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Reestructuración parcial de la Dirección General de la Policía

01/06/2012
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Decreto 58/2012, de 29 de mayo, de reestructuración parcial de la Dirección General de la Policía. (DOGC de 31 de mayo de 2012) Texto completo.

DECRETO 58/2012, DE 29 DE MAYO, DE REESTRUCTURACIÓN PARCIAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA.

Preámbulo

El Decreto 415/2011, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, estructuró la función policial de la Dirección General de la Policía, que estaba regulada por el Decreto 243/2007, de 6 de noviembre. Esta estructuración de la función policial ha supuesto una modificación profunda de la Dirección General de la Policía para adaptarla a los importantes cambios de tipo demográfico, social, económico y tecnológico, con incidencia en la seguridad, que vive Cataluña en los últimos años.

En el citado Decreto, y conjuntamente con la estructura de la función policial, se regularon dos órganos administrativos de apoyo a la función policial y dependientes directamente de la persona titular de la Dirección General de la Policía, el Gabinete del Director, como órgano de apoyo en el ejercicio de funciones protocolarias y de comunicación, y el Servicio de Asesoramiento Jurídico, como órgano de asesoramiento jurídico en el ámbito de la dirección general.

Procede ahora la reestructuración de las unidades administrativas de la Dirección General de la Policía para adaptarlas a la nueva estructura operativa y para hacer los ajustes organizativos necesarios para profundizar en la racionalización y modernización de la actuación de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

Así pues, la Dirección General de la Policía desarrolla en el presente Decreto una parte de su estructura administrativa con el objetivo de configurar una estructura más racional, simple, reducida y eficiente que la actual, y que se enmarca en un contexto de crisis económica y restricción presupuestaria del gasto público.

Por todo ello, de conformidad con el artículo 23 Vínculo a legislación de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, la Ley 26/2010, de 3 de agosto Vínculo a legislación, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre Vínculo a legislación, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

A propuesta de la persona titular del Departamento de Interior y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1. Estructura de la Dirección General de la Policía

1.1 El objeto de este Decreto es regular la estructura administrativa que presta apoyo a la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

1.2 De la persona titular de la Dirección General de la Policía dependen:

a) Estructura operativa, regulada por el Decreto 415/2011, de 13 de diciembre Vínculo a legislación.

b) El Gabinete del Director y el Servicio de Asesoramiento Jurídico, también regulados en el Decreto 415/2011, de 13 de diciembre Vínculo a legislación.

c) La Subdirección General de Administración y Servicios.

d) La Subdirección General de Recursos Humanos.

Artículo 2. Subdirección General de Administración y Servicios

2.1 Corresponden a la Subdirección General de Administración y Servicios las siguientes funciones:

a) Dirigir, coordinar y supervisar las funciones de administración y gestión de los recursos materiales y de servicios de la Dirección General de la Policía, así como su evaluación de conformidad con criterios de eficacia y eficiencia.

b) Dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento y la organización de las unidades que dependen de ella.

c) Dirigir y coordinar los servicios administrativos territoriales que prestan apoyo directo a las unidades operativas del cuerpo de mozos de escuadra.

d) Dirigir y coordinar los trabajos de planificación y elaboración de la propuesta del anteproyecto de presupuesto de la Dirección General.

e) Dirigir y supervisar la gestión económica del presupuesto de la Dirección General, la tramitación de los expedientes de gasto y contratación, así como la gestión de los bienes patrimoniales.

f) Dirigir, coordinar e impulsar los programas y las actuaciones dirigidas a la mejora y modernización de la organización y funcionamiento administrativo de la Dirección General.

g) Administrar el régimen interior y la gestión de los servicios generales de la Dirección General.

h) Organizar las actuaciones de mantenimiento de los edificios de la Dirección General de la Policía en colaboración con la Dirección de Servicios.

i) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

2.2 Dependen de la Subdirección General de Administración y Servicios los siguientes órganos:

a) El Servicio de Gestión Económica y Logística.

b) El Servicio de Organización Administrativa y Documentación.

c) Los servicios de Administración a los que se refiere el artículo 7 de este Decreto.

Artículo 3. Servicio de Gestión Económica y Logística

3.1 Corresponden al Servicio de Gestión Económica y Logística las funciones siguientes:

a) Planificar y elaborar la propuesta de anteproyecto de presupuesto anual de la Dirección General de la Policía.

b) Proponer ampliaciones y modificaciones del presupuesto de la Dirección General.

c) Controlar la gestión económica ordinaria de la Dirección General y efectuar el seguimiento de la ejecución de su presupuesto.

d) Supervisar la contabilidad interna de la habilitación de la Dirección General y controlar las subhabilitaciones de los servicios de administración territoriales previstos en el artículo 7 de este Decreto.

e) Planificar la adquisición de recursos materiales a partir de la detección de necesidades efectuada por el resto de unidades de la Dirección General.

f) Elaborar las propuestas de expedientes de contratación de obras y de suministros de bienes y servicios de la Dirección General.

g) Gestionar el inventario patrimonial de la Dirección General.

h) Elaborar y estudiar sistemas de indicadores de gestión y estratégicos que permitan la evaluación de los servicios y la toma de decisiones en el ámbito de los recursos materiales.

i) Realizar estudios e informes para el asesoramiento en materia económica a los órganos de la Dirección General.

j) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

3.2 El Servicio de Gestión Económica y Logística se estructura en los órganos siguientes:

a) La Sección de Gestión Económica.

b) La Sección de Recursos Materiales y Logística.

Artículo 4. Sección de Gestión Económica

Corresponden a la Sección de Gestión Económica las funciones siguientes:

a) Elaborar la documentación necesaria para la confección de la propuesta de anteproyecto de presupuesto anual de la Dirección General.

b) Gestionar la ejecución del presupuesto de gastos de la Dirección General, incluyendo la elaboración y la tramitación a la Secretaría General de los expedientes de propuesta de modificación presupuestaria, la redacción de los informes periódicos de control presupuestario, así como el control de las cuentas bancarias restringidas.

c) Gestionar la contabilidad presupuestaria, de costes, por programas y de la habilitación y controlar las subhabilitaciones de la Dirección General.

d) Imputar y analizar el cálculo de los costes de los servicios y elaborar la información relacionada con la ejecución del presupuesto.

e) Tramitar a la Secretaría General los expedientes sancionadores incoados por la Dirección General de la Policía, para que se inicie la vía de apremio.

f) Iniciar y hacer el seguimiento de los expedientes de contratación y de las propuestas de convenio que afecten a la Dirección General.

g) Elaborar y, si procede, supervisar los pliegos de prescripciones técnicas y los criterios de adjudicación a partir de las necesidades detectadas por el resto de unidades de la Dirección General.

h) Relacionarse con las entidades que suministran productos o servicios a la Dirección General, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Secretaría General.

i) Colaborar en la tramitación de los expedientes de adquisición, cesión o arrendamiento de los bienes muebles adscritos a la Dirección General.

j) Realizar la confección y el mantenimiento del inventario de bienes muebles de las unidades de la Dirección General.

k) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

Artículo 5. Sección de Recursos Materiales y Logística

Corresponden a la Sección de Recursos Materiales y Logística las funciones siguientes:

a) Analizar y programar los procesos de adquisición y reposición del parque móvil a partir de los requerimientos formulados por las unidades policiales.

b) Iniciar y hacer el seguimiento de los trámites administrativos de adquisición y renovación del parque móvil y supervisar la recepción y distribución de los vehículos adscritos a la Dirección General.

c) Controlar los costes, el uso y conservación del parque móvil, así como la utilización de los dispositivos utilizados para el pago de peajes y carburantes.

d) Controlar el almacenaje y la distribución del material adquirido entre los diferentes almacenes territoriales de la Dirección General.

