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El TSJCV ratifica la condena a 15 años de prisión para el fontanero de l'Alcora (Castellón) que asesinó a su socio

03/11/2011
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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha ratificado la condena de 15 años de prisión impuesta a un fontanero de l'Alcora (Castellón) al que la Audiencia provincial consideró culpable del asesinato de su socio en aplicación del veredicto acordado por un jurado popular.

CASTELLÓN, 2 (EUROPA PRESS)

Así, el TSJCV desestima un recurso de apelación interpuesto por la defensa del condenado, en el que se solicitaba la declaración de nulidad de todo lo actuado en el juicio oral y pedía devolver la causa a la Audiencia provincial para la celebración de nuevo juicio oral ante otro jurado y, subsidiariamente, para que revocando totalmente la sentencia recurrida, se dictara otra por la que se estimara la concurrencia de las atenuantes de confesión y reparación del daño.

La sala considera que la reparación del daño no se produjo, tal como se indica en la sentencia, ya que el jurado escuchó los motivos por los que para las acusaciones no concurría esta atenuante --entre otros datos, el hecho de que no se había acreditado la propiedad de las fincas rústicas ofertadas por parte de los oferentes, así como que unas fincas con el carácter de rústicas pueden no tener interés hoy día, máxime con la crisis actual--.

Así mismo, considera que no resulta posible la concurrencia de la atenuante de confesión cuando los hechos en los que se basa fueron estimados como no probados por el jurado en su veredicto.

Además, aclara que el magistrado presidente detalla en la sentencia las razones de su no apreciación basadas en lo actuado en el plenario, consistentes en que cuando se produce la confesión del acusado, desde un principio ya era objeto de investigación policial por la Guardia Civil como principal sospechoso, y ello hasta el punto de que se solicitó del juzgado de instrucción competente la intervención de sus teléfonos móviles, mientras que los hechos habían ocurrido 20 días antes.

Según la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Castellón, el acusado mantenía una relación de amistad y profesional con la víctima, con quien regentaba una Comunidad de Bienes denominada 'Trebafont, C.B.', a través de la cual, explotaban un negocio de fontanería establecido en un local de l'Alcora (Castellón).

En la mañana del 22 de abril de 2009, desde aproximadamente las 9.00 horas, ambos estuvieron en distintos lugares, como establecimientos de hostelería, en un taller de chapa y pintura -este último en la localidad de Onda-, y realizando diversas gestiones relacionadas con la actividad profesional. Además, el acusado, ese mismo día, había estado consumiendo cocaína en varias ocasiones.

Posteriormente, y una vez estuvieron ya en el taller de ambos, recibieron la visita de un amigo común, quien permaneció con ellos unos pocos minutos, y que consumió con el procesado unas 'rayas' de una sustancia, al parecer, cocaína. Después, la víctima subió al habitáculo del taller, donde acudió posteriormente el acusado, que accedió a dicho lugar por la evidente relación de amistad y laboral entre ambos.

Cuando la víctima se encontraba sentada o semi-sentada frente a una mesa o, en cualquier caso, en una posición en la que no pudo advertir que el acusado se le aproximaba por su lado izquierdo, éste comenzó de manera sorpresiva a propinarle repetidos golpes en la cabeza y en el rostro con una mordaza. A consecuencia de los golpes, la víctima sufrió múltiples lesiones en la cabeza, así como en el antebrazo y mano izquierda.

Las lesiones localizadas en la región craneal originaron un traumatismo craneofacial que supuso una destrucción de centros vitales encefálicos que provocaron necesariamente su muerte.

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