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Ve inconstitucional la prisión permanente revisable

La Abogacía dice que una reforma del Código Penal no puede justificarse en la alarma social y su repercusión mediática

15/10/2012
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El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) advierte de que la modificación del ordenamiento penal no puede encontrar su justificación en la alarma social que producen determinados hechos delictivos, "por graves y repulsivos que sean, y mucho menos ser consecuencia de la repercusión mediática de los mismos".

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

La Abogacía presentará alegaciones durante la tramitación parlamentaria al anteproyecto de ley de reforma del Código Penal aprobado este jueves por el Gobierno al considerar que la prisión permanente revisable es inconstitucional.

La Abogacía Española y su Subcomisión de Derecho Penitenciario se han expresado "reiteradamente" en contra de cualquier pena a la que no se le fije un límite de cumplimiento.

Recuerda en un comunicado que la Constitución establece que las penas privativas de libertad se tienen que orientar a la reeducación y reinserción social de los penados.

Por lo tanto, advierte de que toda pena que no cumpla este requisito atenta contra el artículo 15 de la Carta Magna, que repudia cualquier trato inhumano y degradante, y es contraria a la dignidad de la persona, de los derechos inviolables que le son inherentes, y el libre desarrollo de la personalidad, tal y como recoge el artículo 10 de la Constitución.

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