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Medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2013

18/04/2013
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Resolución de 10 de abril de 2013, de la Dirección General de Tráfico, por la que se modifican los Anexos II y IV de la Resolución de 16 de enero de 2013, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2013 (BOE de 18 de abril de 2013). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 10 DE ABRIL DE 2013, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO, POR LA QUE SE MODIFICAN LOS ANEXOS II Y IV DE LA RESOLUCIÓN DE 16 DE ENERO DE 2013, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS ESPECIALES DE REGULACIÓN DEL TRÁFICO DURANTE EL AÑO 2013.

Con motivo de la puesta en servicio del tramo de la autovía A-8 (autovía del Cantábrico) entre las localidades de Muros de Nalón y Las Dueñas (Principado de Asturias), se modifican los anexos II y IV de la Resolución de esta Dirección General de 16 de enero de 2013, insertada en el “Boletín Oficial del Estado” número 22 del viernes 25 de enero, para adecuarlos al nuevo trazado de la autovía A-8 de la siguiente forma:

1.ª En las páginas del anexo II -a) restricciones en periodos genéricos y b) restricciones por fechas- y las tablas de los días siguientes:

- Página 4600, en la tabla correspondiente a “Todos los domingos y festivos comprendidos entre el 7 de julio y el 8 de septiembre”.

- Página 4609, en la tabla correspondiente al “Miércoles 1 de mayo (festividad del 1.º de mayo)”.

- Página 4615, en la tabla correspondiente al “Domingo 3 de noviembre (festividad de Todos los Santos)”.

- Página 4618, en la tabla correspondiente al “Lunes 9 de diciembre (puente de la Constitución e Inmaculada)”.

En todas ellas, donde dice:

“Ctra. Inicio Final Duración Sentido
P.K. Población P.K. Población
A-8 295,8 Llanes. 425,5 Muros de Nalón. 18,00-23,00 Ambos sentidos.
N-632 118,1 Muros de Nalón. 127,2 Lamuño. 18,00-23,00 Ambos sentidos.
A-8 433,6 Las Dueñas. 465 Otur. 18,00-23,00 Ambos sentidos.”

Debe decir:

Ctra. Inicio Final Duración Sentido
P.K. Población P.K. Población
A-8 295,8 Llanes. 465 Otur. 18:00-23:00 Ambos sentidos.”

Quedando anulada la restricción en la carretera N-632 entre los puntos kilométricos 118,1 (Muros de Nalón) y 127,2 (Lamuño).

2.ª En la página 4621, tabla del anexo IV -Itinerarios para mercancías peligrosas (RIMP)-, en la 1.ª columna, itinerarios de las filas 7.ª, 8.ª y 9.ª, donde dice:

“Carretera Recorrido
A-8 Llanes-Muros de Nalón.
N-632 Muros de Nalón-Las Dueñas.
A-8 Las Dueñas-Otur.”

Debe decir:

“Carretera Recorrido
A-8 Llanes-Otur.”

3.ª En la página 4626, “Mapa de la Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas (RIMP)”, queda representada la modificación a que se refiere la modificación 2.ª anterior del anexo IV, de la siguiente forma:

Imagen omitida.

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