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Impide abrir juicio oral a instancias exclusivas de la acción popular

El Tribunal Constitucional rechaza definitivamente revisar la denominada "doctrina Botín"

04/03/2013
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Archiva la causa por el caso 'cesiones de crédito' porque la acusación retiró su recurso y no se daña al interés general

MADRID, 1 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Constitucional rechaza definitivamente revisar la denominada "doctrina Botín" tras el archivo del proceso que tenía pendiente el el caso de las "cesiones de crédito". El auto dado a conocer este viernes es consecuencia de la retirada del recurso por parte de la Asociación de Defensa de Inversores y Clientes (ADIC), una decisión a la que no se han opuesto ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado.

En un segundo auto, el tribunal de garantías rechaza la personación en la causa del abogado murciano José Luis Mazón, que pretendía tenerse por personado para obligar a un pronunciamiento sobre este asunto, por "no haber sido parte en el proceso antecedente".

En su auto, el Tribunal Constitucional señala que "la solicitud de desistimiento formulada por la asociación demandante en amparo aparece revestida de los requisitos legales" y además "no existe oposición de ninguna de las partes comparecidas en este procedimiento" por lo que "cabe apreciar perjuicio de parte ni daño para el interés general o público" y archiva definitivamente este asunto.

La denominada doctrina "Botín" impide abrir juicio oral a instancias exclusivas de la acusación popular. En su recurso de amparo, que retiró el pasado mes de septiembre, ADIC alegaba que la sentencia del Supremo que instauró la citada doctrina venía a acabar con la figura de la acusación popular en el procedimiento penal, consagrada en el Derecho español desde hace casi un siglo.

PREGUNTÓ A LAS PARTES

Tras el desestimiento, el Tribunal Constitucional preguntó a las partes que valoraran esta decisión y, tras comprobar que ninguna estaba interesada en continuar, este viernes ha archivado definitivamente el asunto sin dictar sentencia, y por lo tanto sin revisar la doctrina.

El resto de partes personadas en esta casusa eran, además de la Fiscalía y el Abogado del Estado, los propios directivos del Santander que comercializaron este producto financiero en los años 80, y tampoco ellos han modificado la postura mantenida en torno a este litigio, contraria a la admisión del recurso que pretendía la reapertura del caso.

Los fundamentos de la "doctrina Botín" fueron matizados en la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el 'caso Atutxa', en el que sí se dio luz verde a la tramitación de una causa con el único empeño de la acusación popular.

PRODUCTO FINANCIERO CUESTIONADO

Las cesiones de crédito fueron un producto financiero comercializado por el Santander entre 1987 y 1989 a sus clientes. La Fiscalía investigó más de 47.240 operaciones con unos 3.500 titulares por un importe superior a los 2.600 millones de euros, a través de las cuales los clientes podrían haber cometido un supuesto delito fiscal.

Los 15 magistrados del Pleno de lo Jurisdiccional de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmaron, con cinco votos particulares emitidos en contra, el archivo de la causa dictado en diciembre de 2006 por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Los directivos del Santander estaban acusados de presuntos delitos fiscales que causaron un perjuicio patrimonial de 84 millones de euros.

De los 138 clientes de la entidad que fueron acusados de defraudar a Hacienda a través de estos productos, un centenar de las causas fueron enviadas a los Juzgados de Instrucción de sus respectivas provincias y 38 están dentro del proceso de la Audiencia Nacional.

Durante el proceso, la Fiscalía de la Audiencia Nacional, representada por el fiscal Vicente González Mota, pidió en 14 ocasiones el archivo de las actuaciones contra los responsables de la entidad, mientras que la Abogacía del Estado se pronunció en los mismos términos en siete ocasiones.

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