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Ante la Audiencia

Urdangarin recurre la fianza alegando que la gestión de Nóos "descansaba exclusivamente" en Torres

01/04/2013
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Afirma que "una medida desproporcionada e irrazonable no es propiamente cautelar, sino punitiva en cuanto al exceso"

PALMA DE MALLORCA, 27 (EUROPA PRESS)

La defensa del Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, alega, en el recurso presentado ante la Audiencia Provincial de Baleares contra la fianza de 8,2 millones de euros impuesta sobre él y su exsocio Diego Torres, que la gestión económica del Instituto Nóos "descansaba exclusivamente" sobre éste último, a pesar de lo cual "se pretende" que el marido de la Infanta Cristina "peche económicamente" con los fondos percibidos por la entidad desde las Administraciones públicas.

En su recurso de apelación, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado de Urdangarin, Mario Pascual Vives, reclama que se revoque la imposición de la caución al recriminar que su patrocinado tenga que hacer a la misma en base a la totalidad de los importes cobrados por Nóos entre 2004 y 2006, cuando esta materia era competencia únicamente de su exsocio, exvicepresidente y exgerente de la entidad, así como de los excontables de la entidad.

El letrado califica asimismo de "desproporcionada" la cantidad fijada y lamenta la "falta de motivación" a la hora de decretar la fianza, lo que, a su juicio, "no parece razonable cuando se trata de cantidades tan elevadas como las aquí exigidas y que genera, junto a la falta de proporcionalidad y la falta de existencia de los presupuestos de la medida, indefensión para mi defendido".

Es más, recalca que en la imposición de la fianza "no se cumplen los requisitos" que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) establece, "pues ni hay indicios racionales bastantes de la culpabilidad de mi defendido, ni hay peligro de que el imputado eluda su posible responsabilidad patrimonial".

Tras apuntar además que para adoptar esta medida cautelar la imputación de un hecho punible "debe hallarse cabal y razonablemente fundada", Pascual Vives apelar a tener en cuenta que la fianza para asegurar las posibles responsabilidades pecuniarias derivadas del caso "debe ser necesariamente proporcionada y no excesiva" ya que, según la doctrina constitucional, "una medida desproporcionada e irrazonable no es propiamente cautelar, sino punitiva en cuanto al exceso".

En opinión del representante legal del Duque, el hecho de que el juez se decante, "exclusivamente y sin argumentación adicional alguna", por la cifra principal solicitada por las acusaciones -8,2 millones de euros- y no por la petición subsidiaria "vulnera, al respetuoso entender de esta defensa, de nuevo, el principio acusatorio, yendo además contra la propia solicitud de las acusaciones".

En el anterior recurso que presentó el Duque contra la caución, su abogado denunciaba ya haber visto vulnerado su derecho de defensa tras decretarse al fianza, pronunciándose de este modo "a los efectos de que (el derecho supuestamente quebrantado) pueda continuar siendo invocado, en el momento procesal oportuno", ante la Audiencia Provincial de Baleares y, en su caso, ante el Tribunal Constitucional.

Es más, la defensa del encausado consideraba que su patrocinado se vería abocado a un "injusto empobrecimiento" e insistía "en la convicción y postura procesal de que a mi mandante no se le debe aplicar fianza alguna de responsabilidad civil provisional derivada de la imputación de determinados delitos".

Frente a las argumentaciones del abogado, el juez Castro, en el auto por el que recientemente confirmó la fianza, recalcó respecto a la oposición del Duque que "no se adivina dónde radica la indefensión" que proclamó el imputado "cuando no se hace uso absolutamente de nada que no esté incorporado a la causa y esté en poder de los recurrentes", en referencia a Urdangarin y a Torres.

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