RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 1528-2011, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 8.2, PRIMER PÁRRAFO, DE LA LEY FORAL 12/2010, DE 11 DE JUNIO, POR LA QUE SE ADAPTAN A LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA LAS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA LA REDUCCIÓN DEL DÉFICIT PÚBLICO.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 5 de julio actual en el recurso de inconstitucionalidad núm. 1528-2011, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado mantener la suspensión del primer párrafo del art. 8.2 de la Ley Foral 12/2010, de 11 de junio, por la que se adaptan a la Comunidad Foral de Navarra las medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 84, de 8 de abril de 2011.
Madrid, 5 de julio de 2011.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.