Diario del Derecho. Edición de 22/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 24/10/2011
 
 

El TS condena a prisión y multa a un Brigada por ordenar a una inferior sentarse en sus rodillas para propasarse

24/10/2011
Compartir: 

Establece que para expresar falta de consentimiento no es preciso que la víctima lo exteriorice de forma activa, sino que el autor lo perciba

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha condenado a un Brigada del Ejército de Tierra a siete meses de prisión y al pago de 3.000 euros en concepto de daños morales por un delito consumado de abuso de autoridad en su modalidad de trato degradante a una inferior, una mujer a la que ordenó que se sentara en sus rodillas y realizó tocamientos durante una reunión que ambos mantuvieron en el cuarto de la Banda de Música la Unidad.

El mando resultó absuelto el pasado mes de enero por sentencia del Tribunal Militar Territorial Primero, que consideró que las pruebas presentadas demostraban que la mujer había prestado consentimiento a la conducta de su superior. La sentencia fue recurrida tanto por la víctima como por el fiscal togado, que han logrado que el Supremo declare que el tribunal militar incurrió en "inferencia no razonable, ilógica y arbitraria" al valorar la prueba.

Se da la circunstancia de que la joven era una persona "de no muchas aptitudes personales" y con dificultades para leer y escribir, y que le fue recomendada al acusado por el propio Jefe de la Agrupación de Transportes, con rango de Coronel, para que tuviera "un especial cuidado" con ella, con el fin de que pudiera superar sus dificultades.

A juicio del Supremo no existe ni un solo dato o circunstancia que avale la valoración del tribunal militar que enjuició inicialmente los hechos, y que absolvió al Brigada al entender que la soldado se sentó sobre las rodillas de su superior "sabiendo o al menos intuyendo" sus intenciones libidinosas.

VALORACIÓN ERRÓNEA

Muy al contrario, la sentencia señala que "el hecho de que una mujer acceda a sentarse sobre las rodillas de un hombre no ha de entenderse como que aquella admite y acepta que entre ambos iba a llegarse al tipo de intimidad descrito", consistente en los tocamientos realizados por el Brigada.

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Fernando Pignatelli, recalca que la aceptación del comportamiento del Brigada por parte del tribunal militar supone validar "una concepción de la naturaleza de las relaciones íntimas entre hombres y mujeres muy alejada del entendimiento del derecho a la libre autodeterminación en el ámbito sexual que es propio de esta segunda década del presente siglo".

Añade que para discernir si existe o no consentimiento "no es preciso por parte de la presunta víctima un comportamiento activo, exteriorizando oposición (*) pues en la esencia de la oposición al contacto sexual se halla tanto la ausencia de consentimiento como la negativa expresa, presunta e incluso sobrevenida siempre que dicha oposición de la víctima a los actos sexuales sea percibida por el autor".

Por ello, califica el comportamiento del Brigada de "particularmente abyecto", respecto de la soldado dada la relación de especial confianza que, en razón del cuidado de que la había hecho objeto, le profesaba, y sus condiciones personales", que la hacían especialmente "vulnerable y desvalida". Es condenado a 7 meses de prisión y al pago de una indemnización de 3.000 euros a la víctima en concepto de daños morales.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana