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ENAJENACIÓN EMPRESA PÚBLICA

Enajenación de la empresa pública “Parque Científico y Tecnológico de la Universidad de Alcalá, Sociedad Anónima Unipersonal”

09/08/2011
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Acuerdo de 28 de julio de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza a la Comunidad de Madrid a enajenar a título oneroso la totalidad de las acciones (3.449) en la empresa pública “Parque Científico y Tecnológico de la Universidad de Alcalá, Sociedad Anónima Unipersonal”. (BOCAM de 8 de agosto de 2011). Texto completo.

ACUERDO DE 28 DE JULIO DE 2011, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE AUTORIZA A LA COMUNIDAD DE MADRID A ENAJENAR A TÍTULO ONEROSO LA TOTALIDAD DE LAS ACCIONES (3.449) EN LA EMPRESA PÚBLICA “PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL”

La Ley 9/2010, de 23 de diciembre Vínculo a legislación, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, prevé, en su disposición adicional tercera, que el Consejero de Economía y Hacienda realizará las actuaciones necesarias a fin de proponer al Gobierno la autorización de la enajenación de las acciones en “Parque Científico y Tecnológico de la Universidad de Alcalá, Sociedad Anónima Unipersonal”.

La enajenación implica la transmisión de 3.449 acciones, que representan la totalidad del capital social de la empresa pública, lo que supondrá la pérdida íntegra de la participación de la Comunidad de Madrid en dicha sociedad.

De conformidad con el artículo 64 Vínculo a legislación de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de la Administración Institucional de la Comunidad deMadrid, en relación con lo dispuesto en el artículo 52 Vínculo a legislación de la Ley 3/2001, de 21 de junio, del Patrimonio de la Comunidad de Madrid, procede la autorización de la enajenación por el Consejo de Gobierno.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 28 de julio de 2011, ACUERDA Primero Autorizar la enajenación a título oneroso de 3.449 acciones de la empresa pública “Parque Científico y Tecnológico de la Universidad de Alcalá, Sociedad Anónima Unipersonal”.

Segundo Facultar al Consejero de Economía y Hacienda de la forma más amplia que en Derecho proceda, para la aprobación del procedimiento de enajenación, la formalización de la correspondiente tramitación y el otorgamiento de los documentos públicos y privados que sean precisos para la transmisión de las acciones.

Tercero Comunicar este Acuerdo a la Asamblea de Madrid.

Cuarto Publicar el mismo Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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