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Modificación del Decreto de Racionalización del Sector Público de la Región de Murcia

17/05/2013
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Decreto n.º 45/2013, de 10 de mayo, por el que se modifica el Decreto 23/2013, de 15 de marzo, de racionalización del Sector Público de la Región de Murcia (BORM de 15 de mayo de 2013). Texto completo.

DECRETO N.º 45/2013, DE 10 DE MAYO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 23/2013, DE 15 DE MARZO, DE RACIONALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO DE LA REGIÓN DE MURCIA.

El Decreto 23/2013, de 15 de marzo Vínculo a legislación, de racionalización del sector público de la Región de Murcia, continuó el proceso de reordenación de los distintos Entes que lo conforman, en base a los criterios de austeridad, eficacia, eficiencia y sostenibilidad que debe de imperar en toda actuación de las Administraciones Públicas, y muy especialmente en estos momentos de especial dificultad económica.

La aplicación práctica de lo dispuesto en el Decreto 23/2013, de 15 de marzo Vínculo a legislación, aconseja la introducción de dos modificaciones concretas, para optimizar la finalidad perseguida por el mismo. En primer lugar, y como consecuencia del la voluntad manifestada por el Ayuntamiento de Alhama de Murcia, que es socio minoritario en la mercantil Industrialhama, SA, de continuar con la actividad de la misma, incrementando su posición en el accionariado, no se ordena su disolución, sino el cambio en la posición accionarial del Instituto de Fomento de la Región de Murcia en la citada mercantil. De otro lado, tanto la Fundación Parque Científico de Murcia, como la Fundación Agencia de la Gestión de la Energía, mantienen su vinculación con la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, pero no con un centro directivo en concreto, sino con el que se determine en aras de una mayor eficacia en el proceso de disolución y cesión global de activos y pasivos de las Fundaciones al patrimonio de la Comunidad Autónoma.

Asimismo, se modifican plazos previstos en el Decreto 23/2013, de 15 de marzo Vínculo a legislación, para adaptarlos a la nueva realidad surgida.

En su virtud, y al amparo de lo establecido en el artículo 31 Vínculo a legislación de la Ley 5/2010, de 27 de diciembre, de Medidas Extraordinarias para la Sostenibilidad de las Finanzas Públicas, en la redacción dada por Ley 1/2011, de 24 de febrero, visto el informe de la Consejería competente en materia de organización administrativa y hacienda, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de 10 de mayo de 2013,

Dispongo

Artículo 1.-

Uno. Se modifica el artículo 1 Vínculo a legislación del Decreto 23/2013, de 15 de marzo, de racionalización del sector público de la Región de Murcia, que queda redactado de la siguiente forma:

“Uno.

a) Las Sociedades Mercantiles que se relacionan a continuación cesarán en sus actividades en las siguientes fechas:

- Sociedad Pública de Suelo y Equipamientos Empresariales de la Región de Murcia, S.A, el día 15 de mayo de 2013.

- Gestora de Infraestructuras Sanitarias de la Región de Murcia, S.A., el día 15 de septiembre de 2013.

b) El Instituto de Fomento de la Región de Murcia realizará, antes del 15 de junio de 2013, las operaciones societarias necesarias para que su posición en el accionariado de la mercantil Industrialhama, SA, no permita calificarlo de sociedad dominante, en los términos del artículo 42 Vínculo a legislación del Código de Comercio.”

Dos. Los patronos representantes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en las Fundaciones que se citan a continuación, promoverán la adopción del acuerdo de cese de las actividades de las mismas antes del 15 de junio de 2013:

- Fundación Parque Científico de Murcia.

- Fundación Agencia de la Gestión de la Energía.

- Fundación Alzheimur

Artículo 2.-

Se modifica el artículo 2 Vínculo a legislación del Decreto 23/2013, de 15 de marzo, de racionalización del sector público de la Región de Murcia, que queda redactado de la siguiente forma:

“Los fines y objetivos de las Sociedades Mercantiles y Fundaciones citadas en el artículo anterior, serán asumidos por las siguientes Consejerías y personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma y entes integrantes del Sector Público:

- Sociedad Pública de Suelo y Equipamientos Empresariales de la Región de Murcia, S.A, por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia.

- Gestora de Infraestructuras Sanitarias de la Región de Murcia, SA, por el Servicio Murciano de Salud.

- Fundación Parque Científico de Murcia, por la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, a través del órgano directivo u organismo que determine la misma.

- Fundación Agencia de la Gestión de la Energía, por la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, a través del órgano directivo u organismo que determine la misma.

- Fundación Alzheimur, por la Consejería de Sanidad y Política Social, a través del órgano directivo u organismo que determine la misma.

Artículo 3.-

Uno. Se modifica el apartado Dos del artículo 3 Vínculo a legislación, del Decreto 23/2013, de 15 de marzo, de racionalización del sector público de la Región de Murcia, que queda redactado de la siguiente forma:

“Dos. Se procederá a la extinción de la sociedad, Gestora de Infraestructuras Sanitarias de la Región de Murcia, SA mediante la cesión global de activo y pasivo a favor del Servicio Murciano de Salud”.

Dos. Se modifica el apartado Cuatro del artículo 3 Vínculo a legislación, del Decreto 23/2013, de 15 de marzo, de racionalización del sector público de la Región de Murcia, que queda redactado de la siguiente forma:

“Antes del día 15 de junio de 2013, los patronos de las fundaciones del sector público autonómico relacionadas en el artículo uno de este Decreto deberán proceder, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 50/2002 de 26 de diciembre Vínculo a legislación, de Fundaciones, a realizar las siguientes operaciones:

a) Modificar los estatutos de la fundación para introducir como causa de extinción de la misma el acuerdo del patronato por mayoría simple, así como para establecer que los bienes y derechos resultantes de la liquidación serán destinados a una entidad pública dependiente de la Consejería que ejerza su protectorado o a la entidad pública fundadora, especificando la entidad destinataria.

b) Acordar la extinción de la fundación en ambos casos previo informe favorable de la Consejería que ejerza su protectorado.

Se autoriza la extinción de las citadas fundaciones, de conformidad con lo previsto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre Vínculo a legislación, de Fundaciones.”

Disposición derogatoria

Se deroga el apartado tres del artículo 3 Vínculo a legislación, del Decreto 23/2013, de 15 de marzo, de racionalización del sector público de la Región de Murcia.

Disposición final.- Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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