Diario del Derecho. Edición de 16/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 03/02/2012
 
 

Accidente laboral

Condenado el Servicio Navarro de Salud a indemnizar con más de 138.000 euros a una funcionaria por un accidente laboral

03/02/2012
Compartir: 

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha condenado al Servicio Navarro de Salud a abonar una indemnización de 138.471,44 euros a una funcionaria de este organismo por un accidente laboral que le provocó una incapacidad permanente.

PAMPLONA, 2 (EUROPA PRESS)

La sentencia, que estima un recurso de apelación de la funcionaria, da por probado que la demandante, matrona en la unidad de partos del Hospital Virgen del Camino de Pamplona, intentó el 14 de septiembre de 2006, mientras estaba trabajando, abrir una puerta del centro sanitario con la mano izquierda, al tener ocupada la mano derecha.

Según el fallo, como la parte inferior de la puerta rozaba con el suelo y ofrecía resistencia, notó "un chasquido" en la muñeca que resultó ser una rotura del fibrocartílago triaungular en la muñeca izquierda, lesión por la que tuvo que ser intervenida quirúrgicamente en varias ocasiones.

El Instituto Nacional de Seguridad Social, recoge la sentencia, declaró su incapacidad permanente total para ejercer su profesión habitual, además de la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo donde sufrió el accidente.

La funcionaria, al no estar conforme con la declaración de incapacidad permanente total para su profesión habitual, impugnó la misma ante la Jurisdicción Social y el 2 de junio de 2009 el Juzgado de lo Social número 1 de Pamplona dictó sentencia estimatoria y declaró su incapacidad permanente en grado de absoluta con derecho a percibir la correspondiente pensión vitalicia.

En la demanda, la funcionaria solicitó ser indemnizada con 239.938,7 euros, pero el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Pamplona apreció que los 180.600 euros que había percibido ya por el accidente, por parte de una compañía aseguradora y una mutua, eran suficientes para indemnizarla por la incapacidad y las secuelas.

La funcionaria recurrió la sentencia al considerar que quedaban pendientes de indemnizar 138.471,44 euros, una cantidad que, según la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN, tiene derecho a percibir.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Votos particulares; por José Luis Requero, magistrado del Tribunal Supremo
  2. Actualidad: La Comisión de Venecia visita España de cara a su dictamen sobre las dos propuestas para reformar el CGPJ
  3. Actualidad: Bolaños avisa a la Comisión de Venecia del riesgo del modelo "corporativo" de CGPJ para la independencia judicial
  4. Actualidad: Elena Mayor Rodrigo asume la Audiencia de Guadalajara preocupada por la "alarma" de casos de violencia de género y agresiones sexuales
  5. Tribunal Supremo: El TS establece que el Acuerdo Marco del ámbito de la Hostelería del País Vasco concurría de forma prohibida al encontrarse vigentes dos Acuerdos Marco de ámbito estatal con el mismo objeto
  6. Tribunal Supremo: El TS resuelve la controversia sobre el periodo de pago de las certificaciones de obra y los intereses de demora por certificaciones negativas de revisión de precios
  7. Estudios y Comentarios: El Fiscal, al banquillo: Un paso esperado, una suspensión pendiente; por Agustín Ruiz Robledo, Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada
  8. Tribunal Supremo: Resuelve el TS que para el acceso a los Cuerpos o Escalas del Grupo A se precisa la titulación exigida legalmente para el ejercicio de la profesión regulada correspondiente
  9. Estudios y Comentarios: El asesinato de Charlie Kirk, un ataque contra todos nosotros; por Juan Luis López Aranguren, Profesor de Relaciones Internacionales y Derecho Internacional Público de la Universidad de Zaragoza
  10. Estudios y Comentarios: La democracia desde la abogacía; por Cristina Vallejo Ros, Decana del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB)

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana