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Contrato global

Ayudas al Contrato global de explotación

14/11/2011
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Orden AAM/298/2011, de 3 de noviembre, por la que se incrementa la cuantía de las ayudas asociadas al contrato global de explotación, convocadas por la Orden AAM/22/2011, de 3 de febrero (DOGC de 11 de noviembre de 2011). Texto completo.

ORDEN AAM/298/2011, DE 3 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE INCREMENTA LA CUANTÍA DE LAS AYUDAS ASOCIADAS AL CONTRATO GLOBAL DE EXPLOTACIÓN, CONVOCADAS POR LA ORDEN AAM/22/2011, DE 3 DE FEBRERO

Mediante la Orden AAM/22/2011, de 3 de febrero, se aprueban las bases reguladoras de las ayudas asociadas al contrato global de explotación, y se convocan las correspondientes al año 2011 (DOGC núm. 5820, de 17.2.2011).

En el artículo 6.1 de la mencionada Orden se establece una dotación presupuestaria inicial de 2.750.000,00 euros para el año 2011, y 2.750.000,00 euros para el año 2012, así como una cuantía adicional estimada para cada una de las anualidades de 2011 y 2012.

Vista la necesidad de atender las solicitudes de ayudas presentadas para las ayudas asociadas al contrato global de explotación se considera necesario incrementar la disponibilidad presupuestaria para los años 2011 y 2012.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 92 Vínculo a legislación del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, a propuesta de la Dirección General de Desarrollo Rural y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo único

Modificar el artículo 6 de la Orden AAM/22/2011, de 3 de febrero, que queda redactado de la manera siguiente:

“Artículo 6

”Financiación, aplicación presupuestaria y cuantía máxima destinada

”6.1 Las ayudas que prevé esta convocatoria tienen carácter de cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), de acuerdo con lo que prevé el PDR, e irán a cargo de la partida presupuestaria AG02 D/770000900/6140 de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM) para el año 2011, por un importe máximo de 13.660.000,00 euros, de los cuales 25.400,00 euros corresponden a las ayudas que se establecen al amparo del Reglamento (CE) núm. 2078/1992 (DOUE L 215, de 30.07.1992), y 12.500.000,00 euros, para el año 2012.

”6.2 La determinación de la cuantía de las ayudas se realizará en función del número de solicitudes presentadas y de la disponibilidad presupuestaria, y de acuerdo con los criterios de atribución y prioridades que se establecen en los anexos de la Orden, y teniendo en cuenta los importes máximos siguientes por línea de ayuda:

”a) Primera instalación de jóvenes agricultores y agricultoras, hasta un importe máximo de 4.350.000,00 euros de la anualidad 2012.

”b) Modernización de explotaciones agrarias, hasta un importe máximo de 3.820.000,00 euros de la anualidad 2012.

”c) Diversificación hacia actividades no agrícolas, hasta un importe máximo de 1.800.000,00 euros de la anualidad 2012.

”d) Utilización de los servicios de asesoramiento por parte de las personas agricultoras, hasta un importe máximo de 400.000,00 euros de la anualidad 2012.

”e) Indemnización compensatoria en zonas de montaña e indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas fuera de las de montaña, hasta un importe máximo de 5.900.000,00 euros de la anualidad 2011.

”f) Prácticas agroambientales, hasta un importe máximo de 7.760.000,00 euros de la anualidad 2011.

”g) Fomento de la ganadería ecológica, hasta un importe máximo de 2.100.000,00 euros de la anualidad 2012.

”h) Inversiones no productivas, hasta un importe máximo de 30.000,00 euros de la anualidad 2012.

”Este desglose se podrá modificar en función de la disponibilidad presupuestaria final y las necesidades para cada línea de ayuda.”

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

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