, a las instituciones de la UE que requieran la definición de dicho marco con objeto de poder asignar a Andalucía las ayudas de la política regional europea.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 Vínculo a legislación del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo le corresponde a ésta, la competencia sobre la planificación económica y, en particular, la realización de todos los trabajos relativos a la elaboración, seguimiento y evaluación de los planes económicos de Andalucía. Dichos trabajos se impulsan, de conformidad con el Decreto 281/2010 de 4 de mayo Vínculo a legislación, por el que se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno, en el seno de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos y de la Comisión de Política Económica, como órgano de apoyo de esta última.

Asimismo, corresponde al ámbito de la Secretaría General de Economía y, en concreto, a la Dirección General de Fondos Europeos y Planificación, las funciones relativas a la programación, seguimiento, evaluación, coordinación y verificación de las actuaciones de contenido económico y financiero que, en el marco de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se derivan de las intervenciones de los Fondos Estructurales, Fondo de Cohesión, otros instrumentos financieros no estructurales establecidos por la Unión Europea, con excepción del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y Banco Europeo de Inversiones, actuando como órgano técnico en las relaciones que, para el ejercicio de dicha coordinación, se hayan de establecer entre los órganos de la Administración autonómica, la Administración General del Estado y la Unión Europea.

En virtud de lo anteriormente indicado, a propuesta del titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.13 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 2 de julio de 2013,

ACUERDA

Primero. Formulación.

Se acuerda la formulación de la Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2014-2020, en adelante ECA 2014-2020, cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las determinaciones establecidas en el presente Acuerdo.

Segundo. Finalidad y principios.

La ECA 2014-2020 tiene como finalidad establecer un planteamiento estratégico de desarrollo regional para Andalucía para dicho periodo, que permita impulsar el crecimiento y el empleo en Andalucía, en coherencia con la Política Europea de Cohesión en el marco de la “Estrategia Europa 2020”.

La Estrategia se conformará a partir de las siguientes principios:

1. Participación. En virtud de este principio se articularán los mecanismos necesarios para la participación en el proceso de elaboración de la Estrategia de los agentes económicos y sociales más representativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza, así como del resto de la sociedad civil.

2. Transparencia. La aplicación de este principio va más allá de la elaboración, publicación y acceso a la información relativa tanto al diseño como a la puesta en marcha de la estrategia, ya que implica la práctica de un modelo de gobierno abierto en conexión con el principio de participación arriba indicado, donde los ciudadanos puedan conocer y valorar las actuaciones que se diseñan.

3. Evaluabilidad. Este principio refleja el hecho de que la estrategia debe poder ser evaluada en función de los criterios de coherencia, eficiencia y eficacia. Ello implica, en primer lugar, la realización de un diagnóstico que permita detectar los retos a los que debe darse respuesta así como una análisis de la pertinencia de las acciones que se propongan para afrontar dichos retos. En segundo lugar, la Estrategia deberá contar con un sistema adecuado de seguimiento y evaluación que permita valorar la eficiencia y eficacia de las acciones que contenga.

Tercero. Contenido de la ECA 2014-2020.

La ECA 2014-2020 deberá contener, al menos, los siguientes elementos:

1. Un diagnóstico basado en indicadores de tipo estadístico. Dicho diagnóstico deberá tener su reflejo en una matriz de debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades, que permita detectar los retos a los que se deberán dar respuesta con las actuaciones.

2. Una parte propositiva de la Estrategia, donde se incluirán las diferentes medidas y actuaciones, y que se estructurará en Ejes temáticos. Dichos Ejes serán coincidentes con los Objetivos temáticos establecidos por la Comisión Europea en su propuesta de Reglamento de 11 de septiembre Vínculo a legislación de 2012, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, incluidos en el Marco Estratégico Común, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo [COM(2012) 496 final]. De este modo, se asegura la completa correspondencia entre la ECA 2014-2020 y la Política Europea de Cohesión.

Los Ejes temáticos propuestos son los siguientes:

1. Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación.

2. Mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la información y la comunicación y el acceso a las mismas.

3. Mejorar la competitividad de las pymes.

4. Favorecer la transición a una economía baja en carbono.

5. Promover la adaptación al cambio climático, la prevención y la gestión de riesgos ambientales.

6. Proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos naturales.

7. Promover el transporte sostenible y eliminar los estrangulamientos en las infraestructuras de red fundamentales.

8. Promover el empleo y favorecer la movilidad laboral.

9. Promover la inclusión social y la lucha contra la pobreza.

10. Invertir en la educación, el desarrollo de capacidades y el aprendizaje permanente.

11. Mejorar la capacidad institucional y garantizar una administración pública eficiente.

3. Evaluación de la coherencia del diagnóstico y la parte propositiva respecto a la Estrategia Europa 2020 y los documentos de orientaciones y medidas publicados por la Comisión en relación a las prioridades estratégicas para el próximo período 2013-2020.

4. Sistema de seguimiento y evaluación.

Cuarto. Elaboración y aprobación de la ECA 2014-2020.

La Dirección General de Fondos Europeos y Planificación será la responsable de la elaboración de la ECA 2014-2020.

Dado que se trata del instrumento de planificación económica general de la Administración de la Junta de Andalucía para el periodo antes citado, todas las Consejerías participarán en su elaboración a través de la Comisión de Política Económica.

El proceso de elaboración constará de 3 fases y se adaptará a los plazos que se establezcan en relación al calendario de elaboración del Acuerdo de Asociación de España al que hace referencia la propuesta de reglamento de la Comisión Europea que se cita en el apartado 2 del punto tercero del presente acuerdo.

- Fase 1. La Comisión de Política Económica, como principal órgano de apoyo de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, instará a las Consejerías a presentar un diagnóstico y una propuesta de medidas a adoptar en sus respectivos ámbitos competenciales.

Una vez presentadas las propuestas, la Dirección General de Fondos Europeos y Planificación concertará reuniones bilaterales con cada una de las Consejerías para concretar y estructurar las propuestas, de manera que se garantice la pertinencia de las estrategias en el contexto de su diagnóstico, así como, la coherencia de las mismas con el diseño del desarrollo económico general y con los objetivos de la Estrategia Europa 2020.

La Dirección General de Fondos Europeos y Planificación, a partir de los resultados de estos trabajos, elaborará el Primer Borrador de la Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2014-2020, que contendrá, como mínimo, el diagnóstico y la parte propositiva, y que será presentado ante la Comisión de Política Económica para someterlo a su deliberación y acuerdo.

- Fase 2. Una vez revisado y acordado el primer borrador por la Comisión de Política Económica, éste se someterá a la consideración de los agentes económicos y sociales, en el marco del Acuerdo por el Progreso Económico y Social de Andalucía, firmado el 20 de marzo de 2013.

Teniendo en cuenta las observaciones y propuestas presentadas, la Dirección General de Fondos Europeos y Planificación elaborará el Segundo Borrador de la Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2014-2020 y lo remitirá para su informe y validación a la Comisión de Política Económica.

- Fase 3. El documento anterior será sometido a información pública por un período no inferior a un mes, anunciándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el sitio web de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, donde además se implementará, en cumplimiento de los dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio Vínculo a legislación, de acceso electrónico de la ciudadanía a los servicios públicos, un procedimiento telemático de presentación de alegaciones.

Las alegaciones que se realicen serán tomadas en consideración para la redacción por la Dirección General de Fondos Europeos y Planificación del Tercer Borrador ECA 2014-2020. Dicho borrador, junto con las alegaciones presentadas, será remitido a la Comisión de Política Económica para su validación y presentación ante la Comisión Delegada para Asuntos Económicos.

Una vez examinado el borrador definitivo por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, el titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo elevará la propuesta de la Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2014-2020 al Consejo de Gobierno para su aprobación.

Quinto. Desarrollo y ejecución.

Se faculta al Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo para adoptar los actos necesarios para el desarrollo y ejecución de este Acuerdo.

Sexto. Eficacia.

El presente Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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