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Fichero de datos de carácter personal “Registro de empresarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos”

07/12/2011
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DECRETO 373/2011, de 22 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el fichero de datos de carácter personal “Registro de empresarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos”. (BOA de 5 de diciembre de 2011) Texto completo.

DECRETO 373/2011, DE 22 DE NOVIEMBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE CREA EL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL “REGISTRO DE EMPRESARIOS DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, ACTIVIDADES RECREATIVAS Y ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS”.

Preámbulo

La Ley 11/2005, de 28 de diciembre Vínculo a legislación, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón dispone en su artículo 14 que existirá, en el Departamento competente en la materia regulada por esa Ley, un registro de empresarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos que, en ejercicio de sus atribuciones, gestiona la Dirección General de Interior. El Decreto 220/2006, de 7 de noviembre Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, aprueba el catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón. Por último, de acuerdo con la Disposición adicional única del Decreto 23/2010, de 23 de febrero Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, en el citado registro se abrirá una sección especial del servicio de admisión compuesta por tres subsecciones dedicas respectivamente a las empresas que disponen del servicio de admisión, al personal acreditado para el servicio de admisión y a los centros de formación autorizados.

Mediante el presente Decreto se procede a la creación del fichero “Registro de empresarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos”, con la finalidad de garantizar que el tratamiento de los datos personales que en él figuran sea adecuado a los principios de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, de Protección de Datos de Carácter Personal.

El artículo 20 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de una disposición de carácter general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente, con los contenidos que expresamente se especifican en este artículo y en el artículo 54. 1 c) del Reglamento de desarrollo de la citada Ley, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre Vínculo a legislación.

Por su parte, el artículo 1 Vínculo a legislación del Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón determina que la disposición de carácter general preceptiva, para este ámbito autonómico, será un Decreto del Gobierno de Aragón, aprobado a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y cuya iniciativa debe partir de Departamento competente por razón de su contenido. Dicha atribución al Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales hay que entenderla referida al Consejero de Hacienda y Administración Pública en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado b) del Decreto de 22 de julio Vínculo a legislación de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, y el artículo 18 Vínculo a legislación, apartado w), del Decreto 320/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública.

De conformidad con el artículo 1 Vínculo a legislación, apartado d) del Decreto 332/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Política Territorial e Interior, corresponde a este Departamento el ejercicio de las competencias en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, siendo gestionadas por la Dirección General de Interior.

En virtud de todo ello, a iniciativa del Consejero de Política Territorial e Interior, y a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 22 de noviembre de 2011,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.

El objeto de este Decreto es la creación del fichero de datos de carácter personal “Registro de empresarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos”, tal y como figura en el anexo de este Decreto, que recoge las indicaciones señaladas en los artículos 20.2 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, 54. 1 del Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre Vínculo a legislación y 2.1 del Decreto 98/2003, de 29 de abril Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 2. Responsabilidad sobre el fichero.

Corresponde al titular del órgano responsable del fichero adoptar las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos y hacer efectivo el ejercicio de los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación, que en su caso, sean solicitados por los interesados.

Artículo 3. Deber de información.

Los afectados serán previamente informados de modo expreso, preciso e inequívoco de la existencia del fichero que recoja sus datos personales en los términos previstos en el artículo 5 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, salvo en los supuestos exceptuados en la citada Ley.

Artículo 4. Régimen de Protección de Datos.

1. El fichero que se crea mediante este Decreto queda sometido a las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo y del Decreto 98/2003, de 29 de abril Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Los datos registrados en el fichero regulado en este Decreto se usarán exclusivamente para la finalidad y usos para los que fueron creados, y serán objeto de cesión únicamente con las previsiones contempladas en el anexo.

3. El fichero regulado por este Decreto se ajustará, en todo caso, a las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 5. Inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 39.2 Vínculo a legislación a) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Fichero será inscrito en el Registro General de Protección de Datos dependiente de la Agencia Española de Protección de Datos.

Disposición final primera. Habilitación normativa.

Se faculta al Consejero competente en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

ANEXO

FICHERO DE DATOS “REGISTRO DE EMPRESARIOS DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, ACTIVIDADES RECREATIVAS Y ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS”

FINALIDAD Y USO PREVISTO:

La finalidad del fichero es recoger los datos de carácter personal de los expedientes de establecimientos públicos, actividades recreativas y espectáculos públicos tramitados por el Departamento de Política Territorial e Interior.

El uso del fichero queda vinculado a la gestión administrativa inherente al desarrollo de las funciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y los datos serán utilizados para suministrar información sobre los establecimientos públicos, actividades recreativas y espectáculos públicos que se desarrollan o ubican en la Comunidad Autónoma de Aragón así como de los establecimientos y espectáculos públicos que disponen de servicio de admisión, de quienes tienen la condición de personal acreditado para el servicio de admisión y de los centros de formación autorizados.

PERSONAS O COLECTIVOS SOBRE LOS QUE SE OBTIENEN DATOS:

El propio interesado o su representante legal.

PROCEDIMIENTO DE RECOGIDA DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL:

Los datos de carácter personal anotados en el fichero se obtendrán previa solicitud de inscripción, por el interesado o su representante legal, en el Registro de empresarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, a través de los modelos de solicitud establecidos en el Catálogo de modelos normalizados, que estará a su disposición en formato electrónico en la página web del Gobierno de Aragón.

ESTRUCTURA BÁSICA DEL FICHERO Y SISTEMA DE TRATAMIENTO:

Datos de carácter identificativo:

- DNI/NIF.

- Nombre y apellidos.

- Dirección (postal y electrónica).

- Teléfono.

- Otros datos de carácter identificativos: NIE, fax.

Otros datos tipificados:

- Circunstancias sociales (Licencias y autorizaciones)

- Datos académicos y profesionales (titulaciones).

Otro tipo de datos:

- Aptitud física y capacidad psíquica para el ejercicio de las funciones del personal del servicio de admisión.

- Datos relativos a la carencia de antecedentes penales, infracciones administrativas y faltas disciplinarias de separación del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

SISTEMA DE TRATAMIENTO: automatizado.

CESIONES DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL:

No están previstas, salvo las que, previo requerimiento al órgano competente en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos y con ocasión de un procedimiento abierto, puedan realizarse a la Hacienda Pública, a la Administración Tributaria del Estado y de la Comunidad Autónoma de Aragón, a los Juzgados y Tribunales, al Ministerio Fiscal y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como el resto de cesiones permitidas por la Ley, con arreglo a lo establecido en el artículo 11 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

ÓRGANO RESPONSABLE DEL FICHERO:

Dirección General de Interior, del Departamento de Política Territorial e Interior.

SERVICIOS O UNIDADES ANTE LOS QUE SE PUEDEN EJERCITAR LOS DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN:

Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son personalísimos y podrán ser ejercidos ante el Servicio de Autorizaciones Administrativas y Sanciones, de la Dirección General de Interior, del Departamento de Política Territorial e Interior: Edificio Pignatelli, Paseo María Agustín 36, puerta 22, planta 1.ª del Edificio Pignatelli, C.P. 50071 Zaragoza.

MEDIDAS DE SEGURIDAD:

Nivel Básico.

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