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Escuela Internacional de Postgrado de la Universidad de Extremadura

12/06/2013
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Orden de 27 de mayo de 2013 por la que autoriza la creación de la Escuela Internacional de Postgrado de la Universidad de Extremadura (DOE de 11 de junio de 2013). Texto completo.

ORDEN DE 27 DE MAYO DE 2013 POR LA QUE AUTORIZA LA CREACIÓN DE LA ESCUELA INTERNACIONAL DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA.

El artículo 10 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero Vínculo a legislación, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación y enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, así como en materia de Universidades públicas y privadas.

Por Real Decreto 634/1995, de 21 de abril, se traspasan funciones y servicios de la Administra - ción del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Universidades. Estas competencias se atribuyen a la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura por Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio Vínculo a legislación, por el que se determina la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Co mu - nidad Autónoma de Extremadura.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre Vínculo a legislación, de Universidades, dispone en su artículo 7 que Las Universidades públicas estarán integradas por Escuelas, Facultades, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación, Escuelas de Doctorado y por aquellos otros centros o estructuras necesarios para el desempeño de sus funciones.

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre Vínculo a legislación, establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, que se estructuran en tres ciclos: grado, máster y doctorado. Respecto de las enseñanzas de doctorado, el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero Vínculo a legislación, que regula dichas enseñanzas, prevé que las Universidades puedan crear escuelas de doctorado de acuerdo con lo previsto en sus estatutos, en la normativa de la Comunidad Autónoma y en el propio Real Decreto.

En este marco normativo, una vez aprobada la creación de la Universidad Internacional de Postgrado por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad e informado favorablemente por el Consejo Social de la Institución, la Universidad de Extremadura solicita la autorización por parte de la Comunidad Autónoma y su publicación en el periódico oficial de la Adminis - tración Autonómica.

En virtud de lo anterior, de acuerdo con las competencias atribuidas, previo informe del Consejo Social de la Universidad de Extremadura de 30 de enero de 2013, DISPONGO:

Primero. Se crea la Escuela Internacional de Postgrado de la Universidad de Extremadura, con el fin de organizar, dentro de su ámbito de gestión, las enseñanzas y actividades de formación de postgrado, tanto de carácter oficial como no oficial de la Universidad de Extremadura.

Segundo. La Escuela Internacional de Postgrado de la Universidad de Extremadura contará con un Reglamento que establecerá su estructura organizativa, los derechos y deberes de quienes cursen estudios en la escuela, los principios que deben regir el código de buenas prácticas de sus miembros y demás cuestiones relativas a la organización y planificación de sus actividades, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero. La Escuela Internacional de Postgrado de la Universidad de Extremadura se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre Vínculo a legislación, de Universidades, por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre Vínculo a legislación, que establece las enseñanzas universitarias oficiales, por el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero Vínculo a legislación, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de Doctorado y lo dispuesto en el Decreto 65/2003, de 8 de mayo Vínculo a legislación, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura y por su propio Reglamento.

Cuarto. A fin de dar cumplimiento al artículo 9.1 Vínculo a legislación del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, por la Consejería de Educación y Cultura se comunicará al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Dirección General de Política Universitaria, la creación de la Escuela Internacional de Postgrado de la Universidad de Extremadura, para su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Del mismo modo, de acuerdo con el artículo 8.3 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, deberá informarse a la Conferencia General de Política Universitaria.

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