Diario del Derecho. Edición de 18/07/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/11/2012
 
 

Condena del juez Serrano

El TS rechaza anular la condena del juez Serrano, inhabilitado 10 años por prevaricación

02/11/2012
Compartir: 

Modificó el régimen de visitas de un menor para que pudiera acudir a una procesión de Semana Santa

MADRID, 31 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido a trámite la petición de nulidad planteada por el exjuez de Familia de Sevilla Francisco Serrano contra la sentencia que lo condenó a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa, por modificar el régimen de visitas de un menor para que saliera en Semana Santa.

El auto del Supremo, conocido este miércoles, rechaza los tres motivos de nulidad planteados por el juez, que había alegado que durante su proceso vio vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva.

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, señala que Serrano pudo defenderse de la impugnación realizada por la acusación particular ante el Supremo en su recurso de casación. Esta acción tuvo como consecuencia que la condena de inhabilitación se incrementara de los dos hasta los diez años.

Añade que en este caso se contó además la presencia del acusado en la vista de casación, lo que había sido solicitado por su defensa, y que ello "satisface la necesidad de audiencia establecida en los recientes pronunciamientos de la jurisprudencia".

Además, el Supremo niega haber realizado una revalorización de las pruebas presentadas contra Serrano que supusieran una modificación de los hechos probados que justificaron su condena, "aunque sí se ha efectuado una valoración de la inferencia sobre la concurrencia del tipo subjetivo en el delito de prevaricación". Dicha valoración motivó el aumento de la pena.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Bruselas pone en duda ante el TJUE que la amnistía sea de interés general por ser parte de un "acuerdo político"
  2. Actualidad: Bolaños confía aprobar la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal "a la vuelta de verano"
  3. Estudios y Comentarios: En el laberinto de la corrupción; por Ana Carmona, catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla
  4. Tribunal Supremo: Cabe reconocer a un investigado el derecho a ser indemnización por los perjuicios sufridos a consecuencia de haber sido sometido a privación de libertad de naturaleza cautelar en una causa penal en que se dicta auto de sobreseimiento provisional
  5. Actualidad: El TS reconoce el derecho de la CIG a que la Xunta le justifique las prórrogas de comisiones de servicio a los funcionarios
  6. Tribunal Supremo: El TS condena a un hombre que estuvo cobrando durante quince años las prestaciones de sus padres fallecidos aprovechando un error de la Seguridad Social
  7. Actualidad: El Supremo ratifica que la indemnización por despido improcedente no puede incrementarse en "vía judicial"
  8. Actualidad: Ferrer y Teso retiran sus candidaturas y despejan el camino a Arrieta y Lucas para quedarse en presidencias clave del TS
  9. Actualidad: El Parlamento Europeo mantiene abierta la petición de la Abogacía sobre la situación de los mutualistas
  10. Tribunal Supremo: La Administración tributaria no puede investigar una deuda prescrita aprovechando que no ha transcurrido el plazo de prescripción del delito contra la Hacienda Pública

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana