Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 12/07/2012
 
 

La única vía posible; por Javier Martín Fernández, Abogado

12/07/2012
Compartir: 

El día 12 de julio de 2012, se ha publicado en el Diario La Razón, un artículo de Javier Martín Fernández, en el que el autor opina sobre la reciente subida del IVA, aprobada por el Gobierno.

LA ÚNICA VÍA POSIBLE

Después de numerosas idas y venidas el Gobierno aprobará, en el próximo Consejo de Ministros, una subida del IVA. El tipo general pasará al 21 por 100 y al 10 por 100 el reducido. La medida viene impuesta por nuestros compromisos ante la Unión Europea y ante los que poco o, más bien nada, puede decir nuestro país. Ante la situación económica parece que esta solución es la única posible por varias razones, aunque, en mi opinión, debería completarse con una bajada de cotizaciones sociales, afectando parte del incremento de la recaudación a la caja única de la Seguridad Social (el llamado IVA social).

En primer lugar, acudir de nuevo a la imposición directa -IRPF e Impuesto sobre Sociedades- desincentiva más la inversión, sobre todo la empresarial. En segundo lugar, no parece que, en el actual escenario y con bajos índices de inflación, un aumento de los tipos de IVA provoque efectos muy perniciosos sobre los precios y, por tanto, sobre la demanda. En tercer lugar y por las mismas razones, tampoco parece que debamos temer por tensiones inflacionarias. En cuarto lugar, ya que se trata de un impuesto con mucha potencia recaudatoria, de manera que cada punto de IVA puede aportar una recaudación adicional entre 3.500 y 4.000 millones de euros. En quinto lugar, porque España se encuentra muy cerca del límite más bajo de la horquilla de tipos de gravamen que permite la normativa comunitaria. Por último, ya que a las familias más desfavorecidas se les sigue protegiendo, dejando inalterado el tipo superreducido y que recae sobre los bienes de primera necesidad.

También debe señalarse que este impuesto puede utilizarse en un sentido opuesto: como incentivo a determinados sectores productivos. Se trataría de completar la subida del tipo general con la bajada del aplicable a ciertas actividades, sacrificando parte de la recaudación adicional a cambio de conseguir estímulos para nuestra economía. Hemos de recordar que el ECOFIN ya propuso modificar la Directiva 2006/112/CE en este sentido. Ahora bien, esta opción se circunscribe a un restringido ámbito de servicios: aquéllos en los que no hay competencia transfronteriza y, además, son intensivos en mano de obra.

Por último, sólo me queda resaltar que nos encontramos ante un impuesto que está sirviendo como instrumento de política económica en buena parte de los países europeos. En un caso, reduciendo los tipos, de tenerlos muy elevados, o incrementándolos, en caso contrario. En el primero se pretende animar el consumo, mientras que, en el segundo y donde nos encontraremos, reducir el déficit público provocado por las políticas de gasto expansionistas.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana