RESOLUCIÓN DE 18/11/2011, DE LA PRESIDENTA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, SOBRE AVOCACIÓN DE COMPETENCIAS.
Preámbulo
Por Resolución de este Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha de 29 de marzo de 2004, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha n.º 61 de 20 de abril de 2004, se delegaron determinadas competencias atribuidas a la Dirección del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha en las materias de gestión de personal, económica y de Centros en los/as Coordinadores/as de los Servicios Provinciales de la Mujer. En concreto, en materia económica se delegaron las competencias de aprobación y disposición, así como el reconocimiento de las obligaciones hasta un máximo de 3.000 euros, en las partidas de capítulo II del programa 323B, y de acuerdo con los límites de los créditos asignados y distribuidos provincialmente por la Directora del Instituto, y la de firma de los documentos contables necesarios para la ejecución de dichos créditos.
No obstante, en el momento actual y respecto de la Coordinadora Provincial de Albacete, el ejercicio de las competencias delegadas se ve temporalmente impedido, por lo que resulta necesario avocar las competencias de firma de los documentos contables anteriormente indicados.
En su virtud, al amparo del artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:
Primero.- Avocar las competencias atribuidas a la Dirección del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha para la firma de documentos contables, que fueron delegadas en los/as Coordinadores/as Provinciales de este Instituto por Resolución de 29-03-2004, si bien exclusivamente en lo que se refiere a la Coordinadora de Albacete.
Segundo.- La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.