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  • EDICIÓN DE 29/12/2011
 
 

Presuntas irregularidades en la depuradora

La Generalitat pide personarse como acusación particular en la causa de Emarsa

29/12/2011
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El juez imputa al representante legal de Llar Calzada S.L., empresa que facturó a Emarsa 1,2 millones de euros

VALENCIA, 28 (EUROPA PRESS)

El abogado de la Generalitat valenciana ha solicitado personarse como acusación particular en la causa abierta por el denominado 'caso Emarsa', en el que se investigan las presuntas irregularidades cometidas en la depuradora de Pinedo (Valencia) y un presunto 'agujero' económico de 17 millones de euros.

En una providencia del juzgado de instrucción número 15 de Valencia se ordena que se incorpore a la causa el escrito presentado el pasado 22 de diciembre por el abogado de la Generalitat para su personación. Una vez visto su contenido, el juez ordena que se cite al representante del Ejecutivo autonómico para ofrecerle acciones y, seguidamente, tenerle como personado y parte de las diligencias.

El propio jefe del Consejo valenciano, Alberto Fabra, fue quien anunció en una sesión de control en las Corts que la Generalitat valenciana iba a personar en la causa del 'caso Emarsa' para poder "plantear todas aquellas situaciones que nos han avergonzado y que queremos clarificar para contar con el apoyo y la credibilidad de los ciudadanos". Además, aseguró que el PP apoyaría la apertura de una comisión de investigación parlamentaria, que ya se ha aprobado.

LOTERÍA DE CRESPO

En la misma providencia, el juez pide que se una a la causa el escrito presentado por la defensa del expresidente de Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (Emshi) y actual alcalde de Manises, Enrique Crespo, imputado en la causa, en el que se afirma que no es poseedor de participaciones del número de lotería 53.404, que resultó agraciado con el segundo premio del sorteo extraordinario de Navidad.

Asimismo, el instructor pide incorporar el resumen de las informaciones publicadas en los periódicos respecto al premio obtenido por Crespo.

Finalmente, se da cuenta también del recurso de apelación interpuesto por la administradora única de Grupo MAS, Eva María Marsal, contra el auto que confirmaba su imputación en la causa.

Por otra parte, el juez ha dictado un auto en el que decide imputar a Daniel Calzada, representante legal de la entidad Llar Calzada SL.

Conforme a la documentación incluida en las diligencias, Llar Calzada, de la que era administrador único Daniel Calzada, facturó a Emarsa 1.274.076,86 euros durante el periodo de tiempo en que mantuvieron relaciones comerciales ambas sociedades. Tales relaciones, a tenor de los documentos aportados, se iniciaron apenas unos días después del nombramiento de Esteban Cuesta como gerente de Emarsa, el 21 de julio de 2004.

FACILITAR LA SALIDA DE DINERO PÚBLICO

El juez advierte "indicios de que la relación contractual entre la empresa Llar Calzada y Emarsa fue constituida con la misma finalidad que la relación contractual entre Emarsa y el resto de empresas dedicadas a la construcción hoy investigadas, esto es, facilitar la salida de dinero público mediante la creación de la apariencia de una prestación de servicios realmente inexistente o facturando por servicios en cuantía superior a los efectivamente".

Un ejemplo es que el 31 de agosto de 2004, "sin que mediara contrato alguno entre ambas sociedades", Llar Calzada SL emitió una factura por importe de 4.857,89 euros por distintos trabajos realizados entre los días 13 y 20 de agosto de 2004 en la depuradora de Pinedo. Entre otros conceptos se facturaron un total de 152 horas de mano de obra de oficial 1ª y de oficial 2ª, por precios de 18 y 17 euros a la hora.

Luego, el día 1 de septiembre de 2004, se suscribió un primer contrato entre Emarsa, representada Cuesta, y Llar Calzada, para la prestación de servicios de albañilería para cubrir las necesidades de Emarsa en las instalaciones de Pinedo, Terramelar, colectores y Ramales, con una duración de tres años. En el contrato se fijaba un precio de los trabajos de 18 €/h para el Oficial de Primera y 17 €/h para el Oficial de Segunda. El horario de trabajo pactado era el de 7 horas, entre las 7 de la mañana a las 14 horas, de lunes a viernes.

No consta, apunta el auto, que este contrato fuera precedido por expediente de contratación alguno. Por lo que todo lo relativo a cómo se entablaron las relaciones entre ambas sociedades "debe ser investigado, a tenor de cuanto acaeció después".

Asimismo, añade que, a pesar de lo pactado y sin que conste que mediara petición alguna por Emarsa, desde el propio día 1 de septiembre y hasta el día 28 de dicho mes, se confeccionaron partes de trabajo en los que diariamente se hacía constar que dos trabajadores de Llar Calzada, que no se identificaban, realizaban tareas no durante siete horas, sino durante diez horas cada uno de ellos, que luego se facturaron. La facturación de un 30% más del tiempo de trabajo pactado en contrato requiere una explicación, añade.

El auto habla también de "partes de trabajo extraordinariamente escuetos", presupuestos que "no guardan un orden lógico" y de expedientes de contratación que ofrecen "sorpresas".

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