DECRETO 92/2011, DE 2 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE DETERMINA LA COMPOSICIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD SERVEIS DINFORMACIÓ TERRITORIAL DE LES ILLES BALEARS SAU (SITIBSA)
Mediante Decreto 82/2001, de 15 de junio, se creó la sociedad anónima Serveis dInformació Territorial de les Illes Balears, SITIBSA (BOIB n.º 76, de 26/06/2001), determinando en su artículo 1 la composición de su Consejo de Administración, en representación de la CAIB.
El Decreto 123/2003, de 18 de julio, modificó la composición del consejo de Administración de diferentes entidades y sociedades, entre ellas, los Serveis dInformació Territorial de les Illes Balears (SITIBSA). La composición actual del Consejo de Administración se establece por el Decreto 104/2007, de 3 de agosto, por el cual se modifica la composición del Consejo de Administración de la entidad Serveis dInformació Territorial de les Illes Balears SA (SITIBSA), BOIB n.º 118, de 04/08/2007.
Atendida la nueva estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, según el Decreto 12/2001, de 18 de junio, del presidente de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y estructura orgánica básica de las consejerías de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 91 ext., de 20 de junio de 2011), y el Decreto 23/2010, de 5 de agosto, del presidente de las Illes Balears, por el cual se rectifican los errores materiales y se modifica el Decreto 12/2011, de 18 de junio (BOIB n.º 119, de 06/08/2011, es indispensables adaptar la composición del Consejo de Administración de la entidad Serveis dInformació Territorial de les Illes Balears SA (SITIBSA), en representación de la CAIB, actualmente fijada al Decreto 104/2007, de 3 de agosto, por el cual modifica la composición del Consejo de Administración de la entidad Serveis dInformació Territorial de les Illes Balears SA (SITIBSA).
Mediante escritura pública, otorgada delante notario, de fecha 27 de enero de 2010, se elevó a documento público la declaración de que la entidad Serveis dInformació Territorial de les Illes Balears SA adquirió el carácter de unipersonal.
Por todo esto, a propuesta del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, y habiendo considerado el Consejo de Gobierno, en sesión de día 2 de septiembre de 2011, DECRETO
Artículo único.
Los miembros del Consejo de Administración de la sociedad Serveis dInformació Territorial de les Illes Balears SAU (SITIBSA), en representación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, son los siguientes:
- El consejero de Agricultura, Medio ambiente y Territorio.
- La persona titular de la Dirección General de Ordenación del Territorio.
- La persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Medio ambiente y Territorio.
- La persona titular de la Secretaría General Adjunta de la Consejería de Agricultura, Medio ambiente y Territorio.
- Una persona en representación de la Vicepresidencia Económica, de la Promoción Empresarial y de Empleo, designada por el titular.
- El presidente de la Comissió de Medi Ambient de les Illes Balears.
- Una persona en representación del departamento jurídico o servicios jurídicos de la Consejería de Agricultura, Medio ambiente y Territorio, designada por la persona titular de la mencionada Consejería.
- Hasta un máximo de cuatro vocales más, designados por la persona titular de la Consejería de Agricultura, Medio ambiente y Territorio.
Ha de asistir a las sesiones del Consejo de Administración, en funciones de asesoramiento jurídico de los órganos directivos, con voz i sin voto, un representante de la Abogacía de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio que esta pueda delegar estas funciones en un miembro del servicio que tenga atribuido el asesoramiento jurídico del ente.
Disposición derogatoria
Quedan derogadas cuántas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan el que se establece en este Decreto y, expresamente, el Decreto 104/2007, de 3 de agosto, por el cual se modifica la composición del Consejo de Administración de la entidad Serveis dInformació Territorial de les Illes Balears SA (SITIBSA) Disposición final Este Decreto entre en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.