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CGAE

El nuevo Estatuto de la Abogacía regula el ejercicio on-line y potencia la justicia gratuita y las Oficinas hipotecarias

18/06/2013
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El Pleno del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha aprobado por unanimidad el nuevo Estatuto General de la Abogacía Española que regula el ejercicio de la 'abogacía on-line' y potencia los servicios de orientación jurídica gratuita a presos, víctimas de la violencia de género, mayores, discapacitados u Oficinas de Intermediación Hipotecaria.

MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

Los 83 decanos de Colegios de Abogados y presidentes de los Consejos Autonómicos, entre otros miembros, ha aprobado el texto, que sustituirá al de 2001, tras la votación individualizada de cada artículo para después someterlo a la aprobación del Gobierno.

La nueva norma supone una "plena adecuación" a la Directiva de Servicios del Parlamento Europeo transpuesta por las denominadas Ley Ómnibus y Ley Paraguas y recoge formalmente aspectos que ya estaban vigentes, especialmente, en lo relativo a la colegiación única para ejercer en todo el territorio nacional, la "absoluta libertad" en la fijación de honorarios y la posibilidad que tiene el abogado de realizar publicidad de sus servicios.

Según ha explicado la Abogacía, el redactado potencia el funcionamiento democrático de las instituciones de la Abogacía dando mayor peso al voto ponderado como sistema general. Además los mandatos de los cargos electivos del Consejo pasan de cinco a cuatro años de duración y se regula el voto electrónico en las elecciones a miembros de las Juntas de Gobierno de los Colegios de Abogados.

SE SUPRIME LA VENIA

El Estatuto facilita el acceso de los ciudadanos a los Colegios, mediante políticas de transparencia, de calidad de los servicios colegiales, la tramitación electrónica de todos los procedimientos y la defensa de los derechos de los usuarios de servicios jurídicos. Se aprueban medidas para garantizar el derecho a la igualdad de acceso a los cargos en las instituciones de la Abogacía.

Se actualiza el ejercicio de la profesión de abogado, regulando todas las formas de actuación profesional, individual y colectiva al adecuarlo a la regulación de las sociedades profesionales. Al mismo tiempo, fija los derechos y deberes de los letrados en relación con sus clientes, mientras que potencia la conciliación de la vida familiar y profesional de los abogados.

El texto también suprime la venia para sustituirla por una mera comunicación entre abogados y moderniza el régimen deontológico y sancionador, al tiempo que actualiza el catálogo de infracciones con una tipificación más acorde con la realidad, garantizando mayor seguridad jurídica en la actuación de los abogados.

El Pleno también ha incorporado al articulado la regulación sobre formación recogida en la Ley de Acceso a la Profesión de Abogado para garantizar el mejor servicio al ciudadano y nuevas obligaciones formativas, en especial aquellas relacionadas con la formación continua. Además, regula las relaciones con otros colegiados y con los tribunales.

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