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El TS ordena repetir el juicio a un supuesto pederasta por no oír a los testigos que esperaban a la puerta del juzgado

11/03/2013
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El Tribunal Supremo ha ordenado repetir el juicio contra un hombre acusado de abusar sexualmente de una niña de 11 años porque la Audiencia Provincial de Oviedo denegó su petición de escuchar durante el juicio a varios testigos que ponían en duda la credibilidad de la denuncia y esperaban a las puertas de la sala de vistas.

MADRID, 9 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal ha estimado el recurso interpuesto por José María. C. contra la sentencia dictada en marzo del pasado año que le condenaba a cuatro años de cárcel y a no acercarse durante ocho años a menos de 500 metros de la menor por dos delitos de abusos sexuales, uno de ellos continuado. Además le imponía el pago de 11.500 euros por las secuelas y daños morales ocasionados.

El alto tribunal, con el apoyo del Ministerio Fiscal, anula esta condena y obliga a retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente anterior al acto del juicio oral para que se celebre por un tribunal compuesto por diferentes magistrados.

El recurrente denunció la vulneración de su derecho de defensa al haber denegado la Audiencia la práctica de una testifical que era "pertinente, necesaria y posible", algo que ha sido respaldado por el Supremo al tener en cuenta que la prueba solicitada tenía por finalidad acreditar la "ausencia de credibilidad" de la denunciante.

Estas declaraciones "se dirigían a combatir un extremo tan esencial para el enjuiciamiento como el de la credibilidad del testimonio de la denunciante, elemento nuclear sobre la que se apoya fundamentalmente el pronunciamiento condenatorio de la Audiencia", advierte el Supremo.

ESCUCHARON A LA MENOR TRAS LOS HECHOS

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Manuel Maza, recuerda que eran personas que habían escuchado directamente las manifestaciones de la niña tras el acaecimiento de los hechos y que conocían a la menor, por lo que podían aclarar circunstancias que pudieran hacer creíble o no sus manifestaciones.

Ante la acusación de delitos de tal gravedad, señala que la "única" posibilidad de defensa del acusado estribaba en intentar desacreditar la versión ofrecida por la supuesta víctima de los tocamientos que presuntamente tuvieron lugar cuando tenía entre 11 y 13 años de edad y que le causaron un trastorno de estrés postraumático.

La sentencia explica también que la prueba era posible habida cuenta de que los testigos propuestos por la defensa se encontraban en la puerta de la sala de audiencia a la espera de ser convocados, cuando el tribunal acordó no escucharles.

En su recurso, el tío político de la niña ponía en duda la verosimilitud de la víctima, aunque también pedía atenuar la pena por el estado de embriaguez plena en el momento de cometer los hechos.

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