ACUERDO DE 28 DE JULIO DE 2011, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE AUTORIZA LA DISOLUCIÓN DE LA EMPRESA PÚBLICA ALCALÁ NATURA 21, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
La disposición adicional segunda de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre , de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, establece que el Consejo de Administración de Alcalá Natura 21, Sociedad Anónima Unipersonal, realizará las actuaciones necesarias a fin de proponer a su Junta General su disolución.
En cumplimiento de dicho mandato, el Consejo de Administración de Alcalá Natura 21, Sociedad Anónima Unipersonal, reunido el 20 de julio de 2011, acordó por unanimidad proponer al socio único la disolución y apertura del proceso de liquidación de la sociedad.
El único accionista de Alcalá Natura 21, Sociedad Anónima Unipersonal, el Instituto Madrileño de Desarrollo (IMADE), se ha extinguido de conformidad con el artículo 18 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, integrándose el conjunto de bienes, derechos y obligaciones resultantes de su extinción en la Comunidad de Madrid. Por consiguiente, el único accionista de la empresa pública es la Comunidad de Madrid. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, constituido en JuntaGeneral de la empresa pública, ha acordado con esta misma fecha la disolución de la sociedad.
De conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, procede que el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid autorice la disolución de Alcalá Natura 21, Sociedad Anónima Unipersonal, lo que exigirá comunicación a la Asamblea de Madrid y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 28 de julio de 2011.
ACUERDA Primero Autorizar la disolución de Alcalá Natura 21, Sociedad Anónima Unipersonal.
Segundo Comunicar el presente Acuerdo a la Asamblea de Madrid.
Tercero Publicar el Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno representará a la Comunidad de Madrid en el otorgamiento de la escritura pública de disolución y en todas las actuaciones que sean precisas para dar cumplimiento al presente Acuerdo.