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Literatura judicial; por José Luis Requero, Magistrado

11/06/2013
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El día 11 de junio de 2013, se ha publicado en el diario La Razón, un artículo de José Luis Requero, en el cual el autor opina que el juez representa al Estado y no puede quebrantar la confianza en los tribunales, por eso tiene que aguantar las tensiones del caso a golpe de profesionalidad.

LITERATURA JUDICIAL

Si leo en un periódico que alguien llama “burros” a los políticos y que eso lo dice “con todos los respetos para con los equinos”; si les exige “que se dejen de pelear y se pongan a andar”; si se proclama “indignado” y les advierte que en esta crisis “hay mucho camino por delante y poco tiempo para recorrerlo, a riesgo de llegar tarde o no llegar”, seguramente pensaré que se trata de un indignado que se desahoga a microfonazo limpio en pleno escrache o que es un ciudadano que escribe una airada carta al director del periódico. Si alguien describe una operación empresarial de ruinoso fin diciendo que “la “tormenta perfecta” no dependió de constantes climatológicas, sino de propio proceder directo del imputado”; si añade que “por expresarlo muy gráficamente, en medio de una tempestad, no existe barco que, a todas luces, tenga que aguantar; ni, ante la presencia de un tsunami, existe mejor o peor tumbona para pasar la tarde tomando el sol”, puedo pensar en una conversación coloquial sazonada de ocurrentes. Lo que no me cuadraría es estar leyendo una sentencia o un auto judicial. Dejo aparte el maltrato a la coma, al punto y coma, el entromillado libertino o el subrayado ácrata; o como que se empleen como sucedáneos de razonamiento jurídico el empleo de masivas mayúsculas o de símbolos del estilo “(?)”. Me quedo en el pasmo de que un juez, es decir, el Estado, aproveche su posición para la ocurrencia, el desahogo o la gracieta. El Poder debe exponer el porqué de sus decisiones. El Legislativo y el Ejecutivo ene sus leyes y reglamentos emplean preámbulos; al Ejecutivo, además, se le exige que motive sus actos. Ya en lo político la rueda de prensa, el comunicado, la entrevista o, con más formalidad, la intervención parlamentaria suele ser el habitat en el que sus miembros dan sus explicaciones. La Justicia es distinta. La Constitución le manda razonar sus decisiones, no puede callar o dar razones vacías -sería inconstitucional- y no resolver sería delito. Emplea un lenguaje técnico -el jurídico- y resuelve, es decir, no “dictamina”, no opina; su razonamiento debe responder a una lógica jurídica que permita deducir que sus conclusiones son racionales y objetivas, luego controlables en Derecho por un tribunal superior. La sentencia es una obra intelectual en la que la impronta de su autor es intensa, quizás y entre otras razones porque mientras la ley es lo justo en abstracto y se dirige al común de los ciudadanos, la sentencia es lo justo en concreto: procede de un juez con nombre y apellidos y se dirige a unos ciudadanos también con nombre y apellidos; conoce el litigio que hay entre ellos, ha visto y oído a los abogados y hay muchas claves que sólo se captan si se conoce a fondo lo debatido. Sin embargo la literatura judicial es muy dada a unas licencias inconcebibles en otros tipos de literatura jurídica. No concibo esas ocurrencias en los dictámenes del Consejo de Estado, en las resoluciones del Tribunal de Cuentas, Económico-administrativos o en las sentencias del Tribunal Constitucional, de la Unión Europea, de Derechos Humanos, etc. Y que en el patio judicial esto no es raro lo demuestra que se sancione al juez que en sus resoluciones use expresiones innecesarias, improcedentes, extravagantes u ofensivas. Al juez se va para que diga el Derecho, no para que opine o exponga sus sentimientos y preocupaciones vitales; menos aun para que lance pullas o improperios a las partes o a sus abogados o caiga en excesos verbales. Si esto no lo capta caerá en el corporativismo puro: apropiarse de la autoridad que se le ha dado para su lucimiento, desahogo o conveniencia. El juez representa al Estado y no puede quebrantar la confianza en los tribunales, por eso tiene que aguantar las tensiones del caso a golpe de profesionalidad. Esto debe llevarle a ser consciente de que los afectados, si pueden, no dudarán en desprestigiarle como estrategia de defensa, de ahí que las formas que emplee deban ser las adecuadas: no puede servir en bandeja un pretexto para que una crítica que arrincone lo que de justo y acertado haya en sus decisiones.

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