e) Hacer el seguimiento y la evaluación de los consumos de los recursos materiales.

f) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

Artículo 6. Servicio de Organización Administrativa y Documentación

Corresponden al Servicio de Organización Administrativa y Documentación las funciones siguientes:

a) Colaborar con los órganos centrales y territoriales de la Dirección General en el diseño y evaluación de los procedimientos y circuitos administrativos y dictar circulares e instrucciones para coordinar su implantación.

b) Gestionar el conocimiento organizativo de la Dirección General, elaborando conjuntamente con las diferentes unidades los sistemas de indicadores de gestión y estratégicos correspondientes a la gestión administrativa y coordinar y realizar el seguimiento del cuadro de mando de la Dirección General de la Policía.

c) Elaborar las propuestas de creación y modificación de la estructura administrativa central y territorial de la dirección, cuantificar los efectivos y definir las funciones, en colaboración con la Subdirección General de Recursos Humanos.

d) Coordinar la implantación en el ámbito de la Dirección General de las políticas de modernización y racionalización, y la implementación de sistemas de mejora de la calidad de servicios en el ámbito administrativo.

e) Elaborar y actualizar la carta de servicios de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

f) Controlar y mantener actualizada la intranet de la Dirección General de acuerdo con las directrices internas.

g) Colaborar en el seguimiento de los programas interdepartamentales.

h) Prestar asesoramiento lingüístico general y realizar la normalización documental en el ámbito de los órganos administrativos y policiales de la Dirección General.

i) Llevar a cabo la organización y la gestión documental de la producción editorial y de otros medios de difusión informativa de la Dirección General.

j) Elaborar, proponer y hacer el seguimiento de las actuaciones relativas al funcionamiento interior de los edificios de la Dirección General.

k) Planificar y coordinar las acciones dirigidas a la mejora de los servicios de recepción, información y atención a los ciudadanos de los edificios de la Dirección General.

l) Gestionar el registro oficial de la Dirección General y coordinar el funcionamiento de los registros auxiliares de las regiones policiales.

m) Organizar y dirigir los servicios de mayordomía de la Dirección General.

n) Gestionar el archivo de la Dirección General de la Policía y coordinar la implementación y gestión de los archivos semiactivos de las regiones policiales.

o) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

Artículo 7. Estructura territorial de la Subdirección General de Administración y Servicios

7.1 La Subdirección General de Administración y Servicios se estructura, territorialmente, en los órganos siguientes:

a) El Servicio de Administración de las Unidades Centrales.

b) El Servicio de Administración de la Región Policial de Girona.

c) El Servicio de Administración de la Región Policial Ponent.

d) El Servicio de Administración de la Región Policial Pirineu Occidental.

e) El Servicio de Administración de la Región Policial Central.

f) El Servicio de Administración de la Región Policial Metropolitana Barcelona.

g) El Servicio de Administración de la Región Policial Metropolitana Nord.

h) El Servicio de Administración de la Región Policial Metropolitana Sud.

i) El Servicio de Administración de la Región Policial Camp de Tarragona.

j) El Servicio de Administración de la Región Policial Les Terres de l’Ebre.

7.2 Corresponden a los Servicios de Administración mencionados en los respectivos ámbitos territoriales las funciones siguientes:

a) Llevar a cabo la gestión ordinaria de los recursos humanos, materiales y económicos asignados al ámbito territorial correspondiente.

b) Realizar el seguimiento de la ejecución del presupuesto asignado al ámbito territorial.

c) Gestionar el parque móvil adscrito al ámbito territorial correspondiente y mantener actualizada la base de datos corporativa en esta materia.

d) Gestionar todas las actuaciones relacionadas con el acondicionamiento y el mantenimiento de los edificios e instalaciones del ámbito territorial correspondiente.

e) Controlar los suministros y la gestión de los recursos materiales asignados a su ámbito territorial.

f) Gestionar la subhabilitación y el fondo de maniobra asignado a su ámbito territorial.

g) Controlar los consumos de recursos materiales de su región policial.

h) Asesorar jurídicamente al cuerpo de mozos de escuadra en el ejercicio de sus funciones, en coordinación con el Servicio de Asesoramiento Jurídico de la Dirección General de la Policía.

i) Supervisar la ejecución de los programas de actuación preventiva en materia de riesgos laborales en el ámbito territorial correspondiente.

j) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

7.3 En el ejercicio de las funciones relacionadas con la gestión de los recursos humanos adscritos, los servicios de administración territoriales dependen funcionalmente de la Subdirección General de Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía.

7.4 Los Servicios de Administración de las Unidades Centrales, de las Regiones Policiales de Girona, de Pirineu Occidental, de Ponent, Central, Camp de Tarragona y Les Terres de l’Ebre se estructuran en una Sección de Recursos Humanos y Administración.

7.5 El Servicio de Administración de la Región Policial Metropolitana Barcelona, el Servicio de Administración de la Región Policial Metropolitana Sud y el Servicio de Administración de la Región Policial Metropolitana Nord se estructuran en las secciones siguientes:

a) La Sección de Recursos Humanos.

b) La Sección de Recursos Materiales.

Artículo 8. Sección de Recursos Humanos y Administración

Corresponden a la Sección de Recursos Humanos y Administración, en el ámbito territorial correspondiente, las funciones siguientes:

a) Llevar a cabo la gestión y la administración de las cuestiones de personal de los funcionarios de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

b) Tramitar las actuaciones relativas a la gestión del parque móvil y de sus equipamientos.

c) Tramitar las actuaciones relativas a la gestión económica.

d) Tramitar la distribución de los suministros y equipamientos propios y gestionar los recursos materiales adscritos.

e) Llevar a cabo el archivo, custodia y registro de la documentación propia del Servicio, así como gestionar el archivo semiactivo de la región policial.

f) Hacer el seguimiento de la ejecución de las actuaciones derivadas en materia de prevención de riesgos laborales.

g) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

Artículo 9. Sección de Recursos Humanos

Corresponde a la Sección de Recursos Humanos, en su ámbito territorial de actuación, llevar a cabo la gestión y administración de las cuestiones de personal de los funcionarios de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

Artículo 10. Sección de Recursos Materiales

Corresponden a la Sección de Recursos Materiales, en su ámbito territorial, las funciones siguientes:

a) Tramitar las actuaciones relativas a la gestión del parque móvil y de sus equipamientos.

b) Tramitar las actuaciones relativas a la gestión económica.

c) Tramitar la distribución de los suministros y equipamientos propios y gestionar los recursos materiales adscritos.

d) Llevar a cabo el archivo, custodia y registro de la documentación propia del Servicio, así como gestionar el archivo semiactivo de la región policial.

e) Hacer el seguimiento de la ejecución de las actuaciones derivadas en materia de prevención de riesgos laborales.

f) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

Artículo 11. Subdirección General de Recursos Humanos

Corresponden a la Subdirección General de Recursos Humanos, para planificar, impulsar, gestionar y controlar las políticas de personal de la Dirección General de la Policía, las siguientes funciones:

a) Planificar, impulsar y desarrollar las políticas de personal de la Dirección General, así como hacer su seguimiento y evaluación.

b) Supervisar la gestión ordinaria y la aplicación del régimen estatutario del personal del cuerpo de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

c) Planificar, elaborar y gestionar los procesos de selección, promoción interna y de provisión de puestos de trabajo correspondientes al cuerpo de mozos de escuadra, y los procesos selectivos vinculados a su carrera profesional.

d) Formular propuestas de modificación de la relación de puestos de trabajo, proponer la valoración de los puestos de trabajo y participar en la definición de los perfiles profesionales de los puestos de trabajo del cuerpo de mozos de escuadra.

e) Supervisar la preparación de la documentación necesaria para la confección del capítulo 1 del anteproyecto de presupuesto anual de la Dirección General y hacer el seguimiento de su ejecución.

f) Colaborar en el desarrollo, la gestión y el mantenimiento de los sistemas de información de personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

g) Realizar estudios y preparar propuestas de disposiciones de carácter general, circulares e instrucciones en materia de personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

h) Colaborar con la Subdirección General de Prevención de Riesgos y Salud Laboral de la Dirección de Servicios en las propuestas y actividades relativas a la prevención de riesgos laborales de los miembros del cuerpo de mozos de escuadra.

i) Participar en la evaluación de la exclusión por causas médicas en las diferentes convocatorias de acceso a plazas, categorías y puestos de trabajo adscritos a la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, cuando se le encomiende.

j) Planificar, impulsar y desarrollar las relaciones con las organizaciones sindicales representativas del cuerpo de mozos de escuadra, velar por el cumplimiento de los acuerdos que se suscriban y organizar y supervisar el ejercicio de los derechos sindicales y de los procesos electorales en el cuerpo de mozos de escuadra.

k) Colaborar en la definición de los sistemas de carrera profesional del cuerpo de mozos de escuadra y velar por su impulso y desarrollo.

l) Realizar actuaciones y controles médicos destinados a la verificación del estado de salud del personal del cuerpo de policía de la Generalidad-mozos de escuadra y hacer el seguimiento desde el punto de vista médico y psicológico del absentismo por contingencias comunes de este personal, así como detectar las situaciones de invalidez e instar, si procede, de los órganos competentes el inicio de los procedimientos de reconocimiento de dichas situaciones.

m) Participar en la tramitación del expediente para la adaptación del puesto de trabajo en los procedimientos de reconocimiento de segunda actividad del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, así como impulsar la gestión y participar, si procede, en los tribunales médicos previstos en dichos procedimientos.

n) Analizar, diseñar y evaluar los procedimientos y circuitos en el ámbito de sus competencias y ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

Artículo 12. Estructura de la Subdirección General de Recursos Humanos

La Subdirección General de Recursos Humanos se estructura en las unidades siguientes:

a) El Servicio de Gestión y Coordinación de Personal.

b) El Servicio de Apoyo y Planificación del Personal.

c) El Servicio de Procesos Selectivos.

Artículo 13. Servicio de Gestión y Coordinación de Personal

13.1 Corresponden al Servicio de Gestión y Coordinación de Personal las funciones siguientes:

a) Coordinar la gestión de los recursos humanos de las diferentes unidades territoriales de la Dirección General en el ámbito de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, y elaborar las circulares e instrucciones para garantizar la correcta aplicación de la normativa vigente y de los criterios generales superiores establecidos por los órganos competentes del Departamento en materia de personal.

b) Gestionar los expedientes relativos a las situaciones administrativas, a las jubilaciones y a la movilidad del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra y los relativos a licencias, vacaciones, permisos y otras incidencias.

c) Velar por la actualización del expediente personal de los funcionarios de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

d) Supervisar la actualización del registro informático de personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

e) Supervisar la propuesta de anteproyecto de presupuesto de gastos de personal de capítulo 1 de los funcionarios de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

f) Preparar los antecedentes y elaborar los informes necesarios respecto a las reclamaciones y los recursos administrativos que afectan al personal del cuerpo de mozos de escuadra, así como asesorar en materia de recursos humanos a las diferentes unidades.

g) Elaborar y gestionar la relación de puestos de trabajo y la plantilla del personal del cuerpo de mozos de escuadra en coordinación con la Dirección de Servicios de la Secretaría General.

h) Supervisar las propuestas de resolución de los expedientes de incompatibilidad del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra y los informes propuesta previos a la resolución en el caso del personal de administración y servicios adscrito a la Dirección General de la Policía.

i) Supervisar las propuestas de recompensa y distinciones del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

j) Elaborar los certificados relativos a las circunstancias de empleo, situaciones y derechos reconocidos al personal funcionario del cuerpo de mozos de escuadra y al personal facultativo y técnico.

k) Elaborar y explotar datos estadísticos y económicos en el ámbito de las funciones propias del Servicio, teniendo en cuenta la perspectiva de género.

l) Coordinar, bajo las directrices de la Dirección de Servicios, la gestión del personal de administración y servicios adscrito a los Servicios de Administración previstos en el artículo 7 de este Decreto.

m) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

13.2 El Servicio de Gestión y Coordinación de Personal se estructura en las secciones siguientes:

a) La Sección de Gestión de Personal.

b) La Sección de Plantillas y Empleo.

Artículo 14. Sección de Gestión de Personal

Corresponden a la Sección de Gestión de Personal las funciones siguientes:

a) Tramitar los expedientes en relación con las diferentes situaciones administrativas, jubilaciones, licencias y permisos, vacaciones y otras incidencias del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

b) Custodiar y mantener los expedientes personales y gestionar el archivo y el proceso de digitalización documental.

c) Preparar los certificados correspondientes a las situaciones individuales del personal del cuerpo de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

d) Gestionar la actualización y el mantenimiento de los datos personales y las titulaciones y cursos en los expedientes personales y en el programa informático correspondiente.

e) Elaborar informes y tramitar las propuestas sobre los expedientes de incompatibilidades del personal funcionario de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

f) Tramitar las propuestas de recompensas y distinciones.

g) Gestionar y tramitar el reconocimiento de trienios y servicios previos del personal funcionario de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

h) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

Artículo 15. Sección de Plantillas y Empleo

Corresponden a la Sección de Plantillas y Empleo las funciones siguientes:

a) Elaborar técnicamente la propuesta de plantilla y de relación de puestos de trabajo del personal del cuerpo de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, y gestionar su mantenimiento.

b) Gestionar los procesos administrativos derivados de la movilidad de los miembros del cuerpo de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, derivados de convocatorias de provisión, promoción y carrera, así como de los cambios de adscripción provisional, comisiones de servicios, encargos de funciones y permutas.

c) Elaborar las diligencias de tomas de posesión y los expedientes de reconocimiento de grado personal consolidado del personal del cuerpo de policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

d) Gestionar el registro informático de personal y el aplicativo informático de gestión de personal funcionario del cuerpo de policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

e) Elaborar la propuesta de anteproyecto de presupuesto de gastos de personal de capítulo I del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

f) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

Artículo 16. Servicio de Apoyo y Planificación de Personal

16.1 Corresponden al Servicio de Apoyo y Planificación de Personal las funciones siguientes:

a) Planificar e implementar las políticas y las herramientas de gestión de personal y su evaluación y seguimiento.

b) Establecer los criterios técnicos de actuación e interpretación en materia de planificación de jornada y horarios del personal funcionario de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra para todas las Regiones Policiales y sus unidades administrativas.

c) Confeccionar las bases de las convocatorias, gestionar las solicitudes y adjudicar el reparto del fondo de acción social del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

d) Supervisar la gestión de las incidencias, con trascendencia económica, del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, y en especial en el campo de las cotizaciones a la Seguridad Social, elaborando las resoluciones correspondientes a los procesos de reconocimiento de derechos que se deriven.

e) Elaborar las resoluciones correspondientes a los procesos de reconocimiento de derechos previstos en la normativa vigente del personal del cuerpo de mozos de escuadra.

f) Elaborar estadísticas e informes en materia de personal en el ámbito de sus competencias, teniendo en cuenta la perspectiva de género.

g) Proponer y hacer el seguimiento de los gastos de personal relativos a las compensaciones por servicios extraordinarios.

h) Gestionar los gastos relativos a las indemnizaciones por razón de servicio que genere el personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, y efectuar su seguimiento y evaluación.

i) Elaborar las circulares e instrucciones en materias objeto de su competencia correspondientes al personal funcionario de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

j) Colaborar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto de gastos no fijos en materia de personal de la Dirección General de la Policía.

k) Elaborar los calendarios y jornadas de trabajo del cuerpo de mozos de escuadra, y efectuar el seguimiento y la evaluación.

l) En coordinación con la Dirección de Servicios, efectuar la detección de las necesidades formativas del personal de administración y servicios de la Dirección General de la Policía.

m) Preparar los antecedentes y elaborar los informes en relación con las reclamaciones y los recursos administrativos interpuestos contra actos dictados en el ámbito de las competencias del Servicio.

n) Coordinar las declaraciones de las situaciones administrativas especiales de segunda actividad del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

o) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

16.2 El Servicio de Apoyo y Planificación de Personal se estructura en las secciones siguientes:

a) La Sección de Gestión y Planificación Horaria.

b) La Sección de Apoyo Retributivo y de Seguridad Social.

Artículo 17. Sección de Gestión y Planificación Horaria

Corresponden a la Sección de Gestión y Planificación Horaria las funciones siguientes:

a) Implantar, mecanizar y explotar los sistemas de gestión horaria y de control de presencia del personal funcionario del cuerpo de policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

b) Proponer, planificar y gestionar los horarios y calendarios del personal funcionario del cuerpo de mozos de escuadra, mediante los aplicativos informáticos específicos del personal funcionario de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

c) Gestionar y controlar la realización de los servicios y horas extraordinarias del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

d) Hacer el seguimiento del absentismo del personal funcionario de la Policía de la Generalidad-mozos de escuadra, en colaboración con el equipo de evaluadores médicos.

e) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

Artículo 18. Sección de Apoyo Retributivo y de Seguridad Social

Corresponden a la Sección de Apoyo Retributivo y de Seguridad Social las funciones siguientes:

a) Gestionar la afiliación o el alta a la Seguridad Social del personal de nueva incorporación en el cuerpo de mozos de escuadra y las altas y bajas por incapacidad temporal y/o accidentes de trabajo, y permisos por maternidad y paternidad.

b) Confeccionar los certificados en materia de cotizaciones a la Seguridad Social del personal funcionario de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

c) Gestionar los gastos variables que afecten a la nómina del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

d) Gestionar los requerimientos de la Tesorería General de la Seguridad Social y las incidencias del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra que comporten una modificación de los códigos de cotización del régimen general de la Seguridad Social.

e) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

Artículo 19. Servicio de Procesos Selectivos

Corresponden al Servicio de Procesos Selectivos las siguientes funciones:

a) Planificar y programar anualmente los procesos de selección, promoción interna y provisión del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, con la colaboración de la Comisaría General Técnica de Planificación de la Seguridad y del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.

b) Proponer las ofertas públicas de empleo de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

c) Elaborar las bases de convocatoria de los procesos de selección, promoción interna y provisión del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, así como los procesos selectivos que se deriven de su carrera profesional.

d) Organizar y gestionar los procesos de selección, promoción interna y provisión del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra y efectuar la evaluación de los perfiles aptitudinales y actitudinales correspondientes.

e) Definir y aplicar los métodos de evaluación psicológica en procesos de selección, promoción interna y provisión del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, en coordinación con el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.

f) Elaborar estudios e informes relativos al diseño de pruebas y procesos de selección, promoción interna y provisión del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

g) Elaborar estadísticas e informes relativos a la selección, promoción interna y la provisión de puestos de trabajo del personal de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

h) Ejercer cualquier otra función de naturaleza análoga que le encomienden.

Disposiciones adicionales Primera. Se suprimen los órganos y las áreas funcionales siguientes:

Servicio de Coordinación de Salud Laboral y Prevención de Riesgos

Servicio de Régimen Interior

Servicio de Evaluación Médica

Sección de Gestión Presupuestaria

Sección de Infraestructuras

Sección de Evaluación Psicológica

Sección de Orientación e Intervención Psicológica

Área de Protocolo

Área de Comunicación

Área de Relaciones Laborales

Área de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones Policiales

Segunda

Las funciones y los puestos de trabajo de la Sección de Infraestructuras, que se suprime, se adscriben a la Dirección de Servicios del Departamento de Interior.

Tercera

Las funciones y los puestos de trabajo adscritos al Área de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones Policiales, que se suprime, se adscriben al Área de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Dirección de Servicios del Departamento de Interior en los términos que prevé el Decreto de modificación del Decreto 320/2011, de 19 de abril Vínculo a legislación, de reestructuración del Departamento de Interior.

Cuarta

El Servicio de Evaluación y Orientación Psicológica de la Subdirección General de Recursos Humanos pasa a denominarse Servicio de Planificación e Intervención Psicológica y se adscribe a la Subdirección General de Prevención de Riesgos y Salud Laboral del Departamento de Interior.

Quinta

Las funciones y los puestos de trabajo adscritos al Servicio de Coordinación de Salud Laboral y Prevención de Riesgos de la Dirección General de la Policía, que se suprime, se adscriben al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Subdirección General de Prevención de Riesgos y Salud Laboral del Departamento de Interior.

Sexta

Se modifica la denominación de los órganos hasta ahora existentes, con las funciones establecidas en este Decreto, en el sentido siguiente:

a) El Servicio de Organización Administrativa de la Subdirección General de Administración y Servicios pasa a denominarse Servicio de Organización Administrativa y Documentación.

b) La Sección de Contratación del Servicio de Gestión Económica y Logística pasa a denominarse Sección de Gestión Económica.

c) La Sección de Parque Móvil del Servicio de Gestión Económica y Logística pasa a denominarse Sección de Recursos Materiales y Logística.

d) La Sección de Recursos Humanos y Materiales Metropolitana Nord-oest del Servicio de Administración de la Región Policial Metropolitana Nord pasa a denominarse Sección de Recursos Humanos del Servicio de Administración de la Región Policial Metropolitana Nord.

e) La Sección de Recursos Humanos y Materiales Metropolitana Nord-est del Servicio de Administración de la Región Policial Metropolitana Nord pasa a denominarse Sección de Recursos Materiales del Servicio de Administración de la Región Policial Metropolitana Nord.

f) El Gabinete de Procesos Selectivos de la Subdirección General de Recursos Humanos pasa a denominarse Servicio de Procesos Selectivos.

g) La Sección de Administración de Seguridad Social del Servicio de Apoyo y Planificación de Personal pasa a denominarse Sección de Apoyo Retributivo y de Seguridad Social.

Disposiciones transitorias Primera

Las personas que ocupan los puestos de trabajo o los puestos de mando de las unidades afectadas por este Decreto seguirán ejerciendo sus funciones respectivas mientras no se provean o se adapten los puestos de trabajo correspondientes de acuerdo con la estructura regulada.

Segunda

Los funcionarios y el resto de personal de la Dirección General de la Policía que resulten afectados por las modificaciones orgánicas de este Decreto continuarán percibiendo la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos a los que se imputaban, hasta que se adopten las disposiciones de desarrollo y presupuestarias correspondientes.

Tercera

Los negociados dependientes de los servicios, de las secciones y de las áreas básicas policiales afectados por este Decreto subsistirán mientras no se dicten las disposiciones de desarrollo pertinentes.

Disposiciones derogatorias Primera

Se deroga el Decreto 243/2007, de 6 de noviembre, de estructura del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, en todo lo que se oponga al presente Decreto.

Segunda

Se derogan todas las disposiciones del mismo rango o inferior que contradigan este Decreto o que se opongan a él.

Disposiciones finales Primera

Se autoriza a la persona titular del Departamento de Interior para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo, la eficacia y la ejecución de lo que dispone este Decreto.

Segunda

Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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