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Conflicto positivo de competencia n.º 2386-2012

01/06/2012
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Conflicto positivo de competencia n.º 2386-2012, en relación con la Orden de 13 de febrero de 2012, de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, por la que se efectúa convocatoria de procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Artes Plásticas y Diseño. (BOE de 1 de junio de 2012) Texto completo.

CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA N.º 2386-2012, EN RELACIÓN CON LA ORDEN DE 13 DE FEBRERO DE 2012, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS PARA EL INGRESO EN LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS, PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS Y PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO, Y ACCESO A LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA Y PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO.

Preámbulo

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 22 de mayo actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia número 2386-2012, promovido por el Gobierno de la Nación, en relación con la Orden de 13 de febrero de 2012, de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, por la que se efectúa convocatoria de procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Artes Plásticas y Diseño. Y se hace constar que por el Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 Vínculo a legislación de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de la Orden impugnada, desde la fecha de interposición del conflicto 23 de abril de 2012.

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