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El TS eleva la pena a un lotero que dio a un peñista el cambiazo de un décimo del Euromillón premiado con 480.000 euros

01/07/2013
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Aumenta de once meses a dos años de cárcel la condena al acusado de cambiar el resguardo agraciado y negar después haberlo recibido

MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha elevado de once meses a dos años de cárcel la condena impuesta a un trabajador de una Administración de lotería que cambió al representante de una peña un resguardo del Euromillón agraciado con 480.0620 euros por otro premiado con 27,71 euros.

La Sala de lo Penal ha estimado el recurso de casación que fue interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia dictada en septiembre del pasado año por la Audiencia Provincial de Madrid que condenaba a Daniel N. a once meses de prisión por intento de apropiación indebida.

El alto tribunal aumenta la pena al considerar que el delito quedó consumado con los actos del acusado que evidenciaban su intención de apropiarse del décimo al cambiar el resguardo del premio y negar haber recibido el premiado con más de 480.000 euros.

SE LO CAMBIÓ POR UN PREMIO DE 27 EUROS

Los hechos se remontan ala tarde del 14 de septiembre de 2010 cuando la víctima acudió a una Administración de lotería ubicada en el número 49 de la madrileña calle de Raimundo Fernández Villaverde para comprobar si la combinación a la que siempre jugaba su peña había resultado ganadora en el sorteo del Euromillón.

Le atendió el hijo de la titular, que comprobó que el resguardo del número jugado había sido premiado con casi medio millón de euros. Tras ello, cambió este resguardo por otro que había sido cobrado momentos antes y al que había correspondido un beneficio de 27 euros.

El perjudicado comprobó en otra administración de lotería la realidad del premio y volvió al local para reclamarlo. Después de que el acusado no le diera la razón y se desatara una discusión entre ambos, el peñista llamó a la Policía y, en presencia de los agentes, el lotero intentó arrebatarle el regustardo que le había entregado en sustitución al suyo.

Según la sentencia, el lotero incluso había colocado un cartel anunciado que esa administración se repartía el premio de 480.000 euros. La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, señala que el delito de apropiación indebida se perfecciona con el ánimo de apropiación y la ejecución de la acción.

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