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Por una abogacía cooperativa; por Antonio Hernández Gil, decano en funciones del Colegio de Abogados de Madrid y candidato a las elecciones

17/12/2012
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El día 16 de diciembre de 2012, se ha publicado en el diario El Mundo, un artículo de Antonio Hernández Gil, en el cual el autor opina que la abogacía no tiene en la actualidad el peso social que debería para contribuir a vertebrar la sociedad civil.

POR UNA ABOGACÍA COOPERATIVA

Vivimos en una comunidad cada vez más diversa donde los cambios suceden demasiado deprisa; una sociedad líquida, en la metáfora feliz de Zygmunt Bauman, donde, como en alta mar, es difícil situar el horizonte y seguir las huellas de quienes nos han precedido.

El derecho y las instituciones deberían orientarnos en ese escenario complejo y voluble, pero tampoco son buenos tiempos para el Derecho y la Justicia. Tenemos la sensación de que la realidad social va por delante de las reglas con que tratamos de ordenarla. Y de esta situación desestructurada pretendemos a veces salir alzando palabras como piedras, autoerigiéndonos cada uno en exponentes únicos de la razón, la dignidad o el prestigio dispuestos a replicar sin querer el Duelo a garrotazos que Goya pintó para la Quinta del Sordo.

Personalmente, después de 38 años de ejercicio como abogado de tribunales desde un pequeño despacho artesanal, de haber obtenido algunos reconocimientos académicos y profesionales, y de cinco años como decano del Colegio de Abogados de Madrid, cargo al que he tratado de servir con rigor y austeridad, me encuentro envuelto en una contienda electoral de alto voltaje donde parece que todo vale.

Estoy convencido de que unas elecciones a Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Madrid, como las que se van a celebrar el próximo 18 de diciembre, no justifican semejante estruendo, por importante que sea esta corporación fundada en 1596 para ayudar a los abogados de Madrid y también, premonitoriamente, para defender ante los tribunales a personas sin recursos de modo que el decano y los abogados por él nombrados se ocupaban, “por su turno y rueda”, de la defensa de los “pobres de solemnidad”; el antecedente, incluso en el nombre, del Turno de Oficio.

Aparentemente, otros candidatos a decano prefieren no discutir sus programas de gobierno para los próximos años. A algunos les basta con ofrecer cafés humeantes o togas limpias. A otros, decir que ellos sí que van a defender a los abogados o a recuperar el prestigio de la abogacía.

Como nadie puede poner en cuestión la eficacia de una gestión que ha permitido más que doblar el patrimonio neto del Colegio en cinco años subiendo las cuotas sólo un 2%, algunos me acusan de no haber formulado querella contra determinado juez que, efectivamente, violó de forma gravísima el derecho de defensa al acordar la intervención de las comunicaciones personales entre abogados y clientes en el locutorio de una prisión. La Junta de Gobierno que presido estuvo, desde luego, dispuesta a tal querella, e inicialmente la autorizó (no la ordenó), por si hubiera sido necesaria para restablecer el derecho de defensa. Pero no lo fue: el Colegio, invocando su legitimación para tutelar el derecho de defensa, consiguió antes personarse en el caso Gürtel y recurrió todas las resoluciones judiciales que ordenaron o prorrogaron las escuchas.

El auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 25 de marzo de 2010, que anuló las resoluciones recurridas poniendo en valor con máxima claridad el derecho de defensa quebrantado, refleja de forma inequívoca los argumentos del Colegio. Cualquiera puede encontrar en la web del Colegio el recurso y la resolución y hacer una sencilla comparación. Entendió entonces unánimemente la Junta de Gobierno que, restablecido el derecho, la institución no debía actuar en persecución de las responsabilidades personales de los jueces y fiscales que intervinieron en la causa. Nunca lo había hecho en sus 400 años de historia. Por supuesto que aceptamos la crítica de quienes opinan que hicimos poco o mucho (también los hay). Pero no es cierto que el Colegio no hiciera nada. Tampoco lo es que fuera en la posterior causa penal contra el juez donde el derecho de defensa se tutelara en ausencia del Colegio. El derecho de defensa se protegió, como tiene que ser, en el proceso donde se había violado. La querella posterior tenía por objeto acusar al juez (no defender a los abogados) y obtener su condena en sede penal por prevaricación. Y así sucedió porque era justo que sucediera. Un poco más de ecuanimidad, por favor.

Dicho lo anterior, hablemos del futuro. Como a Thomas Jefferson, “me gustan más los sueños del futuro que la historia del pasado”. Desde luego, sólo con sueños de futuro se progresa. Es cierto que la abogacía hoy no tiene el peso social que debería para contribuir a vertebrar la sociedad civil, aunque los abogados tengamos la competencia para abordar situaciones complejas y la imaginación entrenada para diseñar las instituciones que nos faltan. Ese déficit de imagen pública, en realidad, no es privativo de la abogacía sino del sistema todo de la Justicia, que los abogados integramos, en tanto que valor constitucional y administración pública. A diferencia de lo que sucede con otros servicios públicos, como la sanidad o la educación, no hay una valoración social de la Justicia congruente con su importancia en tiempos de crisis.

Pero esa voz no se adquiere pronunciando frases vacías y descalificando al otro. Se adquiere ejercitándola en el discurso cooperativo y comprometido para proponer, por ejemplo, mejoras normativas como una ley orgánica de la defensa que acabe con la regulación fragmentaria e insuficiente del ejercicio de la defensa, haga más difícil que sobrevengan accidentes como el del caso Gürtel, y sitúe a la abogacía al nivel de la actuación de jueces y magistrados, que tienen desde 1985 una Ley Orgánica del Poder Judicial, o al nivel de los fiscales, que disponen desde 1981 de un Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Ha pasado demasiado tiempo desde 1978 para que este derecho fundamental -de los ciudadanos y no de los abogados- siga sin una regulación unitaria y sistemática. O para mejorar normas obsoletas como la Ley Hipotecaria y los procesos de ejecución, reforzando el papel de las defensas. O para combatir, antes y después de aprobarse, una norma socialmente regresiva, económicamente desmesurada y precipitada en su elaboración como la Ley de Tasas. O para adaptar la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita de 1996 a la actual realidad social, garantizando los derechos de los ciudadanos y estableciendo un marco digno y justo para que los abogados puedan seguir desempeñando con libertad e independencia su labor de defensa.

La abogacía institucional, y especialmente un Colegio que aglutina un tercio de la abogacía española, tiene que ser cauce de solidaridad con la sociedad y de cooperación entre los abogados para multiplicar la eficacia de nuestra voz colectiva y ayudar a poner el sistema de la justicia en el lugar que merece. Mal podrá desempeñarse esa función cooperativa si desde el momento germinal de unas elecciones, que deberían ser un rito higiénico más frecuente, el Colegio se convierte en escenario de una confrontación desproporcionada.

Richard Sennet, profesor de la London School of Economics y músico aficionado, recuerda en Juntos, un libro sobre los ritos, los placeres y las políticas de cooperación, que los músicos cuando ensayan necesitan interactuar, intercambiar, para su beneficio mutuo. “Necesitan cooperar”, dice, “para hacer arte”. Los rituales de confrontación son primitivos. Yo desde aquí, decano en funciones y aspirante de nuevo, antes que pedir nada para mi candidatura a unos días de las elecciones, ofrezco a todos sumar mi voz a la de los demás, salga quien salga elegido, y tratar de entonar armónicamente el himno de una sociedad más justa.

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