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VII Concurso Escolar "Día de Europa"

19/03/2013
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Orden de 14 de marzo de 2013 por la que se convoca el VII Concurso Escolar "Día de Europa" (DOE de 15 de marzo de 2013). Texto completo.

ORDEN DE 14 DE MARZO DE 2013 POR LA QUE SE CONVOCA EL VII CONCURSO ESCOLAR "DÍA DE EUROPA".

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero Vínculo a legislación, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.

Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan a la Comunidad Autónoma de Extremadura las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de enseñanza no universitaria.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo Vínculo a legislación, de Educación, establece en su artículo 89 que las Administraciones educativas podrán establecer, por sí mismas o en colaboración con otras entidades, premios y concursos destinados a alumnos, profesores o centros escolares.

La Ley 4/2011, de 7 de marzo Vínculo a legislación, de Educación de Extremadura, establece entre sus fines garantizar una educación de calidad que promueva el esfuerzo, premie el mérito y busque la excelencia, en un proceso de mejora de los rendimientos escolares. En su artículo 106 indica que la Administración educativa favorecerá la participación de los centros sostenidos con fondos públicos, del alumnado y del profesorado de formación profesional en programas educativos internacionales. Asimismo, se potenciarán las estancias formativas del profesorado en países del entorno. Se fomentará especialmente la participación en aquellos proyectos europeos que tengan como objetivo final cursar el módulo de formación en centros de trabajo en otros países.

Por otra parte, las necesidades de la sociedad actual, en la que las tecnologías de la información y comunicación tienen un protagonismo en todos los campos de nuestra vida social, cultural y educativa, así como los cambios entre la concepción actual de los procesos de enseñanza y aprendizaje, justifican sobradamente que el sistema educativo fomente la participación en procesos de innovación.

En la formación de la infancia y la juventud debe desempeñar un papel central el conocimiento de Europa y de la construcción de la Unión Europea de la que formamos parte. Por ello, se hace conveniente promover distintas actuaciones para que los centros educativos estimulen entre el alumnado el deseo de conocer Europa y los beneficios que a Extremadura le reporta la pertenencia de España a la UE.

Este hecho ha generado nuevas necesidades formativas asociadas al significado y al funcionamiento de los Fondos Europeos a favor de la cohesión económica, social y territorial.

Los centros educativos deben contar con una serie de instrumentos para el manejo de la correspondiente información. Por eso, con esta séptima convocatoria, se pretende aportar un recurso básico para el conocimiento de Europa y de los resultados que la ayuda de la UE ha aportado al desarrollo económico y social de Extremadura. Se busca con ello colaborar en la enseñanza y en el aprendizaje, con el ofrecimiento de un juego didáctico para el estímulo de habilidades de conocimiento. Este concurso pretende propiciar un espacio dinámico diferente, que puede cumplir un papel primordial en el aprendizaje del alumnado y ser un instrumento eficaz para fomentar el gusto por el conocimiento de la sociedad, de la economía, de la cultura y de todas las diversas manifestaciones sociales del ámbito europeo.

En función de ello, se plantea un procedimiento que favorece el trabajo en equipo de la comunidad educativa.

Estos premios, de acuerdo con lo establecido en el apartado c) del artículo 3 Vínculo a legislación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, quedan excluidos del ámbito de aplicación de la misma.

En su virtud, en uso de las competencias que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero Vínculo a legislación, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su artículo 36, y a propuesta de la Secretaría General de Educación, DISPONGO:

Artículo 1. Objeto y finalidad.

1. La presente orden tiene por objeto convocar un concurso escolar con motivo de la celebración del “Día de Europa”.

2. Este concurso pretende desarrollar el concepto de Ciudadanía Europea mediante la adquisición de nociones fundamentales de la Unión Europea, fomentar el interés por el plurilingüismo, familiarizar al alumnado con el uso de las herramientas TIC como método de trabajo y desarrollar estrategias que fomenten la cultura del emprendimiento en nuestra región.

3. Igualmente, el concurso promueve el conocimiento sobre la construcción de la Unión Europea desde sus orígenes en el año 1957 hasta la actualidad, poniendo de relieve las diferentes formas de vida y pensamiento de los pueblos y sus gentes que componen las diversas culturas de Europa, así como, específicamente, difundir qué ha supuesto para el desarrollo de Extremadura la inversión de los Fondos Europeos.

Artículo 2. Consignación presupuestaria de los premios.

El importe total para esta convocatoria es de 16.000 euros, que se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 2013.13.02.222G.481.00, superproyecto 200013029002, proyecto 201313020009, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2013.

Artículo 3. Destinatarios.

Podrá participar el alumnado y profesorado de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de las siguientes etapas educativas:

- Educación Infantil.

- Educación Primaria.

- Educación Secundaria Obligatoria.

- Educación Secundaria no Obligatoria (Bachillerato y Formación Profesional).

- Educación Especial.

Artículo 4. Modalidades y categorías de los premios.

Se establecen las siguientes modalidades y categorías:

a) MODALIDAD A. “Conoce Europa”.

Dentro de esta modalidad se establecen dos categorías, según las siguientes etapas educativas:

- Educación Infantil.

- Educación Especial.

Para concursar a los premios establecidos para estas categorías, dentro de la modalidad “Conoce Europa”, se presentará un trabajo de expresión plástica sobre Europa, el cual deberá versar sobre los valores fundamentales de la Unión Europea y su implicación con la educación, y centrarse en la celebración del “Día de Europa”, que se celebra cada año en toda Europa, el día 9 de mayo.

Será válida cualquier técnica y material, y los trabajos se realizarán por un grupo de aula con su tutor.

b) MODALIDAD B. “Conoce Europa a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación”.

Dentro de esta modalidad se establecen tres categorías, según las siguientes etapas educativas:

- Educación Primaria.

- Educación Secundaria Obligatoria.

- Educación Secundaria no Obligatoria.

Para los premios establecidos en estas categorías, dentro de la modalidad “Conoce Europa a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación”, se desarrollará un concurso interactivo a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, en el que se resolverán preguntas de respuesta múltiple y/o abierta, de forma colaborativa entre los miembros de cada grupo. Dichas cuestiones serán elaboradas teniendo en cuenta el currículo académico oficial de cada etapa, y estarán diseñadas por expertos en programas educativos europeos de la Secretaría General de Educación.

Los trabajos se realizarán por grupos, formados por un mínimo de tres y un máximo de cinco alumnos, y un profesor/coordinador, y no podrán contar con miembros suplentes.

El alumnado de cada uno de los grupos pertenecerá a la misma etapa y deberán estar escolarizados en el mismo nivel educativo. Un profesor podrá coordinar más de un grupo en esta modalidad.

El concurso pretende ser una actividad lúdica y favorecedora, para mejorar el conocimiento de Europa y la toma de conciencia de nuestra ciudadanía europea, a través de las TIC y el conocimiento de las lenguas. Las preguntas estarán preferentemente relacionadas con las lenguas y temáticas de la dimensión europea.

En total el concurso presentará una serie de preguntas, más una pregunta de desempate, para cada una de las categorías de la Modalidad B, que se publicarán en la página web de los Programas Educativos Europeos de la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de Extremadura, accesible desde la web http://peuropeos.educarex.es/.

Para remitir el formulario de respuestas, es imprescindible contestar a todas las preguntas, de modo que cada serie de preguntas solo podrá ser enviada una vez.

Teniendo en cuenta la posibilidad de que se produzcan empates, se emitirá una pregunta específica para desempatar que estará disponible el día que determine el tribunal del concurso, y que deberá ser contestada por todos los grupos participantes. En caso de persistir el empate, se tendrá en cuenta la fecha y hora de respuesta a la pregunta de desempate.

Artículo 5. Solicitudes y participación en el concurso.

1. El plazo de solicitud, para las dos modalidades de premios, será de diez días naturales a partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

2. Las solicitudes, que irán dirigidas al titular de la Consejería de Educación y Cultura, se formalizarán en los impresos normalizados que figuran como Anexo I (Para los centros participantes por la Modalidad A) y Anexo II (Para los centros participantes por la Modalidad B) a esta orden, a los cuales se podrá acceder a través de los formularios de la página web de Programas Educativos Europeos, desde la http://peuropeos.educarex.es de la Consejería de Educación y Cultura. En este caso será imprescindible, una vez cumplimentada la solicitud, imprimirla, firmarla y presentarla en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 Vínculo a legislación del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Los participantes por la modalidad B posteriormente recibirán, en el correo electrónico consignado en su solicitud, una clave que permitirá el acceso y participación en el concurso de preguntas y respuestas on-line.

4. Una vez remitida la solicitud, el concurso seguirá los siguientes pasos:

a) Modalidad A:

Los participantes de la modalidad A podrán presentar sus trabajos hasta el día 19 de abril de 2013, remitiéndolos a la sede de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Cultura.

b) Modalidad B:

Los participantes en esta modalidad tendrán acceso al cuestionario interactivo de acuerdo con el siguiente calendario:

Fecha de publicación de las preguntas: 08-abril-2013, Plazo de respuesta: 19-abril-2013.

Pregunta de desempate: 24-abril-2013.

En todos los casos la aplicación informática se cerrará a las 18,00 horas del día de finalización del plazo correspondiente establecido.

5. La presentación de las solicitudes de participación a estos premios supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en la presente orden.

6. Para cualquier duda, los participantes podrán contactar con la Secretaría General de Educación, a través de su Negociado de Programas Europeos en los teléfonos 924 00 67 93 (RPV 66793) o 924 00 67 45 (RPV 66745), así como a través del correo electrónico: [email protected].

Artículo 6. Dotación de los Premios.

1. Todos los alumnos y profesores premiados recibirán un diploma.

2. La dotación de los premios, que estará en función de la modalidad y etapa educativa por la que se participe, será la siguiente:

- MODALIDAD A:

EDUCACIÓN INFANTIL: 1 premio.

Un día de ocio y diversión en el centro para el grupo mejor clasificado, que consistirá en el desarrollo de actividades de ocio y juegos educativos llevados a cabo por profesionales de dicho sector.

EDUCACIÓN ESPECIAL: 1 premio.

Un día de ocio y diversión en el centro para el grupo mejor clasificado, que consistirá en el desarrollo de actividades de ocio y juegos educativos llevados a cabo por profesionales de dicho sector.

- MODALIDAD B:

EDUCACIÓN PRIMARIA: 2 premios.

Un día de ocio y diversión para los dos grupos mejor clasificados (alumnos y coordinadores), consistente en pasar un día en un parque temático nacional adecuado a la edad de los grupos y con financiación del desplazamiento, la manutención y las entradas correspondientes.

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA: 2 premios.

Tablet o similar para cada uno de los alumnos y coordinadores de los dos grupos mejor clasificados.

EDUCACIÓN SECUNDARIA NO OBLIGATORIA: 2 premios.

Viaje a Bruselas para conocer las Instituciones europeas, para el alumnado y coordinadores de los dos grupos mejor clasificados.

El pago se hará efectivo de la siguiente manera:

- Una parte se hará efectiva a los premiados con el objeto de sufragar gastos de manutención y desplazamientos en el lugar de destino, figurando en la propuesta de pago el centro educativo como cesionario. La cantidad a percibir por cada premiado se determinará en función de los gastos estimados, en dichos conceptos, por la Secretaría General de Educación.

- El resto del importe del premio se hará efectivo a los proveedores de los servicios que sea necesario contratar para hacer totalmente efectivo el premio.

Artículo 7. Criterios de valoración.

1. Para la modalidad A, el Jurado valorará los trabajos presentados teniendo en cuenta los siguientes criterios, pudiéndose alcanzar una puntuación máxima de 20 puntos:

a. Autonomía del alumnado en la realización del trabajo............Hasta 5 puntos.

b. El grado de relación con la temática europea........................Hasta 5 puntos.

c. La originalidad y creatividad en la elaboración......................Hasta 5 puntos.

d. Valor añadido europeo de la actividad..................................Hasta 5 puntos.

2. Para la modalidad B, se estará al orden resultante a partir de la puntuación numérica obtenida en el concurso de preguntas y respuestas, accesible desde la web de programas europeos de la Consejería de Educación y Cultura http://peuropeos.educarex.es a través de la clave que se facilitará de conformidad con lo establecido en el artículo cinco de la presente orden.

Teniendo en cuenta la posibilidad de que se produzcan empates, se emitirá una pregunta específica para desempatar que estará disponible el día 24 de abril de 2013. En caso de persistir el empate, se tendrá en cuenta la fecha y hora de respuesta a la pregunta de desempate.

Artículo 8. Jurado de selección.

1. El Jurado estará integrado por los siguientes miembros:

- Presidente: el titular de la Secretaría General de Educación, o persona en quien delegue.

- Vocales:

El titular de la Dirección General de Inversiones y Acción Exterior, o persona en quien delegue.

El Jefe/a de Negociado de Programas Europeos de la Secretaría General de Educación.

Un Asesor/a Técnico Docente de Programas Europeos de la Secretaría General de Educación.

- Secretario: un/a funcionario/a del Servicio de Coordinación Educativa de la Secretaría General de Educación, con voz pero sin voto.

2. El Jurado de Selección ajustará su funcionamiento al régimen establecido para los órganos colegiados en el Título V, Capítulo II, Sección 2.ª de la Ley 1/2002, de 28 de febrero Vínculo a legislación, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre Vínculo a legislación. Los miembros del Jurado estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 28 Vínculo a legislación y 29 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3. El jurado hará públicos los resultados del concurso en la página web de Programas Europeos de la Consejería de Educación y Cultura, accesible desde http://peuropeos.educarex.es.

Artículo 9. Concesión y entrega de premios.

1. El órgano competente para resolver la concesión de los premios será el titular de la Consejería de Educación y Cultura, a propuesta de la Secretaría General de Educación, de conformidad con la selección efectuada por el Jurado de Selección.

2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses. El mismo se computará a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

3. La resolución de concesión de los premios será publicada en el Diario Oficial de Extremadura y los mismos se entregarán en acto solemne en relación con la celebración del día de Europa.

Disposición final primera. Autorización.

Se faculta al titular de la Secretaría General de Educación para dictar cuantos actos y resoluciones sean necesarios para el desarrollo y ejecución de la presente orden.

Disposición final segunda. Recursos.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Educación y Cultura, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según disponen los artículos 116 Vínculo a legislación y 117 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 102 Vínculo a legislación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Podrán también interponer directamente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, conforme a lo previsto en el artículo 46.1 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que la parte interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

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