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El TC tiene pendiente resolver varios recursos contra recortes en pensiones y pagas a funcionarios

09/04/2013
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Aún debe admitir el recurso en el que la Audiencia Nacional planteó dudas por supresión paga al personal laboral

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Constitucional tiene sobre la mesa varios recursos referidos a recortes aprobados por el Gobierno y que afectan a funcionarios y pensionistas, la mayoría de los mismos admitidos a trámite. Entre ellos, una cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Audiencia Nacional sobre supresión de la paga extra de Navidad al personal laboral del sector público, a la que se suman la decena de recursos -presentados por el PSOE y varias comunidades autónomas- que ya se tramitan contra el decreto de no revalorización de las pensiones.

En el caso de Portugal, el tribunal de garantías de aquel país ha declarado ilegales los recortes en las pagas extra a funcionarios y pensionistas y el nuevo impuesto sobre los subsidios de salud y desempleo, lo que deja al Gobierno sin unas medidas de ahorro que equivalían a más de mil millones de euros.

En España, el Tribunal Constitucional aún tiene previsto admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada el pasado 2 de marzo por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional sobre la supresión de la paga extraordinaria de diciembre al personal laboral del sector público, al entender que podría ser ilegal haber tomado esta medida con carácter retroactivo.

La decisión de la Audiencia Nacional responde a un recurso planteado por representantes sindicales de la Compañía Española de Tabaco en Rama (Cetarsa), participada mayoritaria y directamente por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).

En este caso, concretamente, los magistrados de la Sala Social de la Audiencia Nacional piden al tribunal de garantías que resuelva si el Real Decreto 20/2012, que supuso la supresión de la extra de diciembre, contraviene el artículo 9.3 de la Constitución Española, que impide aplicar las normas con efectos retroactivos.

La norma que suprimía esta remuneración entró en vigor el 15 de julio de 2012, con lo que 14 días ya se habían devengado, puesto que el 30 de junio se había pagado la extra del primer semestre. La Audiencia recuerda en su resolución que existe doctrina del Tribunal Supremo en la que se establece que la paga extra se devenga día a día, aunque se pague al final de cada semestre.

En su recurso ante el Constitucional la Audiencia afirma que los magistrados de este órgano reconocen que la situación actual, altamente inquietante, probablemente justifique medidas restrictivas de derechos" como las que se han adoptado en los últimos tiempos, pero precisan que ello "no abre la puerta, sin más, a que esas restricciones operen de modo retroactivo".

A esta cuestión de inconstitucionalidad se suman varias planteadas en el mismo sentido por un juez de Madrid que igualmente aún deben ser resueltas, han informado a Europa Press en fuentes del Tribunal Constitucional.

PENSIONES

Otra norma que de anularse tendrían un importante impacto en las medidas de ahorro del Gobierno es su decisión de no revalorizar las pensiones conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC) de 2012.

El pasado 19 de marzo el Pleno del Tribunal Constitucional admitió la iniciativa instando la inconstitucionalidad del decreto que había sido presentada por diputados del Grupo Socialista, CiU, la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA), Unión, Progreso y Democracia (UPyD) y el PNV contra la decisión del Gobierno.

En este recurso se defiende que a los pensionistas se les mantenga el poder adquisitivo y se critica una medida que consideran injusta y contraria a los derechos adquiridos de los jubilados, y que, en consecuencia, vulnera preceptos relativos a la irretroactividad de las leyes.

El tribunal de garantías tiene encima de la mesa una decena de iniciativas en el mismo sentido, todas ya admitidas, y que han venido siendo presentadas por diferentes comunidades autónomas, según las mismas fuentes.

Los recortes ya han recibido algunos varapalos en los tribunales, como el que ha supuesto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que el pasado 22 de marzo condenó a la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (ICM) a abonar a su personal asalariado los días devengados de la paga extraordinaria de Navidad, o cantidades equivalentes, entre el comienzo del año y la entrada en vigor -en julio- del Real Decreto por el que se suprimieron estas pagas.

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