PALMA DE MALLORCA, 25 (EUROPA PRESS)
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, extiende esta obligación indemnizatoria a los herederos de Dalmau por afectar al patrimonio personal de éste, después de que en primera instancia únicamente fuese condenada la mercantil Midaldía, a cuyas cuentas corrientes el expresidente del Consejo de Administración de Ameba transfería los importes, obteniendo de este modo liquidez "fraudulenta a costa del patrimonio" de esta entidad médica.
Según la resolución de la Sección Cuarta, se trataba de un 'modus operandi' que, lejos de ser "el propio de una relación normal entre empresas y profesionales", era una práctica a todas luces ajena al ámbito empresarial" por cuanto Dalmau "daba las órdenes pertinentes al objeto de que se desviaran fondos de Ameba para fines privativos".
De hecho, la Agrupación Médica Balear, demandante en este proceso y representada por el letrado Juan Camacho, del Bufete Coca, apuntaba cómo Dalmau tenía "interiorizado" que Ameba era su "cortijo y hacía y deshacía a su antojo sin encomendarse a nadie, con un manifiesto desprecio a los accionistas minoritarios de la sociedad".