Diario del Derecho. Edición de 17/01/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 23/07/2012
 
 

Parodia de Alsasua

El juez Pedraz archiva la causa por la parodia de Alsasua porque aunque fue de mal gusto no constituyó delito

23/07/2012
Compartir: 

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha archivado la causa abierta tras la parodia representada en septiembre de 2011 en la localidad navarra de Alsasua en la que se equiparaba al Rey Juan Carlos y a miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con dirigentes nazis. El magistrado considera que el desfile, a pesar de no ser de buen gusto, no constituyó delito.

MADRID, 20 (EUROPRESS)

El magistrado investigaba una querella presentada por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) que imputaba la comisión de delitos de injurias a la Corona y ultrajes a España a la alcaldesa de la localidad, Garazi Urrestarazu, de la formación Bildu, que autorizó la marcha, en la que participaron varias decenas de vecinos de la localidad que iban disfrazados con jerarcas del régimen nacional-socialista.

El juez considera que la parodia, que permaneció colgada en la red Youtube y que simulaba ser un noticiero del NODO y concluía con un discurso en el balcón del consistorio pronunciado por un actor que, representando al monarca, gritaba: "¡Viva España, viva el Rey, viva el orden y la ley!", a pesar de no ser de buen gusto "no sobrepasa los límites de los penalmente admisible.

En la plaza de la localidad un centenar de personas que simulaban ser miembros de la Guardia Civil, el Cuerpo Nacional de Policía, la Legión y la Policía Foral jaleaban sus palabras mientras ondeaban banderas españolas preconstitucionales y enseñas con la cruz gamada nazi. Además, una pancarta exigía a los agentes de la Benemérita que se fueran a "hacer 'ostias' (sic)".

En un auto hecho público este viernes Pedraz indica que presentar al monarca en el ejercicio de sus funciones "es en sí mismo inocuo" y añadir a este hecho que las tropas a las que pasaba revista estuvieran en condiciones no muy adecuadas "añade un plus de sorna o broma".

LA CRÍTICA ENGRANDECE A LA MONARQUÍA

El juez pone de manifiesto en su auto la importancia de la libertad de expresión y asegura que la parodia de desfile ante el Rey constituyó "una crítica" que "siempre que no tenga una voluntad exclusiva de menosprecio, ajena a un análisis serio, engrande a la monarquía haciéndola más cercana a la sociedad".

El auto menciona también la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo que dió la razón al exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi, condenado por un delito de injurias a la Corona. España tuvo que indemnizarle 23.000 euros por violar su derecho a la libertad de expresión.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: El Pleno de la Sala de lo Civil del TS considera que se encuentran avaladas por la libertad de expresión las graves descalificaciones al colectivo de psiquiatras en España publicadas en las webs de la Iglesia de la Cienciología
  2. Actualidad: El TS aclara los requisitos para la concesión de la nacionalidad española a sefardíes
  3. Actualidad: El TC confirma que los LAJ pueden sancionar a abogados o procuradores en los procedimientos que lleven ellos
  4. Estudios y Comentarios: ‘Perseverare diabolicum’; por José María Ruiz Soroa, abogado
  5. Actualidad: El TJUE falla que la beca Erasmus no debe tenerse en cuenta para el impuesto de la renta de los padres
  6. Actualidad: El TJUE avala que las asociaciones de consumidores defiendan a miembros sin límites de renta o tipo de inversión
  7. Actualidad: El PSOE propone una ley para limitar la acusación popular y suprimir el delito de ofensas religiosas
  8. Actualidad: El TSJCV declara nulo el despido del personal de laboratorio del Hospital de Torrevieja y condena a Sanidad a readmitirlo
  9. Tribunal Supremo: Declara el TS que hay que estar a las circunstancias de cada caso para determinar si el impago de la renta tiene entidad suficiente para la resolución de la relación arrendaticia
  10. Tribunal Supremo: Constituye despido improcedente la negativa empresarial a la reincorporación del trabajador que, tras la excedencia voluntaria, solicita el reingreso incumpliendo el plazo de preaviso establecido en el convenio colectivo aplicable

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana