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Dotación económica a recibir por los Ayuntamientos y Concejos de Navarra

29/12/2011
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Orden Foral 805/2011, de 14 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Administraciones Públicas e Interior, por la que se modifica la Orden Foral 296/2011, de 20 de junio, de la Consejera de Administración Local y se fijan las cantidades a percibir, definitivamente, por los Ayuntamientos y Concejos, durante el ejercicio de 2011, en concepto de transferencias corrientes, con cargo al fondo de participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra, una vez aplicada la reducción del 2,61% aprobada por Ley Foral 18/2011, de 30 de noviembre, por la que se modifica la dotación del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra para los ejercicios presupuestarios 2011 y 2012. (BON de 28 de diciembre de 2011) Texto completo.

ORDEN FORAL 805/2011, DE 14 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJERO DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS E INTERIOR, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 296/2011, DE 20 DE JUNIO, DE LA CONSEJERA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y SE FIJAN LAS CANTIDADES A PERCIBIR, DEFINITIVAMENTE, POR LOS AYUNTAMIENTOS Y CONCEJOS, DURANTE EL EJERCICIO DE 2011, EN CONCEPTO DE TRANSFERENCIAS CORRIENTES, CON CARGO AL FONDO DE PARTICIPACIÓN DE LAS HACIENDAS LOCALES EN LOS TRIBUTOS DE NAVARRA, UNA VEZ APLICADA LA REDUCCIÓN DEL 2,61% APROBADA POR LEY FORAL 18/2011, DE 30 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA DOTACIÓN DEL FONDO DE PARTICIPACIÓN DE LAS HACIENDAS LOCALES EN LOS TRIBUTOS DE NAVARRA PARA LOS EJERCICIOS PRESUPUESTARIOS 2011 Y 2012.

Preámbulo

En cumplimiento de la Ley Foral 19/2008, de 20 de noviembre Vínculo a legislación, que establece la cuantía y fórmula de reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra para los ejercicios presupuestarios de 2009 a 2012, se aprobó la Orden Foral 296/2011, de 20 de junio, de la Consejera de Administración Local donde se fijan las cantidades a percibir, definitivamente, por los ayuntamientos y concejos durante el ejercicio 2011 en concepto de transferencias corrientes con cargo al fondo de participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra, por un importe global de 167.842.261,83 euros.

Mediante Ley Foral 18/2011, de 30 de noviembre Vínculo a legislación, se ha aprobado la modificación de la dotación del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra para los ejercicios presupuestarios 2011 y 2012.

En el artículo 1 de la ley Foral se establece que la dotación del fondo se reducirá en el 2,61% en los conceptos de Fondo General de Transferencias Corrientes, Carta de capitalidad de la ciudad de Pamplona y ayudas a la Federación Navarra de Municipios y Concejos. La reducción se hará efectiva sobre las cantidades pendientes de percibir en la cuarta solución del ejercicio 2011 en cada uno de esos conceptos, aplicando a tal efecto el porcentaje de reducción antes citado sobre el importe total anual a percibir por cada ayuntamiento y concejo.

Una vez tenido en cuenta todo lo anterior se ha procedido a calcular la parte del Fondo correspondiente a cada ayuntamiento y concejo para el ejercicio 2011 aplicando las previsiones de la Ley Foral, determinando la asignación definitiva a cada uno de ellos que se recoge en el Anexo I, por lo que procede modificar la Orden Foral 296/2011, de 20 de junio, de la Consejera de Administración Local, ajustando las cifras a la reducción aprobada.

Por cuanto antecede, y en virtud de las atribuciones reconocidas por el Decreto Foral 128/2011, de 24 de agosto Vínculo a legislación de 2011, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Administraciones Públicas e Interior,

ORDENO:

1.º Modificar al Orden Foral 296/2011, de 20 de junio, de la Consejera de Administración Local aprobando definitivamente la distribución del fondo de participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra para el año 2011, por un importe total que asciende a 163.452.011,89 euros, una vez aplicada la reducción del 2,61% aprobada por la Ley Foral 18/2011, de 30 de noviembre Vínculo a legislación, por la que se modifica la dotación del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra para los ejercicios presupuestarios 2011 y 2012, en las cuantías señaladas en el anexo que acompaña a esta Orden Foral.

2.º El gasto derivado de este reparto se imputará a la partida 212002-21200-4600-942200, "Fondo general de transferencias corrientes", del presupuesto de gastos para el ejercicio 2011.

3.º Publicar la presente Orden Foral y su anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra la presente Orden Foral podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO

OMITIDO

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