Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 10/09/2012
 
 

Presunto desvio de fondos del gobierno balear a UM

La jueza del caso Voltor tilda las acusaciones del excontable de UM de "meras imputaciones sin sustento probatorio"

10/09/2012
Compartir: 

Rechaza imputar de nuevo a Flaquer en la pieza sobre Banif puesto que las imputaciones del excontable Llompart "carecen de consistencia"

PALMA DE MALLORCA, 07 (EUROPA PRESS)

La jueza instructora del caso Voltor, Carmen Abrines, ha calificado las acusaciones vertidas en el marco de esta causa por parte del excontable de UM Álvaro Llompart de "una mera imputación que carece de sustento probatorio", y ha atribuido sus declaraciones a "móviles exculpatorios, de enemistad o para conseguir beneficios procesales", más en concreto en relación a sus afirmaciones sobre el expresidente del partido regionalista Miquel Àngel Flaquer.

Así lo pone de manifiesto en un reciente auto, al que ha tenido acceso Europa Press, por el cual la titular del Juzgado de Instrucción número 10 ha rechazado imputar de nuevo a Flaquer en la pieza que investiga la transferencia presuntamente irregular de 1,2 millones de euros desde del Instituto de Estrategia Turística (Inestur) en Banif, y que en junio del pasado año le fueron sobreseídas al exdirigente 'uemita', defendido por el letrado Gaspar Oliver.

Y es que, después de que la Fiscalía solicitase la reapertura de esta pieza para el también exconsejero insular a tenor de las acusaciones de coimputados como Llompart y del exgerente del Inestur Antoni Oliver, la jueza se ampara en numerosa jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo para aseverar que las declaraciones incriminatorias "carecen de consistencia plena cuando, siendo únicas, no están mínimamente corroboradas por otras pruebas".

"La credibilidad objetiva de la declaración del coimputado [en este caso Llompart] precisa del análisis de la concurrencia de hechos o indicios externos que la doten de verosimilitud", incide la jueza en su resolución judicial, en la que subraya que esto no sucede ni en la deposición del excontable como tampoco en la de Oliver, que deberían ir acompañadas de alguna prueba que "mínimamente permita darles veracidad".

Es por ello que la magistrada considera que "no pueden considerarse suficientes para justificar la reapertura de las diligencias", en las que Llompart afirmó haber sido utilizado para abrir una cuenta en Banif que generase intereses en negro tanto para el exconsejero de Turismo Francesc Buils como para UM, y señaló que Flaquer estuvo presente en la comida que se organizó para concretar la operación.

Según llegó a manifestar el encausado, para la apertura presuntamente irregular de la cuenta se habló de unos intereses de entre el 4 y el 6 por ciento mientras que "a nivel B" se pactaron unas comisiones del 0,5 por ciento para UM y de "prevendas" y "buenas contraprestaciones" para Buils. Respecto al ágape, dijo que también estuvo él presente junto a un comercial de Madrid y el asesor de Banif Carlos Otero.

Sin embargo, el propio Flaquer afirmó, en una declaración voluntaria ante la jueza, que únicamente asistió a esta comida a petición de Buils, pero que posteriormente no tuvo participación alguna en los hechos como tampoco procedió a crear esta cuenta ni se lucró con ella. "Mi interés económico en la comida era ninguno y después me desvinculé totalmente", espetó tajante el exdirigente 'uemita'.

En el marco del caso Voltor se investiga un presunto desvío de fondos del gobierno balear a empresas controladas por la extinta Unió Mallorquina (UM) durante la pasada legislatura

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  2. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  3. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  4. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  5. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  6. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
  7. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  8. Actualidad: El Tribunal Supremo reconoce por primera vez el derecho de consulta del comité de empresa europeo en IAG
  9. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  10. Actualidad: La Comisión Mixta entre Justicia y el TSJC analiza las primeras fases de la Ley de Eficiencia Judicial

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana