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Un veredicto impecable; por Julio Banacloche Palao, Catedrático de Derecho Procesal de la UCM

10/02/2012
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El día 10 de febrero de 2012, se ha publicado en el diario ABC, un artículo de Julio Banacloche Palao, en el que el autor afirma que si algo se puede decir de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en relación con el denominado 'caso de las escuchas', es que se trata de una resolución exhaustiva y prolijamente motivada. Trascribimos íntegramente dicho artículo.

UN VEREDICTO IMPECABLE

Si algo se puede decir de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en relación con el denominado 'caso de las escuchas' (esto es, el enjuiciamiento sobre la legalidad de la conducta del juez Garzón al ordenar la grabación de las conversaciones que tenían en prisión los imputados del 'caso Gürtel' y sus abogados), es que se trata de una resolución exhaustiva y prolijamente motivada. No en vano los magistrados que la firman eran conocedores de la repercusión mediática que tendría su decisión, así como de la altísima probabilidad de que posteriormente sea revisada tanto por el Constitucional como por organismos internacionales. Por eso resulta también especialmente significativa la unanimidad de la condena, máxime cuando los integrantes de la Sala responden a orígenes distintos y tienen trayectorias profesionales e ideológicas asimismo muy dispares.

En esta sentencia se condena a Baltasar Garzón a una pena de inhabilitación de once años (casi la mínima posible, porque el delito de prevaricación dolosa, que es el cometido por el juez, se castiga con pena de inhabilitación de diez a veinte años), así como una multa de poco más de dos mil euros (que, en contra de lo dicho por Garzón, no va a parar a los acusadores particulares, sino al Estado; de hecho, la sentencia rechaza expresamente que pueda exigirse responsabilidad civil favorables a dichos acusadores), por haber ordenado la grabación de las conversaciones entre abogado y cliente sin preservar de forma efectiva el derecho de defensa.

Según el Tribunal Supremo, no había dudas jurídicas acerca de que no se podía decretar esa medida, especialmente cuando los imputados cambiaron de abogados y eligieron a prestigiosos penalistas a los que ni remotamente se les podía relacionar con la red delictiva de Gürtel. Pero es que además no cabía error posible, porque señala la sentencia que queda probado que a Garzón le avisaron tanto la Policía como el Ministerio Fiscal de que se debían excluir esas conversaciones. El juez no hizo caso, y ahora le toca asumir las consecuencias de sus decisiones, porque en un Estado de derecho no puede permitirse que nadie esté por encima de la ley.

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