Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 17/12/2012
 
 

"No ha habido acuerdo" con la Generalitat

El Gobierno recurrirá ante el TC el euro por receta de Cataluña

17/12/2012
Compartir: 

El Consejo de Ministros ha autorizado al presidente del Gobierno a presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional por la tasa judicial y la de un euro por receta aprobadas por la Generalitat de Cataluña el pasado mes de marzo.

MADRID, 14 Dic. (EUROPA PRESS) -

En concreto, el recurso afecta a los artículos 16 y 41 de la ley de Cataluña 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas, después de que "no haya habido acuerdo" con el Gobierno de Artur Mas en las negociaciones mantenidas desde que se conocieron ambas tasas, según ha explicado la vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría.

"De acuerdo con el informe del Consejo de Estado, se establecen tasas que afectan a supuestos regulados por una ley estatal y, en el caso de las tasas judiciales, con carácter general, que no pueden gravarse dos veces", ha apuntado.

En el caso del euro por receta, dicho informe dejó claro que las comunidades no pueden incidir directa o indirectamente en la fijación de precios de productos sanitarios, según lo establece la Constitución en el artículo 149.

De este modo, el Gobierno entiende que la tasa catalana "vulnera la normativa estatal prevista para garantizar la coordinación general de la sanidad y la legislación de productos farmacéuticos.

Además, también entienden que "perjudica" a la igualdad de los españoles, ya que este euro por receta "grava por dos veces" la adquisición de medicamentos.

Para ello, ha recordado que el Gobierno ya ha creado un copago que "discrimina según renta", mientras que la tasa catalana es "lineal y afecta a polimedicados o personas con más necesidades sanitarias".

En el caso de la tasa judicial, el Gobierno la impugna porque "coincide con lo que ya está previsto desde hace tiempo en el ámbito de la normativa estatal, a través de una tasa de la potestad jurisdicional, ya que "las comunidades no pueden establecer tributos propios que recaigan sobre hechos imponibles ya gravados con tributos estatales".

En ambos casos, se va a pedir la suspensión de ambas tasas "para evitar que los ciudadanos sigan pagando".

EL EURO POR RECETA DE MADRID, CUANDO ENTRE EN VIGOR

Además, ha dejado claro que el Gobierno ha decidido presentar el recurso de inconstitucionalidad una vez aprobada la norma y después de haber intentado llegar a un acuerdo con la Generalitat, como se ha conseguido con la tasa de patrimonio cultural, por lo que hasta que el euro por receta de la Comunidad de Madrid no entre en vigor no iniciarán el mismo proceso.

"El euro por receta de Madrid no es norma todavía, no ha sido aprobado ni ha entrado en vigor, pero desde luego el Gobierno tratará de acercar posturas", ha avisado.

No obstante, Sáenz de Santamaría ha reconocido que la titular de Sanidad, Ana Mato, ya se ha puesto en contacto con la Comunidad Madrid para que sean "plenamente conscientes" de que, "en caso de aprobación, procederán de forma similar". "Actuaremos igual con cualquiera que sea la administración si consideramos que incumple la norma", ha insistido.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  2. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  3. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  4. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  5. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  6. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  7. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  8. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
  9. Actualidad: El Tribunal Supremo reconoce por primera vez el derecho de consulta del comité de empresa europeo en IAG
  10. Actualidad: La Comisión Mixta entre Justicia y el TSJC analiza las primeras fases de la Ley de Eficiencia Judicial

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana